INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011 |
Delimitar y precisar la figura del arraigo, para convertirla en una medida de carácter cautelar personal y temporal que una vez formalizada, no podrá ser impuesto a víctimas u ofendidos del delito o a la persona detenida en flagrancia; a través de la cual se garantizará el éxito de la investigación ministerial; proteger a la víctima, ofendido o testigos; proteger bienes jurídicos o asegurar la comparecencia del probable responsable o imputado a las actuaciones del procedimiento de indagatoria. Precisar las causas de procedencia del arraigo, los requisitos de procedibilidad, las circunstancias de tiempo, lugar, forma y medios de realización. La resolución a la solicitud de arraigo deberá ser fundada y motivada, debiendo redactarse de manera precisa y congruente con las circunstancias de hecho y de derecho que la Juzgados Federales Penales Especializados en Cateos, Arraigo, e Intervención de Comunicaciones, los cuales se integrarán por un Juez y contarán, al menos, con cinco secretarios y con el personal administrativo que determine el presupuesto y serán competentes para conocer y resolver las peticiones que, en toda la República, solicite el Ministerio Público de la Federación en la etapa de averiguación previa que se refieran a cateo, arraigo e intervención de comunicación; asimismo, de las peticiones del Centro de Investigación y Seguridad Nacional y de la Policía Federal, de la intervención de comunicaciones y de la autorización para solicitar la información a los concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas y todas aquellas comercializadoras de servicios en materia de telecomunicaciones y de sistemas de comunicación vía satélite. Eliminar lo concerniente a la determinación de los plazos para el desahogo del Juicio de garantías, donde se pretenda obtener el amparo y la protección de la justicia federal contra la orden de arraigo o su negativa. | Aprobada
con fecha 13-Diciembre-2011 Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011 |
Modificar el término ¿reinserción¿ por el de ¿reinmersión¿. Crear un apartado denominado ¿Régimen de trabajo lícito¿, con el objeto de prever como obligación para los presos trabajar durante su estancia en las prisiones, en el que se prevén sanciones para los reclusos que se nieguen a trabajar e incurrirán en falta grave de conducta para obtener su libertad condicional y de la suspensión condicional de la ejecución de la pena. Exentar de la obligación de trabajar a los reclusos que por enfermedad o por impedimento físico o mental dictaminado por el médico del establecimiento, se hallen incapacitados para realizar toda clase de labores, a la mujer que se halle en el periodo prenatal o en el posnatal, los reclusos mayores de 60 años, salvo en trabajos calificados como compatibles con su edad. Se contemplan rubros como ¿Destino a trabajos intelectuales¿, integración de la ¿Comisión para la organización del trabajo¿, ¿Asignación de trabajo a reclusos¿ y ¿Remuneración del trabajo a reclusos¿. | Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012 Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011 |
Prever que los días de descanso obligatorio se realicen en la fechas marcadas por el calendario (1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 20 de noviembre), a fin de que las celebraciones conmemorativas y ceremonias se lleven a cabo en la fecha correspondiente al evento histórico, sin importar el día de la semana. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 24-Febrero-2011 |
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Educación. Proponente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 8-Marzo-2011 |
Facultar a las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, para constituir el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros, con la finalidad de realizar las acciones que promuevan la vinculación e intercambio de experiencias en materia de divulgación científica y tecnológica; así como de educación para la ciencia y la tecnología, entre los docentes de los diferentes tipos educativos. | Desechada
con fecha 1-Marzo-2012 Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011 |
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 5, 6 y 20 de la Ley de Planeación. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011 |
Establecer que el Presidente de la República remitirá el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo a la Cámara de Diputados para su aprobación, previa discusión en las Cámaras que componen el Congreso de la Unión; para ello, la Cámara de Diputados remitirá el proyecto a la Cámara de Senadores en un plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir de la presentación por el Ejecutivo Federal, la cual tendrá un plazo máximo improrrogable de hasta un mes para entregar a la Cámara de Diputados las opiniones y propuestas al proyecto de plan. Prever que para elaborar el proyecto de plan, el Ejecutivo Federal deberá realizar las consultas públicas previstas en la Constitución Federal, para lo cual emitirá los lineamientos generales para su ejecución, que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación; la Cámara de Diputados, en el procedimiento de aprobación del proyecto deberá analizar el cumplimiento a dichos lineamientos en el desahogo de las consultas realizadas y en caso de que considere que no se apegaron a ellos, podrá ordenar su repetición al Ejecutivo o bien realizarlas por sí misma. En el procedimiento de revisión y adecuaciones al plan, la Cámara de Diputados podrá practicar las consultas públicas que considere procedentes, para lo cual deberá emitir los lineamientos generales correspondientes, que desde luego serán publicados en el Diario Oficial de la Federación. El proyecto de plan que se remita a la Cámara de Diputados debe contener por lo menos 40 por ciento de las conclusiones y resultados definitivos de las consultas y participación; en caso contrario, regresará el proyecto de plan al Ejecutivo Federal para su adecuación. Establecer los requisitos para la consulta del Plan Nacional del Desarrollo. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011 |
6 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y Orgánica de la Administración Pública Federal. Proponente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011 |
Facultar a los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para instrumentar las medidas necesarias para evitar o subsanar los subejercicios de su presupuesto aprobado. Destinar los ahorros generados a los programas prioritarios del ¿ejecutor de gasto¿ que los genere, en un plazo no mayor de un mes, ya que posterior a dicho plazo al constituirse en subejercicio presupuestal, deberá tramitarse la reducción líquida al presupuesto por el monto que resulte. Entregar al Congreso de la Unión por parte del Ejecutivo Federal un informe de la situación de las finanzas públicas, señalando los subejercicios existentes por programas y capítulos de gasto al cierre del trimestre que corresponda e indicando las causas de los mismos; también deberán incluirse las medidas correctivas para abatir los subejercicios, así como la fecha compromiso de atención, que no deberá exceder de un mes, en caso de no solventarse, se dará inicio al procedimiento administrativo en contra de los servidores públicos que resulten responsables. Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para habilitar el Sistema de Administración Financiera Federal, para que a partir del primer día de ejercicio, estén disponibles los recursos aprobados en el presupuesto a las dependencias y entidades, conforme al calendario autorizado. Crear en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público un procedimiento denominado ¿Adjudicación Contingente¿ y sólo podrá ocuparse esta figura para los casos en que por instrucción del titular, tenga que realizarse una contratación o adquisición en un tiempo imposible de atender mediante los otros procedimientos. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 1-Marzo-2011 |
7 Proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; expide la Ley que crea la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública; y reforma el artículo 3o. de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Proponente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de otorgar y regular el derecho de los ciudadanos de interponer quejas respecto a conductas de los servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, y en general de los de seguridad pública del Distrito Federal, nivel estatal y municipal así como de las procuradurías del Distrito Federal y estatales. Crear la Procuraduría Ciudadana para la Prevención, Atención y Recepción de Quejas Ciudadanas y de Elementos de Seguridad Pública dotada de autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios, y facultándola para dirimir en materia de quejas respecto a conductas de los servidores públicos de las dependencias de seguridad pública Federal, estatal y municipal. Estará integrada por un presidente, una secretaría ejecutiva y hasta cinco vicepresidentes, por un periodo de 6 años, pudiendo ser ratificados y designados por la Cámara de Diputados de una terna propuesta por el Ejecutivo Federal. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que instituyan dicha Procuraduría. Excluir a la Procuraduría Ciudadana de la observancia de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Mayo-2012 Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2011 |
8 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Suscribe: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011 |
Establecer que el salario del trabajador doméstico deberá ser cuando menos, el mínimo profesional del lugar en que labore y no considerar su alimentación y hospedaje en el salario integral. Otorgar el derecho a los trabajadores domésticos para prestar servicios por hora; las características de esta modalidad y el salario, serán determinadas en el contrato respectivo. Incluir en las obligaciones de los patrones, respetar los derechos humanos y los derechos laborales de los trabajadores domésticos, absteniéndose de todo maltrato, físico o emocional, de palabra o de obra, en su contra; la violación de esta obligación, se sancionará con las penas que establezca la ley; adoptar medidas de protección civil y de seguridad e higiene en el lugar donde vaya a prestar sus servicios el trabajador; capacitarle para el uso de aparatos, equipos e instalaciones de gas, electricidad, electrodomésticos, proporcionándole información sobre el uso de productos químicos de limpieza y, demás necesarios para el desempeño de su trabajo; y respetar la identidad cultural del trabajador doméstico indígena, su lengua, sus costumbres, su ropa, su participación en actividades comunitarias. Establecer que los trabajadores domésticos podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio del Seguro Social, mediante su incorporación voluntaria, conforme a los convenios que celebre el patrón con el IMSS. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011 |
9 Proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 29-Marzo-2011 |
Destinar un 20% de los excedentes de ingresos que resulten de la Ley de Ingresos al Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos y un 5% a programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de los municipios. | Desechada
con fecha 1-Marzo-2012 Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011 |
10 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 29-Marzo-2011 |
Definir a los trabajadores domésticos como aquellas personas que en forma continua prestan servicios o desempeñan actividades propias de la dirección, limpieza, lavandería, jardinería, cocina y otros análogos, por el pago de un salario que en ningún caso serán inferiores a los salarios mínimos legales vigentes, cuando se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas de un hogar, bajo contratación directa dentro de éste, con una labor mayor a 16 horas a la semana. Incluir en las obligaciones de los patrones, inscribir al trabajador doméstico en el régimen obligatorio de seguridad social en un periodo no mayor a treinta días naturales del inicio de la relación laboral. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011 |
11 Proyecto de decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Suscribe: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 7-Abril-2011 |
Establecer como excepción a lo dispuesto en la Ley, que en el marco del ¿Año del Turismo en México¿, serán días de descanso obligatorio los días 2 de enero de 2012, 2 de mayo de 2011 y 26 de diciembre de 2011, en vez del 1º de enero, 1º de mayo y 25 de diciembre. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011 |
12 Proyecto de decreto que expide la Ley que crea la Comisión Nacional para la Cultura de Paz y la Noviolencia. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 7-Abril-2011 |
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto la promoción, estudio, aplicación y divulgación de una cultura de paz, así como de igualdad, justicia, democracia, tolerancia, cooperación, solidaridad y prevención de la violencia social y de género. Crear la Comisión Nacional para la Cultura de Paz y la No Violencia, la cual tendrá competencia en todo el territorio nacional, para coordinar, promover, analizar, asesorar, implantar, difundir, mediar, elaborar, concertar, definir, diseñar, auxiliar e impulsar y divulgar la cultura de paz y la no violencia. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011 |
13 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, de la Ley General de Cultura Física y Deporte, de la Ley de Asistencia Social, de la Ley Federal de Radio y Televisión, de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 7-Abril-2011 |
Procurar medidas que garanticen la seguridad en los centros educativos y propiciar un ambiente libre de violencia y acoso escolar. Facultar a la Secretaría de Educación Pública y a las autoridades educativas para coadyuvar con la Secretaría de Gobernación en la designación del Premio Nacional Escuela Libre de Violencia y de Acoso Escolar; atender las solicitudes de declaratoria de violencia y acoso escolar que realice el Consejo Nacional Técnico de la Educación; prever a las autoridades educativas y a los padres de familia de todas las acciones necesarias que propicien un ambiente libre de violencia y acoso escolar dentro de los centros educativos. Definir el concepto de alerta de violencia y acoso escolar. Incluir un Capítulo XII Bis, denominado ¿Premio Nacional Escuela Libre de Violencia y Acoso Escolar¿, con el objeto de premiar a la escuela con el menor número de casos de violencia y acoso escolar hacia alumnos y alumnas comprendidos entre los 5 y 15 años en el ciclo escolar, y sus mecanismos de vigilancia y seguimiento de casos sean apegados al respeto de las garantías constitucionales de las niñas, niños y adolescentes. Establecer que la Programación General dirigida a la población infantil que transmitan las estaciones de radio y televisión deberá propiciar el respeto y tolerancia por las diferencias de los demás y la no discriminación. Incluir en los objetivos del instituto mexicano de la juventud, participar con las dependencias de la administración pública en la atención de la violencia y acoso escolar contra jóvenes en los planteles del Sistema Educativo Nacional de instrucción secundaria. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011 Publicación en Gaceta: 29-Marzo-2011 |
14 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud. Suscribe: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 12-Abril-2011 |
Facultar a las autoridades educativas Federal y locales, de manera concurrente, para promover programas dirigidos al rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011 |
15 Proyecto de decreto que deroga el Título Décimo Primero de la Ley General de Salud y expide la Ley General contra las Adicciones. Adherente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 13-Abril-2011 |
Derogar el título undécimo denominado ¿Programas contra las adicciones¿, de la Ley General de Salud. Crear un ordenamiento con el objeto de garantizar una política integral y sistemática de protección a la salud de la población en materia de consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo; promover la regulación y control de la distribución y expendio de bebidas alcohólicas a través de un registro de habilitaciones específicas para su venta; impulsar estrategias de capacitación a nivel socio-familiar tendientes a la promoción de vínculos saludables que permitan a los niños, niñas y adolescentes, y a la población en general, el desarrollo de habilidades para la vida. Apoyar la formación de docentes y líderes juveniles, en programas de preparación de formadores, como protagonistas en el campo preventivo del consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo. Crear el Consejo Nacional Contra las Adiciones el cual, apoyará las acciones de los sectores público, social y privado tendientes a la prevención y combate de los problemas de salud pública causados por las adicciones, así como proponer y evaluar el Programa Nacional de Atención Integral contra las adicciones. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 7-Abril-2011 |
16 Proyecto de decreto que reforma los artículos 5° de la Ley de Ciencia y Tecnología y 6° y 9° de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Proponente: Pinedo Alonso Cora (NUEVA ALIANZA) |
Fecha de presentación: 13-Abril-2011 |
Establecer que tratándose de los miembros del Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación, como son el Presidente de la República y de los titulares de las secretarías de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Energía, de Economía, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, de Educación Pública, y de Salud, podrán designar a un suplente, quien deberá tener el nivel de subsecretario o equivalente. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011 Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011 |