INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que expide el Reglamento General de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.


Suscribe: Zambrano Grijalva José de Jesús (PRD)
Fecha de presentación: 12-Mayo-2010

Crear un ordenamiento jurídico reglamentario de las funciones de los diputados, diputadas y de los órganos de la Cámara de Diputados; normar la forma, intervalos y modo de proceder en las sesiones ordinarias, extraordinarias, solemnes y secretas; en las discusiones y votaciones; en las iniciativas y dictámenes. Regular las facultades y obligaciones de los diputados y diputadas, grupos parlamentarios y de los órganos de la Cámara; regular las asistencias e inasistencias de los legisladores y la justificación de las mismas; regular la organización y funcionamiento de las comisiones, comités y comparecencias; además de establecer los procedimientos internos que hagan eficiente su estructura y funcionamiento, de acuerdo con lo que determinan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás ordenamientos relativos. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2010
2   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las leyes General de Educación, General de Salud y Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Zambrano Grijalva José de Jesús (PRD)
Fecha de presentación: 2-Junio-2010

Establecer que la educación que imparta el Estado deberá promover una cultura alimenticia saludable e higiénica y asociada a la práctica de actividades físicas y el deporte, estimulando éstas y la educación en nutrición. Establecer que las autoridades educativas deberán entre otras, no permitir la venta, comercialización y publicidad de alimentos y bebidas hipercalóricas, con alto contenido de grasas, azucares, carbohidratos y sal en expendios, tiendas, comedores escolares, maquinas expendedoras o cualquier otro medio establecidos en el interior o exterior de los planteles educativos y guarderías del sector público y particular. Establecer que las secretarías de Educación y Salud, deberán periódicamente elaborar y difundir materiales y campañas publicitarias en los medios de comunicación masiva, para promover una cultura alimenticia saludable e higiénica y asociada a la práctica de actividades físicas y el deporte. Sancionar a quienes prestan servicios en caso de realizar o permitir la venta de alimentos no nutritivos.

Adicionar a la Ley General de Salud un CAPÍTULO II BIS denominado ¿De la Regulación del Etiquetado de Alimentos y Bebidas no Alcohólicas Preenvasados¿ al Título Duodécimo "Control Sanitario de Productos y Servicios de su Importación y Exportación", con el objeto de establecer que los fabricantes, distribuidores e importadores de alimentos deberán declarar y rotular el contenido de nutrientes, indicadores de calidad de dieta en el envase o rótulo del producto e informar de ello a la autoridad sanitaria. Establecer los requerimientos que deberán contemplar la publicidad y promoción de alimentos y bebidas, así como las marcas asociadas a los mismos, dirigida a los menores de edad. Sancionar a quien produzca, expenda o comercialice cualquier alimento que por su contenido excesivo o deficitario de nutrientes indicadores que pueda generar daños en la salud de las personas y que se presente o comercialice como de bajo contenido o asemeje un bajo contenido de nutrientes indicadores de exceso.

Establecer que no se podrá publicitar, ni vender productos de bajo contenido nutricional y alto valor energético, mediante estrategias comerciales que se asocien a la entrega de premios, obsequios, bonificaciones o similares métodos, ni tampoco a través de concursos, juegos u otros elementos de atracción.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Junio-2010
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 218, 219, 220 y 227 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Suscribe: Zambrano Grijalva José de Jesús (PRD)
Fecha de presentación: 21-Julio-2010

Garantizar la igualdad de género y promover la paridad democrática en el acceso a las candidaturas a diputados federales y senadores. Prever que las listas de representación proporcional se integran por fórmulas de candidaturas ordenadas de acuerdo con la regla de alternancia entre los sexos, consistente en intercalar en forma sucesiva una fórmula compuesta por mujeres seguida de una fórmula integrada por hombres o viceversa hasta agotar las fórmulas de cada lista. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 23-Julio-2010