INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Adherente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Reducir la tasa general del Impuesto al Valor Agregado de 16% a 15% y la tasa correspondiente a la región fronteriza, del 11% al 10%. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010
2   Proyecto de Decreto que forma el artículo 2° de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Incrementar el porcentaje de 20% a 25% de la recaudación federal participable, en relación al Fondo General de Participaciones. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Adherente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Aumentar las sanciones para aquellas personas que incurran en falsedad en declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública.


Adherente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Crear y administrar, a cargo de la Procuraduría General de la República, el Programa Nacional de Protección a Testigos y Colaboradores contra la Delincuencia Organizada, cuyos principios, criterios, procedimientos y normas de operación garantizarán la seguridad física, patrimonial, psicológica y familiar, los documentos de identidad, datos personales de los testigos protegidos. Crear y definir las figuras de testigo: ofendido, incidental y colaborador. La admisión, sujeción temporal o definitiva de una persona al Programa dependerá del nivel de riesgo o amenaza en su integridad; tratándose de la sujeción temporal, será por el tiempo que dure el proceso o de acuerdo con la naturaleza del riesgo. Deberá practicarse una valoración especializada a cualquier persona que desee ingresar al Programa, salvo en casos urgentes, en los que el nivel y la inmediatez de la amenaza lo justifiquen, los testigos deberán recibir protección provisional. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 31 de la Ley General de Desarrollo Social y 12 de la Ley de Asistencia Social.


Proponente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 14-Diciembre-2010

Establecer que la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria que haga la Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto, deberá tener los efectos de generar un plan de acción integral para abatir la desnutrición y la pobreza alimentaria en la zona. Prever en la Ley de Asistencia Social, como servicios básicos de salud, los de asistencia social alimentaria y los de orientación nutricional. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2010
6   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 184 Bis-1 a Ley General de Salud.


Adherente: De la Torre Valdez Yolanda (PRI)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Facultar al Consejo Nacional Contra las Adicciones para dar de alta a un Grupo de Alcohólicos Anónimos. Crear un padrón de instituciones, organismos y agrupaciones denominados grupos alcohólicos anónimos que realicen actividades tales como la prevención, tratamiento, atención, internamiento y reinserción social, en materia de alcoholismo. Supervisar y otorgar el registro de dichas agrupaciones. Establecer que los grupos de alcohólicos anónimos cualesquiera que sea su forma de operar o denominación deberán contar con registro de funcionamiento. Informar sobre el costo directo o indirecto y total del tratamiento, así como su duración Explicar con detalle y claridad, tanto al usuario como al familiar responsable o representante legal, las condiciones del establecimiento, días y horarios de visita; llenar una hoja de ingreso o reingreso de cada persona. Los establecimientos que no cumplan con los requisitos, se harán acreedores a las sanciones civiles y penales en que incurran. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010