INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Adherente: Lepe Lepe Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010

Adicionar un Capítulo X denominado ¿De la Comisión Nacional de Nivelación Tarifaria del Sector Eléctrico¿, con el objetivo de propiciar condiciones de eficiencia y calidad en el servicio, así como para establecer el pago equitativo de éste, la Comisión se integrará por 7 miembros; 3 corresponderán al sector público federal y serán nombrados uno por el Ejecutivo Federal, uno por el Senado de la República y uno por la Cámara de Diputados, los 4 restantes serán comisionados profesionales designados por el Ejecutivo, quienes deberán ser ratificados por la Cámara de Senadores. La designación del Ejecutivo Federal se hará con 4 ternas que formen, el Instituto Politécnico Nacional, las cámaras representativas de la Industria, las cámaras que agremien a comerciantes y las organizaciones ciudadanas que representen los intereses de los consumidores, respectivamente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Septiembre-2012



Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.


Suscribe: Lepe Lepe Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 5-Octubre-2010

Establecer que el titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, además de cumplir con los requisitos que marca la Ley, deberá contar con la recomendación de alguna institución pública de educación superior y será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 5-Octubre-2010
3   Proyecto de Decreto que forma el artículo 2° de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: Lepe Lepe Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Incrementar el porcentaje de 20% a 25% de la recaudación federal participable, en relación al Fondo General de Participaciones. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Suscribe: Lepe Lepe Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2010

Establecer como fin de la educación impartida por el Estado, promover el desarrollo integral del individuo para que desarrolle sus capacidades y tenga una vida digna; asimismo, diseñar, promover y fomentar la educación rural, el desarrollo regional sobre la base de la enseñanza y fomento de las vocaciones regionales rurales, entre otros. Facultar a la autoridad educativa federal, para realizar un diagnóstico de la problemática nacional y establecer el Programa de Formación de Recursos Humanos, de acuerdo a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, el cual deberá diseñarse y aplicarse en coordinación con las secretarías del Trabajo y Previsión Social, Desarrollo Social y de Economía; promover y establecer parcelas escolares para conservar la biodiversidad local e incentivar el desarrollo, valoración y transferencia de procesos productivos y tecnologías que impulsen el desarrollo comunitario. Incluir en el nivel básico la educación rural. Incluir en planes y programas de estudio, asignaturas relacionadas con las actividades agropecuarias que permitan una mayor vinculación y arraigo de los alumnos que estudian en el medio rural. Promover el uso intensivo de medios electrónicos de comunicación para la actualización y capacitación a distancia, tanto de los profesores como educandos y padres de familia, incorporando el uso de Internet, teleaulas, radio y televisión. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2010
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Adherente: Lepe Lepe Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Establecer que no se considerará como conducta discriminatoria el trato diferenciado que en su caso reciba una persona discapacitada. Modificar el término ¿menores¿ por el de ¿niñez¿. Promover y difundir los derechos humanos de la infancia y fomentar los principios de igualdad y no discriminación. Promover campañas de sensibilización en los medios de comunicación para prevenir y eliminar toda forma de discriminación y violencia contra las niñas y los niños. Garantizar la igualdad de oportunidades para las personas mayores de 60 años. Promover la creación de centros de gerontología para su atención, misma que deberá de cubrir las necesidades de prevención y atención de la salud diferenciada. Garantizar el acceso a la información a personas con discapacidad visual y auditiva. Promover campañas de información en los medios de comunicación para sensibilizar a la sociedad, a fin de prevenir y eliminar toda forma de discriminación y violencia contra las personas con discapacidad. Promover en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, programas de educación especial. Aprobada
con fecha 10-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 2-Diciembre-2010
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública.


Adherente: Lepe Lepe Humberto (PRI)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Crear y administrar, a cargo de la Procuraduría General de la República, el Programa Nacional de Protección a Testigos y Colaboradores contra la Delincuencia Organizada, cuyos principios, criterios, procedimientos y normas de operación garantizarán la seguridad física, patrimonial, psicológica y familiar, los documentos de identidad, datos personales de los testigos protegidos. Crear y definir las figuras de testigo: ofendido, incidental y colaborador. La admisión, sujeción temporal o definitiva de una persona al Programa dependerá del nivel de riesgo o amenaza en su integridad; tratándose de la sujeción temporal, será por el tiempo que dure el proceso o de acuerdo con la naturaleza del riesgo. Deberá practicarse una valoración especializada a cualquier persona que desee ingresar al Programa, salvo en casos urgentes, en los que el nivel y la inmediatez de la amenaza lo justifiquen, los testigos deberán recibir protección provisional. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010