INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Facultar a la Junta de Gobierno, para aprobar la propuesta de reestructuración tarifaría, tomando en consideración las temperaturas medidas en bulbo húmedo, conforme a las estaciones meteorológicas instaladas por la Comisión Federal de Electricidad. Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la participación de las Secretarías de Energía, Minas e Industria Paraestatal y de Comercio y Fomento Industrial y a propuesta de la Comisión Federal de Electricidad, para fijar las tarifas, su ajuste o reestructuración, de manera que tienda a cubrir las necesidades financieras, las de ampliación del servicio público, las necesidades sociales de la población expresadas en el índice de marginación por localidad vigente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
2   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Delimitar y precisar la figura del arraigo, para convertirla en una medida de carácter cautelar personal y temporal que una vez formalizada, no podrá ser impuesto a víctimas u ofendidos del delito o a la persona detenida en flagrancia; a través de la cual se garantizará el éxito de la investigación ministerial; proteger a la víctima, ofendido o testigos; proteger bienes jurídicos o asegurar la comparecencia del probable responsable o imputado a las actuaciones del procedimiento de indagatoria. Precisar las causas de procedencia del arraigo, los requisitos de procedibilidad, las circunstancias de tiempo, lugar, forma y medios de realización. La resolución a la solicitud de arraigo deberá ser fundada y motivada, debiendo redactarse de manera precisa y congruente con las circunstancias de hecho y de derecho que la Juzgados Federales Penales Especializados en Cateos, Arraigo, e Intervención de Comunicaciones, los cuales se integrarán por un Juez y contarán, al menos, con cinco secretarios y con el personal administrativo que determine el presupuesto y serán competentes para conocer y resolver las peticiones que, en toda la República, solicite el Ministerio Público de la Federación en la etapa de averiguación previa que se refieran a cateo, arraigo e intervención de comunicación; asimismo, de las peticiones del Centro de Investigación y Seguridad Nacional y de la Policía Federal, de la intervención de comunicaciones y de la autorización para solicitar la información a los concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas y todas aquellas comercializadoras de servicios en materia de telecomunicaciones y de sistemas de comunicación vía satélite. Eliminar lo concerniente a la determinación de los plazos para el desahogo del Juicio de garantías, donde se pretenda obtener el amparo y la protección de la justicia federal contra la orden de arraigo o su negativa. Aprobada
con fecha 13-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
3   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Propaganda Institucional.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objetivo vigilar el cumplimiento de parte de las entidades públicas de las normas constitucionales y legales relativas a la propaganda institucional, así como la transparencia en el manejo de los recursos públicos en la materia. Prever como principios rectores de la materia la transparencia, la objetividad, la neutralidad y la profesionalización de las campañas de comunicación institucionales así como la eficiencia en el buen uso de los fondos públicos. Establecer que la propaganda institucional se enmarcará en los principios y valores del estado constitucional democrático de derecho, tendrá fines informativos, educativos o de orientación social, será neutral; por lo que no promoverá implícita o explícitamente los intereses de la entidad pública de que se trate o de algún partido político, así como destacar los logros de alguna gestión gubernamental. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Establecer que la comparecencia de los secretarios de despacho ante las Cámaras o sus comisiones para informar el estado que guardan sus respectivos ramos se dará dentro de los primeros 45 días naturales, luego de que esté abierto el primer periodo de sesiones ordinarias de cada año. Cualquiera de las Cámaras, por mayoría absoluta de los miembros presentes, podrá citar a los titulares de órganos directamente supeditados a la Presidencia de la República, o a cualquier servidor público federal. Los secretarios del despacho podrán comparecer por iniciativa propia ante las Cámaras, ante la Comisión Permanente, o ante comisiones, para exponer asuntos concernientes a sus ramos o actividades y, previo acuerdo de la mayoría de sus integrantes. Prever que no se podrá citar a servidores públicos del Poder Judicial de la Federación con motivo de su función jurisdiccional; que la pregunta parlamentaria atenderá a cuestiones institucionales y administrativas; será obligatorio comparecer ante las Cámaras a responder a la pregunta parlamentaria y brindar la información solicitada. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 24-Febrero-2011
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 15 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Incorporar en los presupuestos de egresos de las entidades federativas y del Distrito Federal, la asignación de recursos para el cumplimiento de la política local en materia de igualdad. Crear un organismo encargado de diseñar, vigilar y evaluar la aplicación de los mecanismos institucionales de promoción y procuración de la igualdad, que deberán ser aplicados en las instancias administrativas de las entidades federativas, así como, vigilar el cumplimiento de los compromisos del gobierno estatal o del Distrito Federal relacionados con la materia. Aprobada
con fecha 11-Octubre-2011



Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo décimo transitorio de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado.


Proponente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Establecer que a partir del 1º de enero de 2010 los trabajadores que hubieren cotizado 30 años o más y las trabajadoras que hubieran cotizado 28 años o más y que no opten por el bono de pensión del ISSSTE, tendrán derecho a una pensión por jubilación, cualquiera que sea su edad. La pensión por jubilación dará derecho al pago de una cantidad equivalente a 100% del sueldo básico calculado conforme a la ley abrogada. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Prohibir a los estados y los municipios a contraer deuda pública salvo que se destine a operaciones de refinanciamiento y reestructura, y excluyendo cualesquier destino a gasto corriente, inclusive los que contraigan organismos descentralizados estatales o municipales, empresas de participación estatal o municipal mayoritarias y fideicomisos públicos paraestatales o paramunicipales, para lo cual, se requerirá la aprobación calificada de las respectivas legislaturas y ayuntamientos para afectar como fuente de pago o garantía cualesquiera de sus ingresos y derechos, presentes o futuros, en el entendido de que no podrán enajenar, gravar o afectar dichos ingresos o derechos en operaciones financieras sin que medie una operación constitutiva de deuda pública. Definir el concepto de deuda pública. Crear un registro público con criterios homologados y comunes de acuerdo con los estándares internacionales vigentes, a cargo de los estados, y en el cual se registrarán todas las operaciones de deuda pública, el destino de los recursos provenientes de dichas operaciones, así como la transmisión, gravamen o afectación de sus ingresos y derechos que sirvan como fuente de pago o garantía que contraigan los estados y los municipios; dicho registro se creará dentro de los 60 días del inicio de vigencia del decreto. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
8   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 61 a la Ley General de Asentamientos Humanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Otorgar el derecho a las personas u organización de vecinos para presentar denuncia ciudadana ante la autoridad competente, sobre cualquier hecho, acto u omisión, que contravenga las disposiciones de la ley, los planes o programas de desarrollo urbano, y de los demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con los asentamientos humanos, el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano, a efecto de que se inicie el procedimiento administrativo correspondiente y se apliquen, en su caso, las medidas de seguridad y sanciones respectivas. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011
9   Proyecto de decreto que reforma el artículo Octavo Transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el subsidio para el empleo publicado en el DOF, el 1° de octubre de 2007; y se reforma el artículo 8° de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Crear el Subsidio para la Nivelación del Salario Mínimo, el cual se aplicará a la población ocupada que sea subordinada y remunerada, y que forme parte de los asalariados que perciban entre 1 y hasta 3 salarios mínimos. Los contribuyentes podrán acreditar contra el Impuesto Empresarial a Tasa Única los pagos realizados por el retenedor por concepto del subsidio para la nivelación del salario mínimo, en caso de que éste subsidio sea mayor que el pago que le corresponde realizar al patrón por el Impuesto Sobre la Renta. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2001



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
10   Proyecto de decreto que reforma el artículo Octavo Transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el subsidio para el empleo publicado en el DOF, el 1° de octubre de 2007; y se reforma el artículo 8° de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Crear el Subsidio para la Nivelación del Salario Mínimo, el cual se aplicará a la población ocupada que sea subordinada y remunerada, y que forme parte de los asalariados que perciban entre 1 y hasta 3 salarios mínimos. Los contribuyentes podrán acreditar contra el Impuesto Empresarial a Tasa Única los pagos realizados por el retenedor por concepto del subsidio para la nivelación del salario mínimo, en caso de que éste subsidio sea mayor que el pago que le corresponde realizar al patrón por el Impuesto Sobre la Renta. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2001



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
11   Proyecto de decreto que reforma el artículo 34 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 24-Marzo-2011

Establecer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en un plazo no mayor a 20 días hábiles, deberá realizar el análisis de la evaluación costo-beneficio de los programas y proyectos de inversión; en caso contrario, deberá asignar de manera inmediata el registro en la cartera de programas y proyectos de inversión, para la ejecución de recursos programados. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2011
12   Proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Destinar un 20% de los excedentes de ingresos que resulten de la Ley de Ingresos al Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos y un 5% a programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de los municipios. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011
13   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Establecer que los recursos asignados para la cultura en el Presupuesto de Egresos de la Federación serán mayores en términos reales en comparación con los aprobados en el ejercicio fiscal previo. La Cámara de Diputados tomará las previsiones de gasto necesarias para cumplir esta disposición. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
14   Proyecto de decreto que expide el Código Federal de Procedimientos Penales.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer, actualizar y regular los procedimientos penales que se desarrollen por los delitos que sean de la competencia de los tribunales federales, así como desarrollar los principios, derechos y garantías acordados al imputado, a la víctima y a terceros, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el ejercicio de las potestades públicas atribuidas a los órganos de investigación, de persecución y juzgamiento. Establecer mecanismos alternativos de solución de controversias. Solicitar ante el juez el ejercicio de la acción penal sin intervención del Ministerio Público. Ampliar los derechos de la víctima, solicitar la explicación pública de las sentencias. Imponer un control judicial fortalecer los mecanismos y medidas especiales para investigar los delitos de delincuencia organizada, entre otros. Abrogar el Código Federal de Procedimientos Penales vigente. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
15   Proyecto de decreto que reforma el artículo 170 Bis de la Ley Federal del Trabajo.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 29-Marzo-2011

Establecer como derecho de los padres trabajadores, gozar de una licencia remunerada por paternidad, durante los 7 días naturales anteriores al parto de la madre de su hijo, y 15 días posteriores a éste; a regresar al puesto que desempeñaban, siempre que no haya transcurrido más de un año de la fecha del parto; y a que se computen en su antigüedad los periodos pre y postnatales. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
16   Proyecto de decreto que reforma el artículo 19 del Código Civil Federal.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Prever que las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse, a falta de ley, conforme a los principios generales de derecho o con arreglo a la analogía. En caso de laguna de principios explícitos se estará a los principios implícitos que orientan y fundamentan el ordenamiento jurídico. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
17   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6°, 27 y 75 de la Ley General de Educación.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer que está prohibido y será sancionado condicionar los servicios educativos de carácter público al pago de cuotas, donativos o dádivas en dinero o en especie. Las aportaciones de particulares destinadas a dicha educación tendrán carácter voluntario. Facultar a la Federación, las entidades federativas y los municipios, para establecer los mecanismos necesarios para proveer a todos los planteles públicos de educación preescolar, primaria y secundaria, de recursos destinados a cubrir el gasto corriente de cada ciclo escolar. Aprobada
con fecha 27-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
18   Proyecto de decreto que reforma los artículos 46, 53 y 65 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer las modalidades mediante las cuales se realizará la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros, Directo (servicio punto a punto entre dos terminales de pasajeros, sin escalas entre la de origen y la de destino) e Intermedio (servicio punto a punto entre dos terminales de pasajeros, con escalas para ascenso y descenso de pasajeros). Explicitar que para la expedición del boleto o contrato de servicios a favor del usuario y abordaje, el permisionario deberá solicitarle a éste identificación oficial para verificar su identidad. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
19   Proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Reducir los votos necesarios de las ¿dos terceras partes¿ a ¿mayoría simple¿ tanto en la cámara de origen, como en la cámara revisora, para confirmar el proyecto de ley o decreto devuelto y volver a turnarlo a la cámara revisora o al Ejecutivo para su promulgación, respectivamente. Explicitar que todo proyecto de ley o decreto que fuere desechado en la Cámara de su origen no podrá volver a presentarse en el mismo periodo ordinario de sesiones. Prever que las iniciativas que entrañen modificaciones jurídicas que cambien la naturaleza o el tipo de los gravámenes se discutirán primero en la Cámara de Diputados; asimismo, las iniciativa de ley o decreto deberán dictaminarse dentro de los plazos establecidos en la Ley o en los Reglamentos de cada Cámara. Incluir los supuestos en los que el Poder Ejecutivo no puede hacer observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las Cámaras. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
20   Proyecto de decreto que reforma los artículos 75 y 78 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Incluir como causales por las que la votación recibida en una casilla será nula: utilizar recursos provenientes de actividades ilícitas o prohibidos por la legislación electoral; utilizar recursos públicos ajenos a las prerrogativas de ley o los destinados a los programas sociales de cualquier nivel de gobierno; provocar temor en los electores o comprar, hacer proselitismo, inducir, coaccionar o inhibir el voto durante los tres días previos a la elección o durante la jornada electoral; obtener o solicitar declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto o la abstención del ejercicio del mismo; solicitar votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante el proceso electoral; organizar o llevar a cabo el trasporte de votantes a las casillas o sus inmediaciones; abrir o manipular sin causa justificada los paquetes electorales o retirar los sellos; rebasar los topes de gastos de campaña; contratar tiempos en radio y televisión y en otros medios de difusión en contravención a la ley electoral; iniciar anticipadamente las precampañas y las campañas; y violar cualquiera de los principios constitucionales y legales que permiten que las elecciones sean libres, auténticas y periódicas. Facultar a las salas del Tribunal Electoral para declarar la nulidad de una elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 24-Marzo-2011
21   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 264 Bis y reforma el Capítulo I del Título Décimo Quinto del Código Penal Federal.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Crear el delito de ¿Compra de Servicios¿, definiéndolo como la realización de cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas a cambio del pago en efectivo, en especie o en cualquier otra forma, ya sea que el pago lo efectúe en forma directa o por medio de un tercero. Sancionar a quien cometa este delito con una pena de 6 meses a 3 años de prisión y multa de 180 días. Cuando la compra de servicios sexuales se realice con una o varias personas menores de 18 años de edad, o con una o varias personas que no tiene capacidad para comprender el significado del hecho o con una o varias personas que no tiene capacidad para resistirlo, la pena para el autor del delito será de 12 a 16 años de prisión y de 2 mil a 3 mil días de multa. Cuando la compra de servicios sexuales se realice con una o varias personas menores de doce años, el mínimo y el máximo de la pena se aumentarán hasta en una mitad. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011
22   Proyecto de decreto que reforma el artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer que en las competencias coincidentes, coexistentes y concurrentes, se observarán los principios de equilibrio, armonía y simetría entre los tres niveles de gobierno. Asimismo, establecer que las leyes generales se aprobarán por la mayoría de los presentes en ambas Cámaras y por la mayoría de las legislaturas locales. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011
23   Proyecto de decreto que deroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Abrogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única con el objeto de modificar la política fiscal y eliminar los gravámenes que impiden el crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
24   Proyecto de decreto que reforma el artículo 266 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Impedir el acceso a las mamparas de votación, a personas que porten celulares, cámaras fotográficas, de videograbación, scanner, o algún aparato electrónico que se presuma pueda contribuir a la realización de alguna actividad fraudulenta. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011
25   Proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer que para promover un mayor incremento del saldo de las cuentas individuales a favor de los trabajadores, las comisiones por administración de las cuentas individuales sólo podrán cobrarse como un porcentaje sobre el valor de los rendimientos financieros obtenidos cada mes calendario, porcentaje que no podrá ser mayor del 15% de dichos rendimientos. Sí en un mes calendario no se obtuvieran rendimientos reales (iguales o mayores que el porcentaje de incremento del Índice Nacional de Precios al Consumidor del mismo período), por ese mes no se podrán cobrar comisiones. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
26   Proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Incluir los principios rectores de certeza, independencia y objetividad en la función de fiscalización. Establecer que la Auditoría Superior de la Federación contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia; asimismo, contará con un Consejo General integrado por un consejero presidente, 10 consejeros y un auditor superior, quien además fungirá como secretario general del Consejo General con voz y sin voto. El consejero presidente y demás consejeros durarán en su cargo 4 años y no podrán ser reelectos; en el caso de darse la falta absoluta del consejero presidente o de cualquiera de los consejeros, el sustituto será elegido mediante el procedimiento de insaculación para concluir el periodo de la vacante. Facultar a la contraloría general para fiscalizar todos los ingresos y egresos de la Auditoría Superior de la Federación, así como los resultados de su gestión. Establecer los requisitos para ser titular de la entidad de fiscalización superior de la Federación. Facultar a las entidad de fiscalización superior de la Federación, para fiscalizar los ingresos y egresos, el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de las concesiones o cesiones parciales de bienes del dominio público; rendir cuentas públicas permanentemente de su gestión e iniciar revisiones a las entidades fiscalizadas durante el ejercicio fiscal en curso, sobre los conceptos que el consejo general o la propia entidad de fiscalización determinen. Incluir los requisitos del proyecto de informe preliminar de resultado de la revisión de la Cuenta Pública, que deberá ser sometido al Consejo General previamente, y entregado a más tardar a la Comisión dentro de los primeros 15 días de septiembre del año siguiente al de su ejercicio. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 31-Marzo-2011
27   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y expide la Ley General de la Calidad del Aire y la Protección a la Atmósfera.


Suscribe: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 28-Abril-2011

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente: Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para modificar, actualizar y vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, así como para alentar el desarrollo de tecnologías limpias y líneas de investigación que tengan por objeto perfeccionar el estado del conocimiento científico y tecnológico y para fortalecer la colaboración de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, con instituciones académicas y organismos, nacionales o internacionales, a fin de lograr una calidad del aire satisfactoria.

Ley General de la Calidad del Aire y la Protección a la Atmósfera: Crear un ordenamiento con el objeto de garantizar el derecho de toda persona a la protección a la salud y a un medio ambiente adecuado, para su desarrollo y bienestar, en materia de preservación de la calidad del aire y de protección a la atmósfera estableciendo las bases de coordinación y colaboración entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, así como de la concertación para la participación de los sectores social y privado. Establecer las bases para la restauración, preservación y mejoramiento de la calidad del aire; la protección de la atmósfera de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; el aprovechamiento sustentable de la atmósfera de forma tal que sea compatible con el desarrollo de las actividades humanas y productivas; la distribución de competencias entre la federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la atmósfera de los efectos de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; la celebración de convenios de coordinación y colaboración entre la Federación y los estados, el Distrito Federal y los municipios para realizar acciones en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la atmósfera de los gases de efecto invernadero y las sustancias agotadoras de la capa de ozono; la promoción y garantía de la participación corresponsable de todos los sectores sociales en las acciones tendientes a restaurar, preservar y mejorar la calidad del aire; así como a proteger a la atmósfera de los gases de efecto invernadero y de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, de conformidad con las disposiciones de esta ley; el fortalecimiento de la investigación y desarrollo científico, así como la innovación tecnológica, para prevenir y controlar la contaminación atmosférica y proteger a la atmósfera; y el establecimiento de las medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de la ley.
Ley del Impuesto Sobre la Renta: Otorgar el derecho a los contribuyentes del impuesto sobre la renta para deducir el 100% de las inversiones en maquinaria y equipo que reduzcan las emisiones contaminantes o de gases de efecto invernadero a la atmósfera o que sustituyan el uso de sustancias agotadoras de la capa de ozono; asimismo, otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes consistente en aplicar un crédito fiscal cuando los mismos se dediquen preponderantemente al mantenimiento y reparación de la maquinaria y equipo que reduzcan las emisiones contaminantes o de gases de efecto invernadero a la atmósfera; inviertan en la conservación del uso de suelo silvícola; inviertan en investigaciones que tengan por objeto determinar el comportamiento de los contaminantes criterio, gases de efecto invernadero y sustancias agotadoras de la capa de ozono, así como otros contaminantes; e inviertan en maquinaria y equipo que fomenten las fuentes renovables de energía.
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011
28   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Herrera Chávez Samuel (PRD)
Fecha de presentación: 28-Abril-2011

Considerar como moneda circulante la onza de plata ¿Libertad¿, que gozará de curso legal por su valor nominal vigente en pesos. Facultar al Banco de México para determinar y modificar el valor nominal de la onza de plata ¿Libertad¿. Establecer que el valor nominal inicial de la onza de plata ¿Libertad¿ se determinará mediante la suma de los siguientes factores: el precio internacional vigente de la onza de plata, expresado en pesos, el costo de acuñación y un señoreaje no mayor del 10% calculado sobre el costo total de la moneda; el resultado de esta suma deberá ajustarse al múltiplo inmediato superior de cinco pesos; asimismo el valor nominal deberá publicarse todos los días en el Diario Oficial de la Federación. Ante la eventualidad de un incremento extraordinario en el precio de la plata, el Banco de México podrá mantener el valor nominal vigente, sin tomar en cuenta este incremento, durante un periodo máximo de 6 meses. Prever que el Banco de México acuñará cuantas onzas ¿Libertad¿ se requieran para evitar que la escasez de las mismas origine sobreprecios especulativos por encima del valor nominal establecido por el Banco de México. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2011