INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Modificar el monto diario de ingresos de 9 a 52 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, para exentar del pago del impuesto sobre la renta, las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte. Aprobada
con fecha 6-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 25-Febrero-2010

Explicitar que cuando la víctima se separe del agresor, el Estado deberá otorgar apoyo económico temporal cuando la víctima no cuente con recursos económicos ni sociales que le permitan condiciones mínimas de independencia. Garantizar la seguridad e integridad física de las víctimas que denuncien la violencia familiar ante las instituciones de procuración de justicia y de seguridad pública. Establecer que las autoridades federales harán las gestiones ante las autoridades locales para propiciar que reformen su legislación para tipificar la violencia familiar y establecerla como delito grave. Implementar programas de apoyo económico temporal dirigido a víctimas de violencia familiar que hayan denunciado ante la autoridad competente ese delito, para lo cual la víctima deberá someterse a un tratamiento psicológico especializado y gratuito. Desechada
con fecha 4-Octubre-2011



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 25-Febrero-2010

Establecer que el Presidente de la República podrá ser sujeto de Revocación del Mandato, por: actos u omisiones contrarios a la Constitución Federal y leyes federales; el manejo indebido de fondos y recursos federales; o la comisión de delitos graves. Legitimar a: cualquier ciudadano con causa fundada y motivada; la mayoría de integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, los gobernadores y Jefe de Gobierno del Distrito Federal; o el 25% de los municipios del país, para solicitar dicha revocación. Establecer el procedimiento mediante el cual se llevará a cabo la revocación. Eliminar los supuestos por los que podrá ser acusado el Presidente ¿traición a la patria y delitos graves del orden común¿. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y, 188 y 189 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 2-Marzo-2010

Establecer que a la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, asistirán el Presidente de la República y el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Presidente de la República, además de asistir a dicha sesión, dará lectura a un informe por escrito en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país. Establecer que cada grupo parlamentario representado en la Cámara de Diputados, fijará su posicionamiento a través de su coordinador hasta por quince minutos. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 3-Febrero-2010
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Establecer la Democracia Participativa en la que el pueblo participe en forma directa, aceptando o rechazando las consultas planteadas en plebiscitos, referéndum, iniciativas populares, revocación de mandato otorgados por el pueblo, e intervenciones en la planeación, siguiendo las disposiciones de una ley para ejercer la democracia participativa. Desechada (art. 89)
con fecha 8-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 41, 51 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Establecer que los partidos políticos tienen entre sus fines velar que en todo momento la igualdad de oportunidades y la paridad entre las mujeres y los hombres en la vida política se lleve a cabo, a través de la postulación equitativa, a cargos de elección popular. Implantar que los diputados suplentes serán del mismo género que los propietarios. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 21, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010

Suprimir la facultad de tener a cargo la seguridad pública en el ámbito municipal, así como su regulación. Establecer que la policía preventiva estará al mando del gobierno estatal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del estado, y que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos de tránsito y vialidad. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1o. de la Ley de Expropiación y 93 de la Ley Agraria.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 7-Abril-2010

Considerar a los derechos de vía (franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación) como causas de utilidad pública, a efecto de que los mismos puedan ser expropiados. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
9   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal para el Desarrollo y Protección a Madres Solas o Solteras.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 7-Abril-2010

Crear un ordenamiento que tenga por objeto la promoción de lineamientos y mecanismos institucionales que garanticen otorgar un apoyo económico mensual para alimentos a las madres solas o solteras, de escasos recursos, con el propósito de que puedan ofrecer a sus hijos una plena integración al desarrollo educativo, económico y social. Considerar como madres solas a las viudas, separadas, solteras o divorciadas, casadas o en concubinato, que acrediten la solicitud de disolución del vínculo jurídico o demanda de alimentos para ella y sus hijos; y quienes asuman la total responsabilidad de sus hijos y representen el único ingreso para el sustento de éstos. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2010
10   Proyecto de decreto que reforma el artículo 13 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 7-Abril-2010

Establecer que los Centros Federales de Readaptación Social deberán contar con la infraestructura y personal especializado para brindar atención médica a los diversos problemas de salud de los internos y las internas; en el caso de los centros de reclusión que alberguen a mujeres se deberán brindar servicios ginecológicos integrales especializados. Aprobada
con fecha 27-Abril-2010



Publicación en Gaceta: 7-Abril-2010
11   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 8-Abril-2010

Crear la Comisión Ordinaria de Asuntos Electorales de la Cámara de Diputados. Facultar a las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados para conocer de asuntos relacionados a los órganos constitucionales autónomos. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Abril-2010
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expide la Ley Federal de Partidos Políticos y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Suscribe: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reglamentar las normas constitucionales relativas a los partidos políticos: el derecho de asociación y afiliación; la constitución, registro, derechos y obligaciones de los partidos políticos y de los asuntos y la democracia interna; del acceso a la radio y televisión, el financiamiento y otras prerrogativas de los partidos políticos (no sujeción al pago de impuestos y derechos y el uso de las franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones); de los frentes, coaliciones y fusiones; y de la pérdida del registro. Establecer como fines de los partidos políticos el de coadyuvar en la difusión y ejercicio de los derechos político electorales de los ciudadanos; estructurar las opciones entre los candidatos durante la competencia electoral; llevar a cabo la movilización electoral; establecer la agregación de intereses específicos en las coaliciones electorales; formar sus propios cuadros; elaborar programas de gobierno; realizar una labor crítica desde la oposición; fiscalizar la actuación de los órganos del Estado; ser un vehículo de identificación política a través de tareas de socialización con los ciudadanos y apoyar al Instituto Federal Electoral en las tareas de educación cívica. Establecer que los ciudadanos afiliados a un partido político o asociaciones políticas tendrán todos los derechos inherentes a tal pertenencia y no podrán estar afiliados en más de un partido político. Establecer que una vez iniciado el proceso electoral federal, el afiliado o candidato a un cargo de elección popular que renuncie a su militancia partidista no podrá ser postulado por otro partido. Derogar todo lo relativo al marco legal de los partidos políticos contenido en el Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abarcando del artículo 22 al 103. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
13   Proyecto de decreto que reforma los artículos 139 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Incluir de manera específica la atribución de los municipios para participar de la recaudación de las contribuciones del régimen de "pequeños contribuyentes". Atribuir a los municipios la participación del 100% de la recaudación que se obtenga de los contribuyentes que tributen en la Sección Tercera (Del Régimen de Pequeños Contribuyentes) del Capítulo VI del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta que a partir del 1 de enero de 2000 se incorporen al Registro Federal de Contribuyentes. Establecer que en el caso de que existan municipios que no hayan celebrado los instrumentos de coordinación con la Federación para ejercer estas atribuciones, se puede convenir entre la Federación y las entidades federativas, tal participación, en cuyo caso, los estados participarían con 50% y los municipios con el otro 50% de dicha recaudación. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
14   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Incluir como entes públicos federales a los cuerpos de policía de corporaciones federales y a la Fuerza Armada Permanente. Indemnizar los daños o perjuicios reclamados realizados por los cuerpos de policía o por elementos de la Fuerza Armada Permanente, sin contar con orden de autoridad o juez competente o en los casos en que se compruebe el uso indebido o desproporcionado de la fuerza pública o la violación de los derechos humanos; asimismo, aplicará para los miembros de la Fuerza Armada Permanente o los elementos que formen parte de las corporaciones policiales, que cuenten con orden judicial y dañen a terceros por error o uso de la fuerza pública. Establecer que cuando la responsabilidad sea imputable a los cuerpos de policía o a elementos de la Fuerza Armada Permanente, y la misma haya quedado probada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cubrirá el monto de la indemnización fijada. Excluir de que el Estado repita (demande) de los servidores públicos el pago de la indemnización, a los policías federales sin mando sobre otros elementos y al personal militar de tropa y marinería que hayan actuado por orden de mandos superiores, siempre que no hubiesen incurrido en violación de la ley, uso indebido de la fuerza o en violaciones a los derechos humanos; la responsabilidad recaerá en quien dio la orden para realizar las acciones que ocasionen los perjuicios. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
15   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Adherente: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 21-Abril-2010

Establecer que la Sala Superior conocerá del recurso de reconsideración, cuando en la sentencia de fondo, la Sala Regional omita decidir sobre los planteamientos de constitucionalidad y se hagan valer en los agravios; asimismo, bastará que en la demanda se haga por el demandante un planteamiento de la no aplicación de una ley electoral y que en la sentencia se haga el pronunciamiento, al caso concreto, sobre la constitucionalidad de la norma aplicada, o bien, la no aplicación por considerarla contraria a la Constitución. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
16   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.


Suscribe: Lobato García Sergio (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Definir el concepto de ajustes razonables, comunicación, discriminación por motivos de discapacidad, diseño universal y de educación inclusiva y especial. Modificar el nombre del ¿Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad¿ por el de ¿Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad¿. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Prever que los derechos que establece esta ley serán reconocidos a todas las personas sin discriminación jurídica o económica, apariencia física, características genéticas, diversidad sexual, embarazo, identidad o filiación política, lengua, situación migratoria. Establecer los principios de igualdad de oportunidades, el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad, el derecho a preservar su identidad, el respeto por la diferencia, la transversalidad, la transparencia y la continuidad. Atribuir al Titular del Poder Ejecutivo Federal, garantizar la consulta y participación de las personas con discapacidad y las organizaciones, en la elaboración y aplicación de legislación, políticas y programas, incluyendo la colaboración de personas físicas o morales, públicas, privadas o sociales, así como la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones en la elaboración de los informes que el propio Ejecutivo debe presentar a la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, relacionados con la materia y los derechos humanos. Garantizar por parte de la Secretaría de Salud a la población con discapacidad su derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Incorporar de forma gratuita al Seguro Popular a la población con discapacidad. Prohibir cualquier tipo de discriminación contra las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida, siendo responsabilidad de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas garantizar y vigilar la debida protección y sancionar el incumplimiento de este derecho. Modificar el Capítulo II ¿Del Trabajo y la Capacitación¿, por el de ¿Trabajo y Empleo¿. Garantizar por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad. Incorporar en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos que permitan la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal. Establecer que los estudiantes y profesionistas podrán cumplir con el requisito del servicio social, prestando apoyo a estudiantes o personas con discapacidad. Reconocer el sistema braille, los modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales. Establecer que será responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y demás autoridades competentes del sistema financiero mexicano, garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de circunstancias y condiciones a los servicios que ofrecen las instituciones bancarias y demás entidades parte del sistema financiero mexicano. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizará el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, que contribuyan a su independencia y desarrollo integral; la Secretaría de Desarrollo Social, garantizará un mayor índice de desarrollo humano para ellas y sus familias, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados y a la mejora continua de sus condiciones de vida, sin discriminación por motivos de discapacidad; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, garantizará que el Censo Nacional de Población incluya lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad; el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, garantizar el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas mexicana y la cultura de los sordos, entre otras; la Secretaría de Turismo garantizará el derecho para acceder y disfrutar de los programas y servicios turísticos, recreativos y de esparcimiento, adaptación y accesibilidad de las instalaciones de servicios que comprenden la infraestructura para el turismo nacional. Establecer los lineamientos generales del Programa Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, sus órganos de administración y actualizar su integración. Modificar el Capítulo II ¿Del Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad¿ por el ¿De la Asamblea Consultiva¿ y establecer sus funciones, órganos de vigilancia y las prevenciones generales. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010