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INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que expide la Ley de Asociaciones Público-Privadas para Proyectos de Infraestructura y de Prestación de Servicios. Proponente: Duarte de Ochoa Javier (PRI) |
Fecha de presentación: 4-Febrero-2010 |
Crear un ordenamiento con el objeto de que regule la asociación entre entidades de los sectores público y privado para la realización de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, autorización, asignación y ejecución de proyectos para la prestación de servicios a largo plazo mediante asociación público-privada para el desarrollo de infraestructura pública, o la provisión de bienes relacionados con la prestación de servicios públicos a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, de organismos públicos autónomos, entre otros. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 4-Febrero-2010 |
2 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Proponente: Duarte de Ochoa Javier (PRI) |
Fecha de presentación: 11-Febrero-2010 |
Explicitar las facultades de inspección y vigilancia de la autoridad para que se formulen no como potestades sino como obligaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que de no ser cumplidas den lugar a la exigencia de responsabilidades a los servidores públicos encargados del control. Eliminar la obligatoriedad impuesta a las sociedades financieras populares de ser supervisadas por una federación. Establecer que en las fallas de las auditorías se hagan responsables a quienes las cometan, de los daños y perjuicios que causen, no solo a las sociedades involucradas, sino a sus socios y a sus clientes. Supervisar en forma periódica a las sociedades por medio de visitas de inspección. Fijar imperativamente las facultades de la referida Comisión, ordenando que formulen las observaciones, las medidas correctivas, vetar resoluciones o determinaciones incorrectas de las entidades supervisadas, eliminando la expresión "a su juicio¿. Suprimir las facultades discrecionales de la autoridad para dejar de sancionar infracciones independientemente de que no se trate de faltas graves. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 11-Febrero-2010 |