INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Educación, y de Cultura Física y Deporte; y expide el Decreto que constituye la Escuela Nacional de Charrería.


Adherente: Hernández Cruz Luis (PRD)
Fecha de presentación: 14-Septiembre-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer la Escuela Nacional de Charrería, como organismo de participación estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, la cual: impartirá educación teórico-práctica de alto nivel sobre actividades relacionadas con el deporte de la charrería; organizará y desarrollará actividades de investigación y enseñanza sobre equino terapia, genética de los equinos y manejo de ganado caballar, así como de equipo y vestimenta para la charrería; y preservará y difundirá la cultura mexicana. Facultar a la Escuela Nacional de Charrería para organizarse; planear y programar la enseñanza que imparta y sus actividades de investigación y la difusión de la cultura mexicana; expedir certificados, reconocimientos y premios; establecer equivalencias de estudios e investigación del mismo tipo educativo, realizados en escuelas nacionales y de asociaciones charras en el extranjero; dar licencias para que las escuelas de charrería existentes, o las que se establezcan en el futuro en lienzos charros en operación o en edificación, operen como extensión de la Escuela; y recibir donaciones, de instituciones públicas y privadas, que pueden deducirse de impuestos. Llevar a cabo el fortalecimiento de la identidad de la nacionalidad, la difusión y conmemoración amplia de las efemérides que enarbolen la identidad nacional; así como el fomento prioritario y preservación de los juegos y deportes autóctonos y tradicionales. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2011
2   Proyecto de decreto que deroga el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación.


Suscribe: Hernández Cruz Luis (PRD)
Fecha de presentación: 27-Septiembre-2011

Derogar el precepto que prohíbe a la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal, y a la Procuraduría General de la República, contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con contribuyentes que no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 27-Septiembre-2011
3   Decreto por el que se integra un Fondo Especial de recursos económicos, por diez mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas de sequía en los estados de Sonora, Baja California, Baja California Sur, Aguascalientes, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Sinaloa, Durango, Nuevo León, Zacatecas, San Luis Potosí, Querétaro y parte de Guanajuato; por las heladas en los estados de Tlaxcala, Puebla, Estado de México e Hidalgo y por inundaciones en el estado de Tabasco.


Suscribe: Hernández Cruz Luis (PRD)
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011

Integrar un Fondo Especial de Recursos Económicos, por diez mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias climáticas de sequía en varios estados de la República. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Hernández Cruz Luis (PRD)
Fecha de presentación: 29-Noviembre-2011

Reconocer que los pueblos indígenas sean libres e iguales a todos los demás pueblos, y que sean sujetos de derecho público. El estado deberá reconocer plenamente la personalidad jurídica de los pueblos y comunidades indígenas y respetar sus propias formas de organización. Modificar la expresión usos y costumbres por sistemas normativos. El estado, en sus distintos niveles y ámbitos, deberá consultar y consensuar con los pueblos indígenas todos aquellos asuntos que les atañen, mediante sus procedimientos apropiados y a través de sus instituciones representativas, garantizando su derecho de consulta con consentimiento libre, previo e informado. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 29-Noviembre-2011