INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Suscribe: Rábago Castillo José Francisco (PRI) |
Fecha de presentación: 20-Septiembre-2011 |
Incluir al municipio de Valle Hermoso, Tamaulipas, en la región fronteriza, a efecto de que se le aplique a la totalidad del territorio del municipio el tratamiento fiscal del 11% en materia de impuesto al valor agregado. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2011 |
2 Proyecto de decreto que expide el Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados. Suscribe: Rábago Castillo José Francisco (PRI) |
Fecha de presentación: 6-Octubre-2011 |
Expedir un ordenamiento jurídico reglamentario de la actividad del órgano técnico denominado Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados. Establecer las atribuciones y obligaciones de los servidores públicos y las unidades administrativas que integran la Unidad. Reglamentar los requisitos, atribuciones, obligaciones y la forma en que será elegido el titular de la Unidad. Abrogar el Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2001. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2011 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 267 de la Ley Federal de Derechos. Suscribe: Rábago Castillo José Francisco (PRI) |
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011 |
Derogar la tasa de 40% de pago de derechos por el uso, goce o aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, los concesionarios mineros, para establecer que para el cálculo de la tasa que por este concepto se debe pagar, a partir de un 6 por ciento y hasta un 23 por ciento, ajustándose de conformidad con el volumen de extracción y precio del gas de mercado. Derogar la disposición por la que se establece que se podrá deducir el 5% del monto original de las inversiones realizadas en gasoductos, terminales, transporte o tanques de almacenamiento, en cada ejercicio. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011 |