INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Rábago Castillo José Francisco (PRI) |
Fecha de presentación: 9-Mayo-2012 |
Crear el Consejo del Ejecutivo Federal, el Consejo del Ejecutivo Estatal y el Consejo del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, como órganos públicos plurales con autonomía técnica y de gestión encargado de la aprobación, supervisión y vigilancia, por mayoría, de los actos del Ejecutivo Federal, estatal o del Jefe de Gobierno, respectivamente, o de los contratos con un monto superior a 270 mil veces o con un monto mínimo de 53 mil 500 veces el salario mínimo general, respectivamente. El Consejo Federal se compondrá por 5 Consejeros designados por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de entre las propuestas que reciba de instituciones de educación superior nacionales, conforme a la convocatoria que emita. El Consejo Estatal y del Distrito Federal se compondrá por 3 Consejeros designados por el Poder Legislativo Local o la Asamblea Legislativa, respectivamente, de entre las propuestas que reciba de instituciones de educación superior estatales o del Distrito Federal, respectivamente, conforme a la convocatoria que emitan. Los Consejeros durarán 3 años. Establecer que los Consejeros del Ejecutivo Federal, estatales y del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones y podrán ser sujetos de juicio político. |
Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013 Publicación en Gaceta: 16-Mayo-2012 |
2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Rábago Castillo José Francisco (PRI) |
Fecha de presentación: 6-Junio-2012 |
Crear la figura del ¿Consejo del Ejecutivo¿ en los ámbitos federal y local, que tengan autonomía técnica y de gestión y que estén encargados de aprobar las decisiones que tome el Presidente de la República, los Gobernadores Constitucionales y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, respectivamente. El Consejo del Ejecutivo Federal se compondrá de 5 Consejeros, mientras que los Consejos del Ejecutivo de las entidades federativas y del Distrito Federal se compondrán de por lo menos 3 Consejeros; en cada caso, serán designados por la Cámara de Diputados, los Congresos Locales, y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de entre las propuestas que reciban de instituciones de educación superior nacionales, estatales y del Distrito Federal, respectivamente. Se establecen los requisitos para ocupar el puesto de Consejero, así como la duración en el cargo. Estipular que las constituciones y leyes locales regulen la implantación de los Consejos del Ejecutivo en cada uno de los Estados. Se cataloga a los Consejeros del Ejecutivo a nivel federal, estatal y del Distrito Federal, como servidores públicos que pueden ser sujetos de responsabilidades, e incluso de juicio político. | Desechada
con fecha 3-Septiembre-2013 Publicación en Gaceta: 11-Junio-2012 |
3 proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Rábago Castillo José Francisco (PRI) |
Fecha de presentación: 11-Julio-2012 |
Crear la figura del ¿Consejo del Ejecutivo¿ en los ámbitos federal y local, que tengan autonomía técnica y de gestión y que estén encargados de aprobar las decisiones que tome el Presidente de la República, los Gobernadores Constitucionales y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, respectivamente. El Consejo del Ejecutivo Federal se compondrá de 5 Consejeros, mientras que los Consejos del Ejecutivo de las entidades federativas y del Distrito Federal se compondrán de por lo menos 3 Consejeros; en cada caso, serán designados por la Cámara de Diputados, los Congresos Locales, y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de entre las propuestas que reciban de instituciones de educación superior nacionales, estatales y del Distrito Federal, respectivamente. Se establecen los requisitos para ocupar el puesto de Consejero, así como la duración en el cargo. Estipular que las constituciones y leyes locales regulen la implantación de los Consejos del Ejecutivo en cada uno de los Estados. Se cataloga a los Consejeros del Ejecutivo a nivel federal, estatal y del Distrito Federal, como servidores públicos que pueden ser sujetos de responsabilidades, e incluso de juicio político. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2013 Publicación en Gaceta: -- |