INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.


Adherente: Melhem Salinas Edgardo (PRI)
Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Incorporar a la comisión que corresponda de la Cámara de Diputados en el proceso de auscultación de los aspirantes en la elección del representante de la defensa de los derechos humanos. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.


Adherente: Melhem Salinas Edgardo (PRI)
Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Facultar al Consejo Nacional de de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para revisar periódicamente el cumplimiento del objetivo social de los programas, metas y acciones de la política de desarrollo social, con la autorización para modificar, adicionar, y proponer medidas que reorienten y replanteen la política de desarrollo social. Establecer que los indicadores de resultados de la Política Nacional de Desarrollo Social deben ser precisos. Facultar a la Cámara de Diputados para ratificar al Secretario Ejecutivo del CONEVAL propuesto por el Ejecutivo Federal. Suprimir la parte que dice "a través de la secretaría", con el objeto de que la Cámara de Diputados apruebe el monto directo del presupuesto asignado al CONEVAL como un organismo público descentralizado. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expide la Ley Federal de Partidos Políticos y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Melhem Salinas Edgardo (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reglamentar las normas constitucionales relativas a los partidos políticos: el derecho de asociación y afiliación; la constitución, registro, derechos y obligaciones de los partidos políticos y de los asuntos y la democracia interna; del acceso a la radio y televisión, el financiamiento y otras prerrogativas de los partidos políticos (no sujeción al pago de impuestos y derechos y el uso de las franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones); de los frentes, coaliciones y fusiones; y de la pérdida del registro. Establecer como fines de los partidos políticos el de coadyuvar en la difusión y ejercicio de los derechos político electorales de los ciudadanos; estructurar las opciones entre los candidatos durante la competencia electoral; llevar a cabo la movilización electoral; establecer la agregación de intereses específicos en las coaliciones electorales; formar sus propios cuadros; elaborar programas de gobierno; realizar una labor crítica desde la oposición; fiscalizar la actuación de los órganos del Estado; ser un vehículo de identificación política a través de tareas de socialización con los ciudadanos y apoyar al Instituto Federal Electoral en las tareas de educación cívica. Establecer que los ciudadanos afiliados a un partido político o asociaciones políticas tendrán todos los derechos inherentes a tal pertenencia y no podrán estar afiliados en más de un partido político. Establecer que una vez iniciado el proceso electoral federal, el afiliado o candidato a un cargo de elección popular que renuncie a su militancia partidista no podrá ser postulado por otro partido. Derogar todo lo relativo al marco legal de los partidos políticos contenido en el Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abarcando del artículo 22 al 103. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
4   Proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo décimo quinto transitorio de la Ley Orgánica de la Financiera Rural, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2002.


Suscribe: Melhem Salinas Edgardo (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Establecer que los jubilados y los pensionados de las sociedades nacionales de crédito que se liquidan tendrán derecho a pensiones vitalicias de retiro y continuarán recibiendo la prestación del servicio médico, prestaciones culturales y las prestaciones económicas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010