INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Educación, y de Cultura Física y Deporte; y expide el Decreto que constituye la Escuela Nacional de Charrería. Adherente: Mariscales Delgadillo Onésimo (PRI) |
Fecha de presentación: 14-Septiembre-2011 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer la Escuela Nacional de Charrería, como organismo de participación estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, la cual: impartirá educación teórico-práctica de alto nivel sobre actividades relacionadas con el deporte de la charrería; organizará y desarrollará actividades de investigación y enseñanza sobre equino terapia, genética de los equinos y manejo de ganado caballar, así como de equipo y vestimenta para la charrería; y preservará y difundirá la cultura mexicana. Facultar a la Escuela Nacional de Charrería para organizarse; planear y programar la enseñanza que imparta y sus actividades de investigación y la difusión de la cultura mexicana; expedir certificados, reconocimientos y premios; establecer equivalencias de estudios e investigación del mismo tipo educativo, realizados en escuelas nacionales y de asociaciones charras en el extranjero; dar licencias para que las escuelas de charrería existentes, o las que se establezcan en el futuro en lienzos charros en operación o en edificación, operen como extensión de la Escuela; y recibir donaciones, de instituciones públicas y privadas, que pueden deducirse de impuestos. Llevar a cabo el fortalecimiento de la identidad de la nacionalidad, la difusión y conmemoración amplia de las efemérides que enarbolen la identidad nacional; así como el fomento prioritario y preservación de los juegos y deportes autóctonos y tradicionales. | Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2011 |
2 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 28 Ter a la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Suscribe: Mariscales Delgadillo Onésimo (PRI) |
Fecha de presentación: 20-Septiembre-2011 |
Incluir como patrimonio cultural subacuático todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años, tales como los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto con su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural; y los objetos de carácter prehistórico. | Aprobada
con fecha 20-Marzo-2013 Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2011 |
3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos. Suscribe: Mariscales Delgadillo Onésimo (PRI) |
Fecha de presentación: 20-Octubre-2011 |
Definir los conceptos de ¿Ciudades emergentes¿ y ¿Consejo¿. Incluir un Capitulo V denominado ¿Del Consejo Nacional de Ciudades Emergentes¿ con el objeto de crear el Consejo Nacional de Ciudades Emergentes, que tendrá a su cargo la planeación estratégica de los centros de población y conurbaciones consideradas ciudades emergentes. Establecer la estructura del Consejo Nacional de Ciudades Emergentes. Facultar al Consejo Nacional de Ciudades Emergentes para implementar una política integral basada en la sustentabilidad urbana, gobernabilidad y sustentabilidad fiscal y ambiental. Prever que el Consejo Nacional de Ciudades Emergentes deberá presentar al titular del Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión un informe anual sobre su desempeño, dicho informe estará basado en la rendición de cuentas con base en resultados. | Desechada
con fecha 2-Febrero-2012 Publicación en Gaceta: 27-Septiembre-2011 |
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Mariscales Delgadillo Onésimo (PRI) |
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011 |
Explicitar que no se requerirá declaración de procedencia de la Cámara de Diputados cuando alguno de los servidores públicos (diputados y senadores al Congreso de la Unión, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral, entre otros) cometa un delito durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo, cuando sea detenido en flagrante o cuasiflagrante comisión del mismo o en los casos de delitos graves. | Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011 |
5 Proyecto de decreto que reforma el artículo 267 de la Ley Federal de Derechos. Suscribe: Mariscales Delgadillo Onésimo (PRI) |
Fecha de presentación: 8-Noviembre-2011 |
Derogar la tasa de 40% de pago de derechos por el uso, goce o aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, los concesionarios mineros, para establecer que para el cálculo de la tasa que por este concepto se debe pagar, a partir de un 6 por ciento y hasta un 23 por ciento, ajustándose de conformidad con el volumen de extracción y precio del gas de mercado. Derogar la disposición por la que se establece que se podrá deducir el 5% del monto original de las inversiones realizadas en gasoductos, terminales, transporte o tanques de almacenamiento, en cada ejercicio. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011 |
6 Decreto, que crea el Banco Nacional de Desarrollo Agropecuario Forestal y Pesquero, como un organismo público descentralizado del Gobierno Federal y expide su Ley Orgánica. Suscribe: Mariscales Delgadillo Onésimo (PRI) |
Fecha de presentación: 10-Noviembre-2011 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de instituir el Banco Nacional de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesquero, como un organismo público descentralizado del Gobierno Federal, que estará integrado por los bienes muebles e inmuebles que adquiera por cualquier título, así como los recursos que le sean aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y los recursos propios que genera por actividades financieras y de servicios financieros que desarrolle, y tendrá por objeto ofrecer instrumentos y servicios financieros, financiar de manera integral todas las actividades inherentes al sector agropecuario, forestal, pesquero y rural; promover la inversión y el financiamiento por parte de instituciones nacionales e internacionales públicas o privadas en proyectos productivos que impulsen el desarrollo rural sustentable para operarlos en coordinación con los gobiernos Federal, Estatales y Municipales; proporcionar asistencia técnica, capacitación y asesoría a los productores para la mejor utilización de sus recursos crediticios y a las personas físicas o morales que decidan constituirse como Intermediarios Financieros Rurales, entre otros. Prever que la duración del Banco será indefinida. Establecer que la administración del Banco estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General y vigilad por a dos comisarios. | Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012 Publicación en Gaceta: 10-Noviembre-2011 |
7 Proyecto de decreto que reforma los artículos 4° y 68 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Suscribe: Mariscales Delgadillo Onésimo (PRI) |
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2011 |
Incluir los conceptos ¿Pesca de consumo doméstico o ribereña¿ y ¿Declaración de excedentes¿. Facultar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para autorizar la pesca de consumo doméstico o ribereña y la captura de pez dorado, previa declaración de excedentes que se emitirá mediante acuerdo del titular de la Secretaría, la cual se publicará en el Diario Oficial de la Federación y se incluirá anualmente en la Carta Nacional Pesquera. Transferir la facultad de la Secretaría al Consejo Nacional de Pesca y Acuacultura, para establecer las áreas de reproducción donde no se podrán realizarse actividades de pesca distintas a las de investigación, sobre las especies destinadas a la pesca deportivo-recreativa. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2011 |