INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que expide la Ley de Asociaciones Público-Privadas para Proyectos de Infraestructura y de Prestación de Servicios.


Adherente: De Lucas Hopkins Ernesto (PRI)
Fecha de presentación: 4-Febrero-2010

Crear un ordenamiento con el objeto de que regule la asociación entre entidades de los sectores público y privado para la realización de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, autorización, asignación y ejecución de proyectos para la prestación de servicios a largo plazo mediante asociación público-privada para el desarrollo de infraestructura pública, o la provisión de bienes relacionados con la prestación de servicios públicos a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, de organismos públicos autónomos, entre otros. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 4-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Suscribe: De Lucas Hopkins Ernesto (PRI)
Fecha de presentación: 25-Febrero-2010

Sustituir a la ¿Secretaría de Seguridad Pública¿ por el ¿Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública¿. Establecer que los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federa estén disponibles a partir de la firma del convenio con el Gobierno Federal y de acuerdo al contenido del mismo, lo cual implica la firma de éste en el primer mes del año y la entrega de los recursos mediante ministraciones acordadas y referidas al convenio conforme a los planes propuestos por las entidades federativas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 38 y 219 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: De Lucas Hopkins Ernesto (PRI)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2010

Estatuir que los partidos políticos deberán garantizar en sus documentos básicos la equidad de género en la ocupación de sus órganos de dirección, de cuando menos el 40 por ciento y no mayor al 50 por ciento de sus miembros de un mismo sexo, así como establecer una proporción de paridad de género de no mayor del 50 por ciento en las candidaturas a cargo de elección popular, el cual podrá observarse en segmentos de dos, candidato propietario y suplente. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2010
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 21, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: De Lucas Hopkins Ernesto (PRI)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010

Suprimir la facultad de tener a cargo la seguridad pública en el ámbito municipal, así como su regulación. Establecer que la policía preventiva estará al mando del gobierno estatal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del estado, y que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos de tránsito y vialidad. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.


Adherente: De Lucas Hopkins Ernesto (PRI)
Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Incorporar a la comisión que corresponda de la Cámara de Diputados en el proceso de auscultación de los aspirantes en la elección del representante de la defensa de los derechos humanos. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Adherente: De Lucas Hopkins Ernesto (PRI)
Fecha de presentación: 8-Abril-2010

Incluir en la ley las ¿bebidas energéticas adicionadas con cafeína¿, definiéndolas como las bebidas no alcohólicas que son elaboradas por la disolución en agua para consumo humano, de ingredientes opcionales, con un contenido mayor de 20 miligramos de cafeína por 100 mililitros de producto. Prohibir la venta o suministro de las bebidas referidas a menores de edad; asimismo, en ningún caso y de ninguna forma se podrán expender o suministrar mezclas de bebidas que contengan bebidas alcohólicas y energéticas adicionadas con cafeína al mismo tiempo. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 8-Abril-2010
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.


Adherente: De Lucas Hopkins Ernesto (PRI)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Incluir como entes públicos federales a los cuerpos de policía de corporaciones federales y a la Fuerza Armada Permanente. Indemnizar los daños o perjuicios reclamados realizados por los cuerpos de policía o por elementos de la Fuerza Armada Permanente, sin contar con orden de autoridad o juez competente o en los casos en que se compruebe el uso indebido o desproporcionado de la fuerza pública o la violación de los derechos humanos; asimismo, aplicará para los miembros de la Fuerza Armada Permanente o los elementos que formen parte de las corporaciones policiales, que cuenten con orden judicial y dañen a terceros por error o uso de la fuerza pública. Establecer que cuando la responsabilidad sea imputable a los cuerpos de policía o a elementos de la Fuerza Armada Permanente, y la misma haya quedado probada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cubrirá el monto de la indemnización fijada. Excluir de que el Estado repita (demande) de los servidores públicos el pago de la indemnización, a los policías federales sin mando sobre otros elementos y al personal militar de tropa y marinería que hayan actuado por orden de mandos superiores, siempre que no hubiesen incurrido en violación de la ley, uso indebido de la fuerza o en violaciones a los derechos humanos; la responsabilidad recaerá en quien dio la orden para realizar las acciones que ocasionen los perjuicios. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010