INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010 |
Incluir a la educación media superior dentro de la educación básica obligatoria impartida por el Estado. | Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2010 Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 5° de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos. Proponente: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010 |
Facultar al comité técnico del Fideicomiso para otorgar los apoyos por la cantidad de 38 mil pesos en una sola exhibición a los beneficiarios en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la Relación de Apoyos Programados en el Diario Oficial de la Federación. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010 |
3 Proyecto de decreto que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 10 y 18 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Proponente: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010 |
Facultar a la Cámara de Diputados para elegir al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a los miembros del Consejo Consultivo, quienes serán ratificados por la Cámara de Senadores. | Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012 Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010 |
4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Adherente: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 23-Febrero-2010 |
Exentar todas las pensiones del pago del impuesto sobre la renta, mediante la eliminación del monto máximo establecido en la norma vigente. | Aprobada
con fecha 6-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 23-Febrero-2010 |
5 Proyecto de decreto que reforma los artículos 21, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Adherente: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010 |
Suprimir la facultad de tener a cargo la seguridad pública en el ámbito municipal, así como su regulación. Establecer que la policía preventiva estará al mando del gobierno estatal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del estado, y que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos de tránsito y vialidad. | Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012 Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010 |
6 Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Adherente: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010 |
Establecer que no se considerarán para el pago del Impuesto al Valor Agregado, los actos y erogaciones que realicen los municipios, los organismos descentralizados de las administraciones públicas municipales y los fideicomisos públicos municipales, quienes podrán acreditar el Impuesto al Valor Agregado que les haya sido cobrado, independientemente de la actividad de que se trate, siempre y cuando estén relacionadas con la prestación de los servicios públicos municipales. | Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012 Publicación en Gaceta: -- |
7 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad. Suscribe: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 28-Abril-2010 |
Definir el concepto de ajustes razonables, comunicación, discriminación por motivos de discapacidad, diseño universal y de educación inclusiva y especial. Modificar el nombre del ¿Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad¿ por el de ¿Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad¿. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Prever que los derechos que establece esta ley serán reconocidos a todas las personas sin discriminación jurídica o económica, apariencia física, características genéticas, diversidad sexual, embarazo, identidad o filiación política, lengua, situación migratoria. Establecer los principios de igualdad de oportunidades, el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad, el derecho a preservar su identidad, el respeto por la diferencia, la transversalidad, la transparencia y la continuidad. Atribuir al Titular del Poder Ejecutivo Federal, garantizar la consulta y participación de las personas con discapacidad y las organizaciones, en la elaboración y aplicación de legislación, políticas y programas, incluyendo la colaboración de personas físicas o morales, públicas, privadas o sociales, así como la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones en la elaboración de los informes que el propio Ejecutivo debe presentar a la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, relacionados con la materia y los derechos humanos. Garantizar por parte de la Secretaría de Salud a la población con discapacidad su derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Incorporar de forma gratuita al Seguro Popular a la población con discapacidad. Prohibir cualquier tipo de discriminación contra las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida, siendo responsabilidad de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas garantizar y vigilar la debida protección y sancionar el incumplimiento de este derecho. Modificar el Capítulo II ¿Del Trabajo y la Capacitación¿, por el de ¿Trabajo y Empleo¿. Garantizar por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad. Incorporar en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos que permitan la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal. Establecer que los estudiantes y profesionistas podrán cumplir con el requisito del servicio social, prestando apoyo a estudiantes o personas con discapacidad. Reconocer el sistema braille, los modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales. Establecer que será responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y demás autoridades competentes del sistema financiero mexicano, garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de circunstancias y condiciones a los servicios que ofrecen las instituciones bancarias y demás entidades parte del sistema financiero mexicano. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizará el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, que contribuyan a su independencia y desarrollo integral; la Secretaría de Desarrollo Social, garantizará un mayor índice de desarrollo humano para ellas y sus familias, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados y a la mejora continua de sus condiciones de vida, sin discriminación por motivos de discapacidad; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, garantizará que el Censo Nacional de Población incluya lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad; el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, garantizar el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas mexicana y la cultura de los sordos, entre otras; la Secretaría de Turismo garantizará el derecho para acceder y disfrutar de los programas y servicios turísticos, recreativos y de esparcimiento, adaptación y accesibilidad de las instalaciones de servicios que comprenden la infraestructura para el turismo nacional. Establecer los lineamientos generales del Programa Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, sus órganos de administración y actualizar su integración. Modificar el Capítulo II ¿Del Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad¿ por el ¿De la Asamblea Consultiva¿ y establecer sus funciones, órganos de vigilancia y las prevenciones generales. | Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010 Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010 |
8 Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4 y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suscribe: Gastélum Bajo Diva Hadamira (PRI) |
Fecha de presentación: 29-Abril-2010 |
Prever que el Estado garantice el acceso de toda persona a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. | Aprobada
con fecha 29-Abril-2011 Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010 |