INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 33 de la Ley Sobre Delitos de Imprenta.


Adherente: Mendoza Díaz Sonia (PAN)
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Establecer como un ataque al orden o a la paz pública toda promoción, en medios impresos, de servicios sexuales, los cuales se castigarán con una pena de 2 meses de arresto a 2 años de prisión, y multa de 10,000 a 50,000 pesos. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 5-Octubre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Adherente: Mendoza Díaz Sonia (PAN)
Fecha de presentación: 3-Noviembre-2010

Definir a las Instituciones de Atención al Adulto Mayor. Facultar al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores para hacer del conocimiento público, a través de los medios electrónicos del Instituto, el registro de especialistas en Geriatría proporcionado por las autoridades sanitarias, el registro de Instituciones de Atención al Adulto Mayor, así como aquellas que hayan sido sancionadas por anomalías. Establecer que la prestación de los servicios que brinden las Instituciones de Atención al Adulto Mayor deberán cuidar y fortalecer la salud de las personas adultas mayores, fomentar los sentimientos de adhesión familiar y social, la adquisición de conocimientos que promuevan el empleo de la razón y de la imaginación, persistir en hábitos higiénicos, de sana convivencia y cooperación, de manera sencilla, acorde a circunstancias y a la realidad social. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 3-Noviembre-2010
3   Proyecto de decreto que expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos de la Federación.


Adherente: Mendoza Díaz Sonia (PAN)
Fecha de presentación: 9-Noviembre-2010

Crear un ordenamiento jurídico reglamentario del artículo 127 de la Constitución Federal en materia de remuneraciones de los servidores públicos de la Federación. Establecer que la remuneración de los servidores públicos no podrá ser inferior al salario mínimo para los trabajadores en general, en el área geográfica que corresponda y deberá ser suficiente para procurarles un nivel de vida digno y estimular y reconocer su desempeño laboral sobre la base de su capacidad profesional. La Cámara de Diputados, al aprobar el Presupuesto de Egresos, deberá señalar la retribución que corresponda a un empleo, cargo o comisión que esté establecido por la ley o por decreto; y en caso de que por cualquiera circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido
en el Presupuesto anterior o en la ley o decreto que estableció el empleo, cargo o comisión. Crear el Consejo para la determinación de las remuneraciones de los Servidores Públicos Federales, como un órgano de apoyo a la Cámara de Diputados, que tiene por objeto establecer los criterios para la determinación de las remuneraciones de servidores públicos; así como hacer las propuestas de tabuladores de los órganos u organismos públicos. Son motivo de responsabilidad administrativa y se sancionará con destitución e inhabilitación de 6 meses a 5 años, para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el gobierno federal, al servidor público que omita o altere registros, o partes de las nóminas de remuneraciones; no conserve la documentación comprobatoria de la entrega de remuneraciones a los servidores públicos; y entregue a un servidor público, remuneraciones mayores a los de su superior jerárquico. Sancionar con prisión de 6 meses a 6 años, y de 500 a 3000 días multa, al servidor público que a sabiendas autorice o entregue remuneraciones a un servidor público, superiores a las que perciba el Presidente de la República y autorice o entregue remuneraciones a un servidor público, mayores a las que correspondan a su superior jerárquico, en el Presupuesto de Egresos correspondiente, entre otras.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 9-Noviembre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33, 40 y 142 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Adherente: Mendoza Díaz Sonia (PAN)
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010

Proporcionar un haber adicional del 25% a las prestaciones que les correspondan a los integrantes de las fuerzas armadas, incapacitados en acción de armas o a consecuencia de lesiones recibidas en ella. Incrementar en un 25% el haber de grado que le hubiera correspondido a los militares fallecidos en acciones de armas o a consecuencia de lesiones recibidas en ellas. Otorgar el servicio médico a los padres del militar que fallece, previos requisitos para continuar otorgando dichos servicios después de la muerte del militar. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 18 y adiciona un artículo 138 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Suscribe: Mendoza Díaz Sonia (PAN)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Añadir en las prestaciones otorgadas por la Ley, becas de manutención, colegiatura y especial. Facultar al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para otorgar a los hijos de los militares dichas becas educativas. Los recursos para el otorgamiento de las becas de colegiatura de escuelas particulares y especiales, serán proporcionados por el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los presupuestos que anualmente se autoricen a las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, y lo correspondiente a la beca manutención en escuelas oficiales, al presupuesto de Educación Pública. Aprobada
con fecha 16-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2010
6   Proyecto de decreto que expide la Ley de Protección a la Salud Materna.


Adherente: Mendoza Díaz Sonia (PAN)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto la protección a la mujer embarazada, así como la promoción de la maternidad, mediante la defensa de sus derechos fundamentales y la actualización de derechos específicos, en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer a lo largo de su embarazo, parto, post-parto y puerperio. Establecer que las políticas de apoyo a la salud materna deberán darse en los ámbitos sectoriales de la Administración Pública de los tres órdenes de gobierno, en relación con los servicios sociales, de educación, salud, vivienda, transporte y empleo. Contemplar en dicha ley a las mujeres embarazadas, en estado vulnerable necesitadas de apoyo especial, a las madres menores de edad, madres con discapacidad, madres inmigrantes y reclusas. Prever los temas de adopción, aborto, entre otros. Aprobada
con fecha 9-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2010