INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 222 bis a la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2010

Establecer que el patrón que contrate a personas menores de 25 años para su primer empleo, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre y cuando el patrón esté cumpliendo respecto de dichos trabajadores con las obligaciones contenidas la Ley del Seguro Social por lo menos durante un año. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 7° de la Ley General de Desarrollo Social.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2010

Establecer que los beneficios de los programas de desarrollo social que tengan como población objetivo a las familias o los hogares con algún grado de pobreza serán entregados de manera preferente a las mujeres. Desechada
con fecha 8-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2010
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010

Adicionar un Capítulo X denominado ¿De la Comisión Nacional de Nivelación Tarifaria del Sector Eléctrico¿, con el objetivo de propiciar condiciones de eficiencia y calidad en el servicio, así como para establecer el pago equitativo de éste, la Comisión se integrará por 7 miembros; 3 corresponderán al sector público federal y serán nombrados uno por el Ejecutivo Federal, uno por el Senado de la República y uno por la Cámara de Diputados, los 4 restantes serán comisionados profesionales designados por el Ejecutivo, quienes deberán ser ratificados por la Cámara de Senadores. La designación del Ejecutivo Federal se hará con 4 ternas que formen, el Instituto Politécnico Nacional, las cámaras representativas de la Industria, las cámaras que agremien a comerciantes y las organizaciones ciudadanas que representen los intereses de los consumidores, respectivamente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Septiembre-2012



Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010
4   Proyecto de Decreto que forma el artículo 2° de la Ley de Coordinación Fiscal.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Incrementar el porcentaje de 20% a 25% de la recaudación federal participable, en relación al Fondo General de Participaciones. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Octubre-2010
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, y de la Ley del Seguro Social.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 28-Octubre-2010

Prever como prestación los préstamos adicionales, otorgados por instituciones y entidades financieras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, préstamos que formarán parte del Sistema Integral de Crédito y se otorgarán a los trabajadores y pensionados afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Establecer que no se considerará embargo a la solicitud realizada por el jubilado o pensionado del Instituto, para retener, concentrar y enterar, una parte de su pensión, para el pago de adeudos contratados con una institución de seguros, con una institución, entidad financiera o, con el Infonacot. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2010
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2010

Definir el ¿interés superior de la niñez¿, como la garantía que tienen los menores a que sus derechos e intereses prevalezcan sobre los de cualquier otra persona que, aun siendo legítimo, ponga en riesgo su bienestar, integridad, salud física y mental, así como el sano desarrollo social y cultural acorde a los valores y principios que forman parte de su entorno. Establecer que el Estado cuidará que las adopciones de menores que se realicen en todo el país, se otorguen a personas adultas libres de matrimonio y en su caso, a las parejas formadas por mujer y hombre que estando unidos en matrimonio o concubinato estén dispuestos a considerar al adoptado como su hijo, siempre que se acredite que la adopción es benéfica para el menor que trata de adoptarse y que los interesados en obtenerla cumplan con los requisitos legales y administrativos que establezcan las leyes que las legislaturas de los Estados y el Distrito Federal dicten en el ámbito de sus respectivas competencias las cuales no podrán dispensar en ningún supuesto los requisitos que establece la Constitución Federal. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2010
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2010

Establecer que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección directa, que se renovará cada 4 años, iniciando su periodo el 1° de enero del año posterior de las elecciones municipales ordinarias y lo concluirán el 31 de diciembre del año de las elecciones para su renovación. Los ayuntamientos se integrarán por un presidente, un síndico y 4 regidores, electos por planilla según el principio de mayoría relativa y hasta 3 regidores designados según el principio de representación proporcional, cuando se trate de municipios que tengan una población de hasta 100 mil habitantes, pudiéndose incrementar el número de regidores con base en el número de habitantes. Prever que cuando los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales afecten de manera general al ámbito municipal de gobierno, deberán escuchar la opinión de la organización representativa de los ayuntamientos; asimismo, cuando actúen en materias vinculadas con el ámbito de competencia de los titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, deberán escuchar la opinión de la organización representativa de los gobernadores de los estados y del gobierno del Distrito Federal. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010
8   Proyecto de decreto que reforma las fracciones IV y X, del artículo 3; la fracción IV del artículo 4; fracción II, del artículo 10 y el artículo 17; y adiciona la fracción XV Bis, de la Ley General de Protección Civil.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010

Explicitar que los desastres podrán ser de origen natural o antropogénico; considerar como agente destructivo a los fenómenos de carácter delincuencial-organizativo. Definir al Fenómeno delincuencial-organizativo, como el riesgo generado a consecuencia de las actividades delictivas de la delincuencia organizada en cuanto a los enfrentamientos y fuegos cruzados que se generan, ya sea entre bandas delictivas, o entre éstas y las autoridades. Facultar a la Secretaría de Gobernación para disponer la utilización y destino de los recursos del Fondo de Desastres. Eliminar como integrante del Consejo Nacional de Protección Civil a la Secretaría de Seguridad Pública. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010
9   Proyecto de decreto por el que se declara al estado de Puebla como ¿Sitio de inicio de la Revolución Mexicana¿, al estado de Chihuahua como ¿Cuna de la Revolución Mexicana¿ y a los estados de Coahuila, San Luis Potosí, Sonora, Veracruz, Yucatán, Durango, Sinaloa y Tlaxcala, como ¿Precursores de la Revolución Mexicana.


Suscribe: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010

Declara al estado de Puebla como ¿Sitio de inicio de la Revolución Mexicana¿, al estado de Chihuahua como ¿Cuna de la Revolución Mexicana¿ y a los estados de Coahuila, San Luis Potosí, Sonora, Veracruz, Yucatán, Durango, Sinaloa y Tlaxcala, como ¿Precursores de la Revolución Mexicana¿. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 29 y 32 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 23-Noviembre-2010

Establecer que serán deducibles los consumos en restaurantes, al 100%, mediante el pago realizado invariablemente con tarjeta de crédito, de debito ó de servicios, ó a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el servicio de administración tributaria, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos por la ley y no excedan los límites establecidos. No serán deducibles los consumos en bares. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2010
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2010

Establecer como fin de la educación impartida por el Estado, promover el desarrollo integral del individuo para que desarrolle sus capacidades y tenga una vida digna; asimismo, diseñar, promover y fomentar la educación rural, el desarrollo regional sobre la base de la enseñanza y fomento de las vocaciones regionales rurales, entre otros. Facultar a la autoridad educativa federal, para realizar un diagnóstico de la problemática nacional y establecer el Programa de Formación de Recursos Humanos, de acuerdo a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo, el cual deberá diseñarse y aplicarse en coordinación con las secretarías del Trabajo y Previsión Social, Desarrollo Social y de Economía; promover y establecer parcelas escolares para conservar la biodiversidad local e incentivar el desarrollo, valoración y transferencia de procesos productivos y tecnologías que impulsen el desarrollo comunitario. Incluir en el nivel básico la educación rural. Incluir en planes y programas de estudio, asignaturas relacionadas con las actividades agropecuarias que permitan una mayor vinculación y arraigo de los alumnos que estudian en el medio rural. Promover el uso intensivo de medios electrónicos de comunicación para la actualización y capacitación a distancia, tanto de los profesores como educandos y padres de familia, incorporando el uso de Internet, teleaulas, radio y televisión. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2010
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública.


Adherente: Jiménez Concha Juan Pablo (PRI)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Crear y administrar, a cargo de la Procuraduría General de la República, el Programa Nacional de Protección a Testigos y Colaboradores contra la Delincuencia Organizada, cuyos principios, criterios, procedimientos y normas de operación garantizarán la seguridad física, patrimonial, psicológica y familiar, los documentos de identidad, datos personales de los testigos protegidos. Crear y definir las figuras de testigo: ofendido, incidental y colaborador. La admisión, sujeción temporal o definitiva de una persona al Programa dependerá del nivel de riesgo o amenaza en su integridad; tratándose de la sujeción temporal, será por el tiempo que dure el proceso o de acuerdo con la naturaleza del riesgo. Deberá practicarse una valoración especializada a cualquier persona que desee ingresar al Programa, salvo en casos urgentes, en los que el nivel y la inmediatez de la amenaza lo justifiquen, los testigos deberán recibir protección provisional. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010