INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 67 y 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 17-Febrero-2011

Establecer que a más tardar el día 15 de agosto de cada año, el Presidente de la República presentará al Congreso de la Unión un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país; asimismo, en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, acudirá a escuchar los posicionamientos y cuestionamientos que con motivo del informe le dirija un legislador por cada partido político representado, que serán respondidos puntualmente por escrito en un término que no exceda de 15 días naturales y el titular del Ejecutivo Federal dirigirá un mensaje a la nación sobre el rumbo de la Administración Pública Federal y el presidente del Congreso contestará en términos generales. Desechada (art. 89)
con fecha --



Publicación en Gaceta: 8-Febrero-2011
2   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Adherente: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 17-Febrero-2011

Facultar al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para que impongan sanciones a los servidores públicos por responsabilidad administrativa que determine la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; así como para que conozca, mediante los medios de impugnación, de las resoluciones que se dicten al respecto. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 10-Febrero-2011
3   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Adherente: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 3-Marzo-2011

Explicitar que la reparación del daño, debe ser plena y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación del proyecto de vida y comprenderá, el pago de la pérdida de ingreso económico y lucro cesante, el costo de la pérdida de oportunidades, entre otros; asimismo, la reparación será fijada por los jueces, según el daño que sea preciso reparar, de acuerdo con la afectación causada a la víctima u ofendido del delito y en el proceso penal el Ministerio Público estará obligado a solicitar, en todo momento , la condena en lo relativo a la reparación del daño. Incluir dentro de los plazos para la prescripción de la acción penal en los casos de delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, la libertad y el normal desarrollo psicosexual y en su salud mental, así como los previstos en la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, que hubiesen sido cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, el plazo para la prescripción comenzará a correr a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad. Incluir como delito contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos, al que obligue a una persona o a su representante a otorgar el perdón en los delitos que se persiguen por querella. Definir el término actos erótico sexuales. Aumentar la pena de 6 meses a 4 años de prisión, para quedar de 3 a 6 años de prisión, al que ejecute en una persona o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona actos erótico sexuales. Incluir un capitulo denominado ¿Contra la discriminación¿, con el objeto de sancionar al que anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas. Incorporar el delito de feminicidio y establecer que se le aplicará sanción de 30 a 60 años de prisión y hasta mil quinientos días multa, al que prive de la vida a una mujer y no se concederá la libertad preparatoria a los sentenciados por feminicidio. Incorporar los capítulos denominados ¿De las obligaciones de los servidores públicos en la atención y protección a la víctima¿ y ¿De las Víctimas y Ofendidos de los Delitos y sus Derechos¿, con el objeto de establecer y regular las obligaciones y los derechos, tanto de los servidores públicos, como de las víctimas y ofendidos. Aprobada
con fecha 13-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2011
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 8-Marzo-2011

Otorgar el derecho a los contribuyentes de deducir los pagos de colegiaturas; no será aplicable a las cuotas de inscripción y reinscripción o si los alumnos reciben becas o cualquier otro apoyo económico público, hasta por el monto que cubran dichas becas o apoyos. Los montos máximos a deducir por alumno son Preescolar 14 mil 200 pesos; Primaria 12 mil 900 pesos; Secundaria 19 mil 900 pesos; Profesional técnico 17 mil 100 pesos; y Bachillerato o equivalente 24 mil 500 pesos. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2011
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 6o., 9o. y 10 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Adherente: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Establecer que el Presidente de la República en el proceso de selección de los directores generales de las entidades paraestatales, se apoyará de las instancias y leyes propias del organismo de que se trate. Establecer que el Presidente de la República hará la designación del Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en un plazo de 30 días naturales contados a partir de que se dio la vacante; en caso de no hacerlo en ese plazo, ocupará el cargo la persona que designe la Junta de Gobierno de la Comisión; en sesión inmediata a que se cumpla el plazo, dicha persona designada ocupará el cargo por lo menos dos años; cumplido el plazo el Presidente de la Republica podrá ratificarlo o, en su caso, removerlo durante este plazo; asimismo deberá cumplir los requisitos, de ser ciudadano mexicano indígena y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; tener cumplidos 30 años de edad; contar con experiencia en materia de derechos indígenas, conocimiento pleno de las leyes mexicanas y los instrumentos jurídicos internacionales; tener preferentemente título de licenciado en educación, derecho o licenciaturas afines y tener conocimiento de dialectos o idiomas indígenas. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
6   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 10-Marzo-2011

Propone reformar, modernizar y actualizar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, destacando lo siguiente: Que el principio rector de las relaciones de laborales es el del trabajo digno, adoptado a nivel internacional y que comprende remuneración adecuada, diálogo y acuerdo tripartita, prestaciones justas, normas no discriminatorias, seguridad en el empleo, formación profesional continua, fortalecimiento sindical y negociación colectiva y empleo de calidad y en cantidad suficiente. Prohíbe cualquier forma de discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico, sexo, edad, capacidades diferentes, doctrina política, condición social, religión, opiniones, estado civil o cualquier otra que atente contra los derechos humanos laborales. Regular el régimen de subcontratación. Eliminar la ¿tercería¿, los patrones que utilicen en sus empresas los servicios de trabajadores proporcionados por un intermediario serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con ellos. Otorgar el derecho al sindicato o los trabajadores para convenir con el patrón el desarrollo de labores conexas o complementarias a su labor principal, siempre que reciban el ajuste salarial correspondiente y para modificar el horario de trabajo en que se preste la jornada del trabajo. Incluir como relación de trabajo el de temporada, de capacitación inicial y periodo de prueba. Establecer que en caso de que se indemnice a los trabajadores será con base en su salario integrado; y si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, a que se le paguen salarios vencidos hasta por el término de un año, contado a partir de la fecha del despido. Incluir en las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador al hostigamiento sexual o por exigirles comportamientos que menoscaben o vayan contra la dignidad del trabajador; así como causa de terminación de las relaciones de trabajo, la renuncia voluntaria del trabajador. Establecer que para la fijación del salario mínimo se tomará en consideración el Índice Nacional de Precios al Consumidor; el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón. Prohibir que a las mujeres se les solicite certificado de gravidez, para el ingreso, permanencia o ascenso, así como despedirla o coaccionarla por estar embarazada. Crear Comités Nacionales de Capacitación, Adiestramiento y Productividad como órganos auxiliares de la STPS y Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad en cada empresa, las cuales vigilarán la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores y sugerirán medidas tendientes a perfeccionarlos. Otorgar el derecho a las madres trabajadoras, que a solicitud expresa y previa autorización escrita del servicio de salud, a transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo. Y en el período de lactancia, hasta por el término máximo de seis meses, dos reposos extraordinarios por día, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el periodo señalado. Sancionar a toda persona moral o física que utilice servicios de menores en contravención de las normas establecidas. Definir al trabajador del campo como aquel que ejecuta habitualmente labores subordinadas propias de la agricultura, ganadería, forestal o mixta al servicio de un patrón y aquellos que tengan una permanencia continua de tres meses o más al servicio de un patrón, tienen a su favor la presunción de ser trabajadores de planta. Incluir como obligaciones del patrón la de proporcionar a los trabajadores en forma gratuita, transporte cómodo y seguro para traslados de las zonas habitacionales a los lugares de trabajo y viceversa; utilizar los servicios de intérpretes, cuando no hablen el idioma español; y proporcionar agua potable durante la jornada de trabajo. Otorgar el derecho a los trabajadores domésticos que habitan en el lugar donde prestan sus servicios, habitación cómoda e higiénica, alimentación sana y suficiente; reposos suficientes, un descanso mínimo diario nocturno de ocho horas consecutivas, ademásde un descanso mínimo de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas y un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, preferiblemente en sábado y domingo. Establecer que los bienes del sindicato son los que integran su patrimonio. En caso de disolución, si no hay disposición expresa en los estatutos, aquéllos pasarán al patrimonio de la Federación a la que pertenezca, a falta de ésta, a la Confederación a la cual estén agremiados, y a falta de ambas, al Instituto Mexicano del Seguro Social. Si los estatutos determinan que los bienes se repartirán entre los agremiados, se entiende por éstos a quienes estén en activo hasta un año antes de la disolución. Establecer que celebrado un contrato colectivo de trabajo que aglutine a todas las profesiones y oficios de los trabajadores sindicalizados de las empresas o establecimientos, no podrá dividirse este en contratos colectivos para cada gremio. Para mejorar la administración de la justicia laboral, se propone que los juicios no se prolonguen más de un año. Eliminar a las Juntas Federales y Locales de Conciliación. Establecer que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y las juntas locales cuenten con un servicio profesional de carrera, para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores públicos. Aumentar la edad de 25 a 30 años y haber obtenido de la autoridad competente la patente de ejercicio de licenciado en derecho para ser Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Modificar, los requisitos y obligaciones de los actuarios, secretarios, funcionarios conciliadores, secretarios auxiliares, secretarios generales de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y Presidentes de Junta Especial. incorporar expresamente en el trámite de juicio laboral el principio de la conciliación, durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, para intentar que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario, para que sólo sea de: conciliación, demanda y excepciones y, una segunda audiencia, de ofrecimiento y admisión de pruebas. Regular las pruebas sobre los documentos digitales, firmas electrónicas o contraseñas y, en general, sobre elementos aportados por los avances de la ciencia. Establecer un procedimiento sumario para tramitar los conflictos suscitados con motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones de vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales de Protección Civil, de Educación, de la Infraestructura Física Educativa, y de Salud.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Elaborar e implementar los programas y planes de contingencia, así como sus lineamientos y criterios para hacer frente a posibles disturbios que pudieran presentarse principalmente en los centros educativos y de salud; a fin de que las autoridades federales puedan implementar acciones de respuesta eficaz, tales como la suspensión de clases y respecto de riesgos que pudieran ocasionar amenazas de atentados o ataques, despliegue de las fuerzas de seguridad, terrorismo, interrupción de servicios básicos, bloqueos a las vías terrestres de comunicación y cualquier otra acción de naturaleza análoga. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 17-Marzo-2011
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y 42 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Aumentar el monto de deducibilidad de las adquisiciones en automóviles de 175 mil a 450 mil pesos. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
9   Proyecto de decreto que deroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Adherente: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Abrogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única con el objeto de modificar la política fiscal y eliminar los gravámenes que impiden el crecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
10   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 222 Bis a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 5-Abril-2011

Establecer que el patrón que contrate a adultos mayores de 60 años podrá deducir de sus ingresos un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores, retenido y enterado, siempre y cuando el patrón otorgue servicio de atención médica respecto de dichos trabajadores con la obligación de aseguramiento del régimen obligatorio. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
11   Proyecto de decreto que reforma al artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Distribuir el Fondo de Apoyo para la Restructuración de Pensiones de la siguiente forma: Un 10% para gasto de operación; un 40% para apoyar las obligaciones del Gobierno Federal derivadas de pensiones en curso de pago, pensión mínima garantizada, así como el costo financiero y otras erogaciones; un 25% para apoyar las obligaciones de las entidades de la Administración Pública Federal para programas de apoyo a la reestructuración de los sistemas de pensiones de sus trabajadores, y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; un 25% para las instituciones de seguridad social de los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, municipales, así como de las universidades públicas, que hayan realizado reformas a sus sistemas de pensiones. Estos recursos no podrán destinarse para pagar aportaciones que por ley correspondan como patrones a los gobiernos Federal, de las entidades federativas, municipales y universidades públicas, así como del sector privado. Prever los criterios a los que habrán de ajustarse las reformas a los sistemas de pensiones que realicen las instituciones de seguridad social federales, de las entidades federativas, municipales o las universidades públicas, para optar por el sistema de cuentas individuales. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
12   Proyecto de decreto que reforma el artículo 66 de la Ley General de Educación.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Incluir como obligación de quienes ejercen la patria potestad o la tutela, fomentar la cultura física y vigilar la práctica del deporte en sus hijas, hijos o pupilos. Desechada
con fecha 14-Septiembre-2011



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
13   Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Establecer que el trabajador que hubiere recibido crédito del INFONAVIT accederá de manera inmediata a prórroga en los pagos de la amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses ordinarios, a partir de que el IMSS notifique la baja de la relación laboral y que el INFONAVIT no reciba el pago del crédito vía patronal. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
14   Proyecto de decreto que adiciona tres artículos transitorios al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Adicionar en los artículos transitorios que para el proceso electoral presidencial de 2012, el Consejo General del Instituto Federal Electoral acordará y hará lo conducente para la realización de, al menos, un debate público, entre los candidatos a la presidencia de la República en la ciudad donde se encuentre el mayor número de mexicanos radicados en el extranjero. Para ello, trabajará conjuntamente con ciudadanos y organizaciones interesadas. Establecer que los ciudadanos mexicanos que se encuentren en el extranjero podrán, exclusivamente para la elección presidencial de 2012, solicitar su registro a la Lista Nominal de Mexicanos en el Extranjero con la Matrícula Consular que expide la Secretaría de Relaciones Exteriores. Asimismo, la solicitud de integración a la lista nominal de electores residentes en el extranjero y el envío del sufragio de los ciudadanos mexicanos que se encuentran en el extranjero, podrá realizarse por correo postal ordinario y/o certificado, siendo éste, en cualquiera de los casos, gratuito para el ciudadano. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
15   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 12-Abril-2011

Facultar a las autoridades educativas Federal y locales, de manera concurrente, para promover programas dirigidos al rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 12-Abril-2011
16   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 de la Ley General de Salud y 66 de la Ley General de Educación.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2011

Facultar a la Secretaría de Salud para establecer, en coordinación con las entidades del sector salud y los gobiernos de las entidades federativas, la elaboración, publicación y difusión del Censo Anual de Nutrición Escolar. Incluir dentro de las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela, realizar al ingreso de cada nivel escolar una evaluación del estado de nutrición de sus hijos o pupilos y posteriormente dar seguimiento a los resultados arrojados por las autoridades educativas y corregir la problemática en caso de que exista. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 31-Marzo-2011
17   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 al Código Federal de Procedimientos Penales y reforma el 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 26-Abril-2011

Prever que cuando la parte ofendida sea menor de edad o tratándose de incapaces, la querella la podrán presentar sus educadores o autoridades educativas. Considerar la violencia escolar para atender de manera especial los casos de infantes y adolescentes en los servicios de salud. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2011
18   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Crear el Fondo de Aportaciones para la Cohesión Social y el Impulso Productivo para la Equidad Territorial, el cual se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente al 2.0% de la recaudación federal participable. Establecer la formula por la cual el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, distribuirá el Fondo entre las entidades federativas. Establecer que las aportaciones federales que con cargo al Fondo reciban las entidades federativas, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras orientados a la construcción, preservación y recuperación de infraestructura económica y productiva en las zonas y localidades de mayor rezago y carencia social del país. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social, para que en coordinación con las entidades federativas, integre el Inventario Nacional de Proyectos del Fondo; así como para emitir anualmente los lineamientos generales de operación de dicho fondo. Establecer que las entidades federativas conformarán un Comité Estatal para la Cohesión Social que establecerá la Estrategia de Desarrollo Territorial de las regiones o zonas de atención prioritaria, que contendrá la cartera de proyectos de inversión y su prioridad, el establecimiento de metas y resultados, así como el periodo de su cumplimiento. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011
19   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3o.y 133 de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Fernández Aguirre Héctor (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Establecer que no podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de preferencias o apariencia física. Prohibir a los patrones a negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, condición social, religión, opinión, preferencias, estado civil o apariencia física. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2011