INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Proponente: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Establecer que la Comisión Federal de Electricidad tomará lectura del consumo de energía con una periodicidad mensual y cobrará el servicio de manera bimestral, estableciendo en el recibo de cobro, la separación del consumo mensual registrado. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1o. de la Ley de Expropiación y 93 de la Ley Agraria.


Proponente: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 7-Abril-2010

Considerar a los derechos de vía (franja de terreno que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía general de comunicación) como causas de utilidad pública, a efecto de que los mismos puedan ser expropiados. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 148 y 149 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional y 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Establecer que en caso de separación injustificada el trabajador tendrá derecho al pago de sus salarios caídos, y podrá optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización y el Estado deberá acatar la preferencia del trabajador. Facultar al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje a dar aviso a la autoridad respectiva para que, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se hagan cumplir sus resoluciones, y se proceda a la destitución, suspensión e inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público, juicio de procedencia si es el caso, del titular de la dependencia. Sancionar el desacato de un laudo. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expide la Ley Federal de Partidos Políticos y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reglamentar las normas constitucionales relativas a los partidos políticos: el derecho de asociación y afiliación; la constitución, registro, derechos y obligaciones de los partidos políticos y de los asuntos y la democracia interna; del acceso a la radio y televisión, el financiamiento y otras prerrogativas de los partidos políticos (no sujeción al pago de impuestos y derechos y el uso de las franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones); de los frentes, coaliciones y fusiones; y de la pérdida del registro. Establecer como fines de los partidos políticos el de coadyuvar en la difusión y ejercicio de los derechos político electorales de los ciudadanos; estructurar las opciones entre los candidatos durante la competencia electoral; llevar a cabo la movilización electoral; establecer la agregación de intereses específicos en las coaliciones electorales; formar sus propios cuadros; elaborar programas de gobierno; realizar una labor crítica desde la oposición; fiscalizar la actuación de los órganos del Estado; ser un vehículo de identificación política a través de tareas de socialización con los ciudadanos y apoyar al Instituto Federal Electoral en las tareas de educación cívica. Establecer que los ciudadanos afiliados a un partido político o asociaciones políticas tendrán todos los derechos inherentes a tal pertenencia y no podrán estar afiliados en más de un partido político. Establecer que una vez iniciado el proceso electoral federal, el afiliado o candidato a un cargo de elección popular que renuncie a su militancia partidista no podrá ser postulado por otro partido. Derogar todo lo relativo al marco legal de los partidos políticos contenido en el Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abarcando del artículo 22 al 103. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Prever que los partidos políticos deberán postular en cada una de las fórmulas, un candidato indígena para diputado, en los distritos electorales donde se asiente 40% o más de población indígena; asimismo, deberán postular en las 16 primeras fórmulas de sus listas a un candidato indígena para senador. Constituir 4 listas regionales y una nacional para la representación indígena en la elección de diputados de representación proporcional. Desechada (art. 89)
con fecha --



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 46 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Estatuir que el servicio de autotransporte federal de pasajeros se prestará en autobús integral, autobús convencional o en vehículos utilitarios de hasta 15 pasajeros. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12 y 17 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.


Proponente: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Considerar que los invitados permanentes de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres tendrán derecho a voto. Incluir como invitado permanente de la Junta de Gobierno del Instituto a la presidencia del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de la Cámara de Diputados. Establecer que será la Cámara de Senadores y no el Presidente de la República, quién nombre a la presidenta del Instituto de una terna propuesta. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.


Suscribe: Castro Ríos Sofía (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Definir el concepto de ajustes razonables, comunicación, discriminación por motivos de discapacidad, diseño universal y de educación inclusiva y especial. Modificar el nombre del ¿Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad¿ por el de ¿Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad¿. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Prever que los derechos que establece esta ley serán reconocidos a todas las personas sin discriminación jurídica o económica, apariencia física, características genéticas, diversidad sexual, embarazo, identidad o filiación política, lengua, situación migratoria. Establecer los principios de igualdad de oportunidades, el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad, el derecho a preservar su identidad, el respeto por la diferencia, la transversalidad, la transparencia y la continuidad. Atribuir al Titular del Poder Ejecutivo Federal, garantizar la consulta y participación de las personas con discapacidad y las organizaciones, en la elaboración y aplicación de legislación, políticas y programas, incluyendo la colaboración de personas físicas o morales, públicas, privadas o sociales, así como la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones en la elaboración de los informes que el propio Ejecutivo debe presentar a la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, relacionados con la materia y los derechos humanos. Garantizar por parte de la Secretaría de Salud a la población con discapacidad su derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Incorporar de forma gratuita al Seguro Popular a la población con discapacidad. Prohibir cualquier tipo de discriminación contra las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida, siendo responsabilidad de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas garantizar y vigilar la debida protección y sancionar el incumplimiento de este derecho. Modificar el Capítulo II ¿Del Trabajo y la Capacitación¿, por el de ¿Trabajo y Empleo¿. Garantizar por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad. Incorporar en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos que permitan la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal. Establecer que los estudiantes y profesionistas podrán cumplir con el requisito del servicio social, prestando apoyo a estudiantes o personas con discapacidad. Reconocer el sistema braille, los modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales. Establecer que será responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y demás autoridades competentes del sistema financiero mexicano, garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de circunstancias y condiciones a los servicios que ofrecen las instituciones bancarias y demás entidades parte del sistema financiero mexicano. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizará el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, que contribuyan a su independencia y desarrollo integral; la Secretaría de Desarrollo Social, garantizará un mayor índice de desarrollo humano para ellas y sus familias, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados y a la mejora continua de sus condiciones de vida, sin discriminación por motivos de discapacidad; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, garantizará que el Censo Nacional de Población incluya lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad; el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, garantizar el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas mexicana y la cultura de los sordos, entre otras; la Secretaría de Turismo garantizará el derecho para acceder y disfrutar de los programas y servicios turísticos, recreativos y de esparcimiento, adaptación y accesibilidad de las instalaciones de servicios que comprenden la infraestructura para el turismo nacional. Establecer los lineamientos generales del Programa Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, sus órganos de administración y actualizar su integración. Modificar el Capítulo II ¿Del Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad¿ por el ¿De la Asamblea Consultiva¿ y establecer sus funciones, órganos de vigilancia y las prevenciones generales. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010