INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 5° de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Facultar al comité técnico del Fideicomiso para otorgar los apoyos por la cantidad de 38 mil pesos en una sola exhibición a los beneficiarios en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la Relación de Apoyos Programados en el Diario Oficial de la Federación. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 23-Febrero-2010

Explicitar que el Presidente de la República acudirá personalmente durante la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, a pronunciar un discurso en el que informe acerca del estado general que guarda la administración pública del país, el cual será contestado por el Presidente del Congreso en términos concisos y generales. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 160 bis a la Ley Sobre el Contrato de Seguro.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 2-Marzo-2010

Establecer que el pago de la prima, durante cinco años continuos, en los contratos de seguro que cubran gastos médicos o de salud, otorgará al asegurado el derecho a su renovación para los años subsecuentes, siempre y cuando se mantenga al corriente del pago de dicha prima; sin importar la edad con la que cuente el asegurado, salvo en los casos en que no se haya renovado el contrato por causas diferentes a la edad de dicho asegurado. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 2-Marzo-2010

Establecer que los Notarios Públicos no serán considerados agentes económicos para efectos de la Ley de Competencia Económica. Aprobada
con fecha 29-Abril-2010



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 76 bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Facultar a las autoridades que conozcan del juicio de amparo para suplir la deficiencia de los conceptos de violación de la demanda y de los agravios formulados a favor de las personas mayores de 60 años, en la defensa de sus derechos de seguridad social. Aprobada
con fecha 12-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 4-Marzo-2010
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2010

Establecer como beneficiarios o familiares derechohabientes de los seguros, prestaciones y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, respectivamente, a aquellas personas que hayan suscrito una unión civil con un asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con el objeto de garantizar el ejercicio de esos derechos. Democratizar el lenguaje y con ello contribuir a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Aprobada
con fecha 9-Noviembre-2010



Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2010
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Procedimiento Contencioiso Administrativo.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Establecer que cuando la parte demandada sostenga la falsedad de una promoción firmada por la actora que resida en una entidad federativa distinta a la que radique la sala ante la que se lleve el juicio de nulidad y el magistrado instructor ordene la ratificación de la firma cuestionada, por la parte que la suscribió y que, en caso de que ésta no acuda en el plazo fijado, ya no se deseche de plano la demanda o promoción cuestionada, sino que se inicie de oficio un incidente de falsedad de firma que se tramite por separado, suspendiendo el procedimiento principal. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expide la Ley Federal de Partidos Políticos y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reglamentar las normas constitucionales relativas a los partidos políticos: el derecho de asociación y afiliación; la constitución, registro, derechos y obligaciones de los partidos políticos y de los asuntos y la democracia interna; del acceso a la radio y televisión, el financiamiento y otras prerrogativas de los partidos políticos (no sujeción al pago de impuestos y derechos y el uso de las franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones); de los frentes, coaliciones y fusiones; y de la pérdida del registro. Establecer como fines de los partidos políticos el de coadyuvar en la difusión y ejercicio de los derechos político electorales de los ciudadanos; estructurar las opciones entre los candidatos durante la competencia electoral; llevar a cabo la movilización electoral; establecer la agregación de intereses específicos en las coaliciones electorales; formar sus propios cuadros; elaborar programas de gobierno; realizar una labor crítica desde la oposición; fiscalizar la actuación de los órganos del Estado; ser un vehículo de identificación política a través de tareas de socialización con los ciudadanos y apoyar al Instituto Federal Electoral en las tareas de educación cívica. Establecer que los ciudadanos afiliados a un partido político o asociaciones políticas tendrán todos los derechos inherentes a tal pertenencia y no podrán estar afiliados en más de un partido político. Establecer que una vez iniciado el proceso electoral federal, el afiliado o candidato a un cargo de elección popular que renuncie a su militancia partidista no podrá ser postulado por otro partido. Derogar todo lo relativo al marco legal de los partidos políticos contenido en el Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abarcando del artículo 22 al 103. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.


Proponente: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Incluir como entes públicos federales a los cuerpos de policía de corporaciones federales y a la Fuerza Armada Permanente. Indemnizar los daños o perjuicios reclamados realizados por los cuerpos de policía o por elementos de la Fuerza Armada Permanente, sin contar con orden de autoridad o juez competente o en los casos en que se compruebe el uso indebido o desproporcionado de la fuerza pública o la violación de los derechos humanos; asimismo, aplicará para los miembros de la Fuerza Armada Permanente o los elementos que formen parte de las corporaciones policiales, que cuenten con orden judicial y dañen a terceros por error o uso de la fuerza pública. Establecer que cuando la responsabilidad sea imputable a los cuerpos de policía o a elementos de la Fuerza Armada Permanente, y la misma haya quedado probada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cubrirá el monto de la indemnización fijada. Excluir de que el Estado repita (demande) de los servidores públicos el pago de la indemnización, a los policías federales sin mando sobre otros elementos y al personal militar de tropa y marinería que hayan actuado por orden de mandos superiores, siempre que no hubiesen incurrido en violación de la ley, uso indebido de la fuerza o en violaciones a los derechos humanos; la responsabilidad recaerá en quien dio la orden para realizar las acciones que ocasionen los perjuicios. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3, 7 Bis y 18 de la Ley de Aguas Nacionales.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 27-Abril-2010

Definir "Zona de Libre Alumbramiento", como aquellas áreas específicas de los acuíferos, cuencas hidrológicas, o regiones hidrológicas, que no presentan características de deterioro, desequilibrio hidrológico, riesgos o daños a cuerpos de agua o al medio ambiente, fragilidad de los ecosistemas vitales o sobreexplotación. Declarar de interés público, la sustentabilidad y la prevención de la sobreexplotación de los acuíferos. Aprobada
con fecha 9-Marzo-2011



Publicación en Gaceta: 27-Abril-2010
11   Proyecto de decreto que reforma los artículos 19 de la Ley General de Desarrollo Social y 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Determinar que son prioritarios y de interés público los programas y acciones públicas para asegurar la alimentación y nutrición de los adultos mayores. Incluir en el objeto de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la promoción y difusión de programas destinados a promocionar y concientizar a la sociedad sobre los principios básicos de una alimentación adecuada y necesaria para el bienestar de los adultos mayores. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Implantar un Programa Nacional para la Protección de la Niñez en Extrema Vulnerabilidad a cargo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, con el objeto de que todas las autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en coordinación con la sociedad organizada e interesada en el tema, establezcan políticas y acciones necesarias para diagnosticar, prevenir, atender y erradicar la vulneración de los derechos de la niñez en extrema vulnerabilidad. Adicionar un Capítulo Decimocuarto denominado ¿Del Derecho a la Protección de la Niñez en la Calle¿, con el objeto de que la federación, estados, municipios y el Distrito Federal en forma conjunta instrumenten todas las garantías necesarias para evitar, prevenir y resolver la grave violación a los derechos fundamentales de este grupo vulnerable. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
13   Proyecto de decreto que reforma el artículo 152 bis a la Ley Aduanera.


Suscribe: Moreira Valdez Rubén Ignacio (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2010

Establecer que cuando con motivo del reconocimiento aduanero, segundo reconocimiento, verificación de mercancías en transporte o visita domiciliaria, sea necesaria la toma de muestras de las mercancías a fin de identificar su composición cualitativa o cuantitativa, uso, proceso de obtención o características físicas, y no proceda el embargo precautorio, se realizará dicha toma de acuerdo con el procedimiento que al efecto prevé el reglamento, correspondiendo a la autoridad aduanera realizar el análisis y dictamen conducentes, en un plazo no mayor de un mes, a partir del levantamiento del acta de muestreo respectiva. Establecer que cuando se proceda a la determinación de contribuciones omitidas, cuotas compensatorias y, en su caso, a la imposición de sanciones, respecto a mercancías de difícil identificación, se notificarán al interesado, mediante escrito o acta circunstanciada, los hechos u omisiones que dieron lugar a la determinación y sanción consecuentes, dentro del plazo de cuatro meses siguientes al momento en que la autoridad aduanera reciba el dictamen. Aprobada
con fecha 6-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2010