INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.


Adherente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Exentar del pago de impuesto correspondiente la enajenación al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos de automóviles que funcionen con motores híbridos o eléctricos. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 5° de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Suscribe: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2010

Facultar al comité técnico del Fideicomiso para otorgar los apoyos por la cantidad de 38 mil pesos en una sola exhibición a los beneficiarios en un plazo de 180 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la Relación de Apoyos Programados en el Diario Oficial de la Federación. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal que Rescata el Paisaje de las Ciudades, Poblaciones y Caminos de Vallas, Estructuras y Espectaculares Publicitarias.


Proponente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 4-Marzo-2010

Crear un ordenamiento de orden público e interés social, con el objeto de regular la colocación de publicidad y el retiro de vallas, estructuras y espectaculares publicitarias en el país, con la finalidad de que regrese a los paisajes naturales y urbanos de las ciudades, los poblados y los caminos, facultando a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Gobernación, para ejercer las funciones que establece la misma. Regular las medidas de seguridad y protección civil que se deben cumplir, así como que toda publicidad que se coloque respete la dignidad de la persona. Prohibir el demérito o desprecio del ser humano por su pertenencia étnica, preferencia religiosa, sexual, nivel educativo, aspecto físico, condición económica, su edad o la discapacidad, buscando difundir principalmente contenidos con respeto a la moral y buenas costumbres de la sociedad mexicana. Establecer sanciones de apercibimiento, multa, negación definitiva de autorizaciones, arresto administrativo, decomiso o suspensión de autorizaciones. Desechada
con fecha 27-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 4-Marzo-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes del Seguro Social, y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Adherente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2010

Establecer como beneficiarios o familiares derechohabientes de los seguros, prestaciones y servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, respectivamente, a aquellas personas que hayan suscrito una unión civil con un asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con el objeto de garantizar el ejercicio de esos derechos. Democratizar el lenguaje y con ello contribuir a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Aprobada
con fecha 9-Noviembre-2010



Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2010
5   Proyecto de decreto que expide la Ley de Apoyo Solidario para los Adultos Mayores del Campo.


Adherente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Crear un ordenamiento de orden público, interés social y de observancia general en toda la República Mexicana, con el objeto de normar y garantizar en beneficio de los adultos mayores de setenta años residentes en centros de población del medio rural menores a los dos mil quinientos habitantes: una pensión vitalicia; servicios integrales de salud en el marco del Seguro Popular; un seguro de vida al momento del deceso del beneficiario a favor de su cónyuge; y un pago de marcha para la cobertura de gastos funerarios ante el fallecimiento del beneficiario, los cuales estarán a cargo del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, así como la responsabilidad de la organización, administración y entrega de los apoyos solidarios, el cumplimiento, aplicación e interpretación de la Ley en el marco de sus atribuciones, en coordinación, en su caso, con los gobiernos de las entidades federativas. Aprobada
con fecha 10-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Adherente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2010

Ampliar las prórrogas de los pagos en la amortización de un crédito de vivienda, en los casos en que se decrete una situación de impacto económico negativo generalizado o en el extremo de un estado de salubridad general causado por una epidemia, conforme a lo que establece la Ley General de Salud, o por contingencias de la naturaleza, hasta que las circunstancias que obligaron al trabajador acreditado a caer en morosidad de pagos sean superadas. Desechada
con fecha 4-Octubre-2011



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2010
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Facultar al Tribunal Electoral para resolver las impugnaciones de las sentencias que dicten la Salas Regionales que resuelvan un asunto en el que se haya planteado la aplicación de una norma legal por considerarla inconstitucional, así como las impugnaciones contra las resoluciones de fondo correspondientes a los resultados de las elecciones federales; en ambos casos, la Sala Superior será competente para la resolución de estos recursos. Establecer que los actos y resoluciones en materia electoral, así como los que se refieran a la integración y funcionamiento dictados por las autoridades electorales, administrativas o jurisdiccionales u otras autoridades, serán objeto de control mediante la interposición de alguno de los juicios o recursos establecidos en el sistema de medios de impugnación. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que expide la Ley Federal de Partidos Políticos y deroga diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Adherente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reglamentar las normas constitucionales relativas a los partidos políticos: el derecho de asociación y afiliación; la constitución, registro, derechos y obligaciones de los partidos políticos y de los asuntos y la democracia interna; del acceso a la radio y televisión, el financiamiento y otras prerrogativas de los partidos políticos (no sujeción al pago de impuestos y derechos y el uso de las franquicias postales y telegráficas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones); de los frentes, coaliciones y fusiones; y de la pérdida del registro. Establecer como fines de los partidos políticos el de coadyuvar en la difusión y ejercicio de los derechos político electorales de los ciudadanos; estructurar las opciones entre los candidatos durante la competencia electoral; llevar a cabo la movilización electoral; establecer la agregación de intereses específicos en las coaliciones electorales; formar sus propios cuadros; elaborar programas de gobierno; realizar una labor crítica desde la oposición; fiscalizar la actuación de los órganos del Estado; ser un vehículo de identificación política a través de tareas de socialización con los ciudadanos y apoyar al Instituto Federal Electoral en las tareas de educación cívica. Establecer que los ciudadanos afiliados a un partido político o asociaciones políticas tendrán todos los derechos inherentes a tal pertenencia y no podrán estar afiliados en más de un partido político. Establecer que una vez iniciado el proceso electoral federal, el afiliado o candidato a un cargo de elección popular que renuncie a su militancia partidista no podrá ser postulado por otro partido. Derogar todo lo relativo al marco legal de los partidos políticos contenido en el Libro Segundo del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, abarcando del artículo 22 al 103. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Suscribe: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 22-Abril-2010

Sustituir los términos ¿perfumería y belleza¿ por el de ¿cosméticos¿. Definir el concepto de ¿cosméticos¿ y clasificarlos en tipo ¿A¿ y ¿B¿, siendo el primero el que cumpla con los listados de sustancias restringidas y prohibidas para la elaboración de productos cosméticos y, el segundo, el que su formulación excede los listados referidos. Establecer los requisitos para ambos tipos. Prever que los fabricantes, importadores y comercializadores de productos cosméticos, deberán contar con los estudios de seguridad y eficacia, entre otros. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 22-Abril-2010
10   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de la Juventud Mexicana.


Proponente: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 27-Abril-2010

Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de garantizar a los jóvenes mexicanos el pleno conocimiento y goce de sus derechos y obligaciones civiles y políticos; ser tratados con respeto e igualdad de condiciones por servidores públicos y de los empresarios donde laboren; el acceso íntegro al servicio público de salud y un seguro médico obligatorio para estudiantes; el fomento al deporte; becas estudiantiles; recibir educación con calidad pedagógica; orientación acerca de una vida sexual sana, descuento general en el uso de transporte público; y crear un Sistema Nacional en Potencialidades de Jóvenes. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 27-Abril-2010
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.


Suscribe: Mazari Espín Rosalina (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Definir el concepto de ajustes razonables, comunicación, discriminación por motivos de discapacidad, diseño universal y de educación inclusiva y especial. Modificar el nombre del ¿Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad¿ por el de ¿Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad¿. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Prever que los derechos que establece esta ley serán reconocidos a todas las personas sin discriminación jurídica o económica, apariencia física, características genéticas, diversidad sexual, embarazo, identidad o filiación política, lengua, situación migratoria. Establecer los principios de igualdad de oportunidades, el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad, el derecho a preservar su identidad, el respeto por la diferencia, la transversalidad, la transparencia y la continuidad. Atribuir al Titular del Poder Ejecutivo Federal, garantizar la consulta y participación de las personas con discapacidad y las organizaciones, en la elaboración y aplicación de legislación, políticas y programas, incluyendo la colaboración de personas físicas o morales, públicas, privadas o sociales, así como la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones en la elaboración de los informes que el propio Ejecutivo debe presentar a la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, relacionados con la materia y los derechos humanos. Garantizar por parte de la Secretaría de Salud a la población con discapacidad su derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Incorporar de forma gratuita al Seguro Popular a la población con discapacidad. Prohibir cualquier tipo de discriminación contra las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida, siendo responsabilidad de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas garantizar y vigilar la debida protección y sancionar el incumplimiento de este derecho. Modificar el Capítulo II ¿Del Trabajo y la Capacitación¿, por el de ¿Trabajo y Empleo¿. Garantizar por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad. Incorporar en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos que permitan la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal. Establecer que los estudiantes y profesionistas podrán cumplir con el requisito del servicio social, prestando apoyo a estudiantes o personas con discapacidad. Reconocer el sistema braille, los modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales. Establecer que será responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y demás autoridades competentes del sistema financiero mexicano, garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de circunstancias y condiciones a los servicios que ofrecen las instituciones bancarias y demás entidades parte del sistema financiero mexicano. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizará el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, que contribuyan a su independencia y desarrollo integral; la Secretaría de Desarrollo Social, garantizará un mayor índice de desarrollo humano para ellas y sus familias, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados y a la mejora continua de sus condiciones de vida, sin discriminación por motivos de discapacidad; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, garantizará que el Censo Nacional de Población incluya lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad; el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, garantizar el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas mexicana y la cultura de los sordos, entre otras; la Secretaría de Turismo garantizará el derecho para acceder y disfrutar de los programas y servicios turísticos, recreativos y de esparcimiento, adaptación y accesibilidad de las instalaciones de servicios que comprenden la infraestructura para el turismo nacional. Establecer los lineamientos generales del Programa Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, sus órganos de administración y actualizar su integración. Modificar el Capítulo II ¿Del Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad¿ por el ¿De la Asamblea Consultiva¿ y establecer sus funciones, órganos de vigilancia y las prevenciones generales. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010