INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de las Leyes: del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto Empresarial a Tasa Única, del Servicio de Administración Tributaria, de Coordinación Fiscal, Federal de Derechos, del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y del Seguro Social.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 7-Septiembre-2010

Ley del Impuesto Sobre la Renta: Propone evitar la doble tributación manteniendo el acreditamiento a 100 por ciento del ISR empresarial mediante la cuenta de utilidad fiscal neta; derogar el régimen de consolidación fiscal, los regímenes simplificados de pequeños contribuyes, intermedios y los de carácter general, a fin de que la tributación sea a tasas generales y de contribuyentes personas morales, dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y silvicultura a efecto de que las personas morales dedicados a estas actividades contribuyan con la tasa general; establecer que las entidades federativas administren 100 por ciento de la recaudación; acotar las deducciones y facilidades administrativas que otorga la autoridad fiscal a las personas morales y que no se refieren al subsidio al empleo, ni a las aportaciones de fondos de pensiones y jubilaciones; establecer que las retenciones de ISR por salarios de la función pública sean participables a 100%; aumentar la exención de siete a quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente en los ingresos obtenidos por concepto de prestaciones de previsión social; y elimina la exención sobre las ganancias de personas físicas por enajenación de acciones en bolsas de valores reconocidas.
Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única: Eliminar los créditos fiscales, deducciones adicionales y aquellas que no se establezcan expresamente en la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como todas las referencias a los regímenes de consolidación fiscal y simplificado. Establecer que sólo tributarán en este impuesto, las personas físicas y morales cuyos ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta sean iguales o superiores a un monto equivalente de 500 millones de pesos.
Código Fiscal de la Federación y Ley del Servicio de Administración Tributaria: establecer que se emitirán sólo dos modificaciones a las resoluciones de miscelánea fiscal al año para eliminar la inseguridad jurídica para el contribuyente; eliminar la facultad del Ejecutivo Federal para que pueda determinar o autorizar regímenes fiscales de manera individual o por grupos y que pueda conceder subsidios o estímulos fiscales sólo cuando lo disponga expresamente la Ley de Ingresos de la Federación y el Congreso de la Unión en casos de emergencia económica. Establecer que las resoluciones del jefe del Servicio de Administración Tributaria para aplicar las leyes fiscales y aduanales, no den lugar a la autorización de régimen fiscal diferente a los establecidos en las leyes. Facultar al Poder Legislativo para conocer la información fiscal (secreto fiscal).
Ley de Coordinación Fiscal: Incrementar el porcentaje del Fondo General de Participaciones desde el 20 al 25 por ciento de la recaudación federal participable, y que el Fondo de Fomento Municipal pase de 1 al 2 por ciento de la misma, con la finalidad de fortalecer las finanzas de las entidades federativas y de sus municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal. Incorporar al Distrito Federal al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS).
Ley Federal de Derechos: Establecer que el 100 por ciento de la recaudación obtenida por los derechos petroleros conformen la recaudación federal participable.
Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios: Aumentar y establecer que el impuesto a los cigarros enajenados o importados, los tabacos labrados y puros, se actualizará conforme a las disposiciones del Código Fiscal; incrementar la tasa ad valórem a que están sujetos los cigarros para que dicha tasa sea de 180% y no de 160%; gravar a las bebidas energéticas y comida chatarra.
Ley del Seguro Social: Establecer que se respete el tope de 25 salarios mínimos para el pago de las pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 10 de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 5-Octubre-2010

Incluir como integrante del Fideicomiso a un diputado representante de todas y cada una de las fracciones parlamentarias, quienes deberán ser integrantes de la Comisión Especial para dar Seguimiento a los Fondos de los Trabajadores Mexicanos Braceros y acudirán a las sesiones del Comité Técnico con voz y voto. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 12-Octubre-2010

Facultar a los municipios para establecer las contribuciones por la prestación del servicio de alumbrado público, conforme a las bases que expidan los Congresos Locales. Desechada (art. 89)
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 7-Octubre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Ley General de Protección Civil.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 13-Octubre-2010

Facultar al Ejecutivo Federal para promover y desarrollar una cultura de protección civil en las escuelas, universidades, estados, municipios y comunidades rurales y zonas de riesgo producidas por agentes perturbadores. Establecer que el Ejecutivo Federal deberá entregar un informe trimestral a las Comisiones Unidas de Seguridad y de Cultura de la Cámara de Diputados, sobre el avance social y financiero de la actividad de difusión, preparación cultural y educacional de protección civil; asimismo, deberá invertir en ciencia y tecnología para prevenir y combatir los agentes perturbadores, y presentará de igual forma, un informe financiero trimestral sobre el proyecto de inversión. Pendiente


Publicación en Gaceta: 13-Octubre-2010
5   Proyecto de decreto por el que se reforman la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 13-Octubre-2010

Ampliar las atribuciones del Procurador General de la República y otorgarle tareas de coordinación en materia de seguridad, con facultades para reunir, aglutinar, encabezar, diseñar y coordinar la política de combate al crimen, que abarca desde la prevención del delito, hasta la ejecución de las penas; el mando de la Policía Federal; la articulación de los esfuerzos federales, estatales, del Distrito Federal y municipales en torno a la seguridad pública, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los términos que apruebe el Congreso de la Unión; las unidades especializadas en el combate al narcotráfico y el lavado de dinero relacionado con éste, la investigación policial de campo de los delitos contra la salud y otros igualmente graves relacionados con éstos; el Sistema de Inteligencia Civil, responsable de identificar los riegos y amenazas a la seguridad nacional; el Sistema Penitenciario Federal con la política penitenciaria de la Federación; organizar y dirigir los servicios de inspección aduanera; la coordinación de las acciones en materia de protección civil; y las atribuciones de inspección y vigilancia en materia de pesca furtiva y delitos contra el ambiente. Suprimir a la Secretaría de Seguridad Pública, otorgándole al Procurador General de la República el despacho de los asuntos de la misma, y adoptando así un modelo de seguridad pública sustentado en la unidad de mando. Fusionar a las secretarías de la Defensa Nacional, y la de Marina, Armada de México, en una secretaría denominada: Secretaría de Defensa y Marina. Eliminar de las atribuciones de la Secretaría de Gobernación, aquellas vinculadas con funciones operativas de seguridad pública. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Octubre-2010
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 28-Octubre-2010

Topar la deducción en inversiones hasta el límite del monto original de la inversión. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Octubre-2010
7   Proyecto de Decreto que reforma los artículos 41 y 46 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 9-Noviembre-2010

Ampliar de 12 a 24 meses las prórrogas otorgadas por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para que un trabajador continúe pagando el crédito de su vivienda cuando pierda su trabajo. Durante estas prórrogas se congelará el saldo del crédito sin generar intereses; una vez que concluya la prórroga o antes, si el acreditado logró recuperar su capacidad de pago, se renovará la operación del crédito, extendiendo el plazo para la terminación del mismo en las condiciones pactadas originalmente, por el tiempo que se haya suspendido el pago y podrá contar con una ampliación de 30 días adicionales. Vigilar por parte del Instituto que las propuestas de vivienda cumplan con los requisitos de ofrecer una vivienda digna, con servicios públicos eficientes y en armonía con el medio ambiente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 9-Noviembre-2010
8   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2010

Crear un Organismo Público Descentralizado denominado Comisión de Electricidad del Centro, integrado por una Junta de Gobierno, integrada por los Secretarios de Hacienda y Crédito Público; de Desarrollo Social; de Economía; de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Energía, quien la presidirá. También formarán parte de la Junta de Gobierno, el director general de Petróleos Mexicanos y tres representantes de cada uno de los sindicatos titulares del contrato colectivo de trabajo que rija las relaciones laborales en cada una de las Comisiones. Establecer que la región, zonas, actividades, servicios y operaciones que le correspondían a Luz y Fuerza del Centro, le corresponderán a la Comisión de Electricidad del Centro. Crear el Sistema Federal de Electricidad, el cual estará integrado por la Comisión Federal de Electricidad y la Comisión de Electricidad del Centro. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010
9   Proyecto de decreto que reforma el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2010

Prever el término de 7 días naturales, en lugar de 10 días útiles, para considerarse como aprobado por el Poder Ejecutivo, todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de origen. Establecer que el titular del Poder Ejecutivo, no podrá hacer observaciones a las resoluciones del Congreso o de alguna de las Cámaras cuando ejerzan funciones de cuerpo electoral o de jurado y declare que debe acusarse a uno de los altos funcionarios de la Federación por delitos oficiales, así como en la aprobación del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación por la Cámara de Diputados. Desechada (art. 89)
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2010

Regular la venta y comercialización de Bebidas Energizantes (todas las bebidas, gasificadas o no, que en su composición contengan cafeína en un nivel igual o superior a 20 miligramos por cada 100 mililitros), las cuales no podrán ser consideradas suplementos dietarios o alimentarios. Desechada
con fecha 26-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2010
11   Proyecto de decreto reforma los artículos 26, 29 y 52 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Establecer que los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el desempeño de las actividades legislativas los Grupos Parlamentarios deberán informar trimestralmente de su ejercicio a la Junta de Coordinación Política y ésta, a su vez, lo publicará en la Gaceta Parlamentaria. Facultar al Secretario de Servicios Administrativos y Financieros para requerir la comprobación fiscal de los gastos por concepto de boletos de avión o de servicios de transporte terrestre, conforme a las normas que expida la Cámara de Diputados. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 7-Diciembre-2010
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2010

Facultar al Banco de México para recabar información de los intermediarios bancarios, a efecto de determinar el margen financiero existente entre las operaciones activas y pasivas que se realicen en territorio nacional, para lo cual se emitirán normas para la recepción de los datos informativos de las operaciones causantes de pasivo a corto, mediano y largo plazo, segmentados por importe, distinguiendo personas morales de personas físicas, así como respecto de los financiamientos al consumo, hipotecarios y al sector agropecuario. Establecer que en el mes de marzo de cada año el Banco rendirá un informe respecto de la evolución de los márgenes financieros de la banca en territorio nacional, por cada institución de crédito. Facultar a las autoridades financieras para evitar prácticas y acuerdos monopólicos que se traduzcan en condiciones usurarias en agravio del público usuario. Prohibir a las instituciones de crédito establecer condiciones en las que los márgenes diferenciales entre las operaciones activas de financiamiento se aparten de las tasas pasivas promedio que se ofrezcan al público. Sancionar a quien pretenda cobrar intereses o accesorios financieros usurarios. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 30-Noviembre-2010
13   Proyecto de decreto que expide la Ley de Protección a la Salud Materna.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto la protección a la mujer embarazada, así como la promoción de la maternidad, mediante la defensa de sus derechos fundamentales y la actualización de derechos específicos, en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer a lo largo de su embarazo, parto, post-parto y puerperio. Establecer que las políticas de apoyo a la salud materna deberán darse en los ámbitos sectoriales de la Administración Pública de los tres órdenes de gobierno, en relación con los servicios sociales, de educación, salud, vivienda, transporte y empleo. Contemplar en dicha ley a las mujeres embarazadas, en estado vulnerable necesitadas de apoyo especial, a las madres menores de edad, madres con discapacidad, madres inmigrantes y reclusas. Prever los temas de adopción, aborto, entre otros. Aprobada
con fecha 9-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2010
14   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, de la Ley de Protección y Defensa a los Usuarios de Servicios Financieros, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Ley Federal de Protección al Consumidor y que expide la Ley Federal para Regular las Casas de Empeño Mercantiles.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Diferenciar en el Código de Comercio, las casas de empeño mercantiles dedicadas a la búsqueda de la rentabilidad y las operaciones de mutuo con garantía prendaria que llevan a cabo las Instituciones de Asistencia Privada. Reconocer en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito las operaciones de mutuo con garantía prendaria como una operación financiera y que las empresas que las lleven a cabo deberán ser consideradas empresas del sector financiero. Establecer en la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, como entidades financieras a las Casas de Empeño Mercantiles. Incorporar en la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a la Comisión Nacional de Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros a la regulación y a la aplicación de sanciones contra quienes cometan abusos. Derogar el artículo 65 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor que tiene que ver con los proveedores, personas físicas o sociedades mercantiles no regulados por leyes financieras. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular la apertura, instalación y funcionamiento de los establecimientos, con el propósito de ofrecer servicios al público de mutuo con interés y garantía prendaria; con excepción de aquellas regidas por la legislación sobre instituciones de crédito, sociedades cooperativas, ahorro y crédito popular y las que se constituyan como instituciones de asistencia privada. Sólo podrán ofrecer servicios al público en general de mutuo con interés y garantía prendaria, las personas físicas y morales constituidas en casas de empeño mercantiles que cuenten con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2010
15   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Establecer que todas las personas tienen derecho a la ciudad, bajo principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justicia social, así como el derecho a disfrutar de vivienda adecuada en superficie, localización, accesibilidad y seguridad. La planeación será participativa, integral y de largo plazo, mediante la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y contendrá una perspectiva del desarrollo nacional y regional, que impulse el ordenamiento territorial productivo, igualitario y sustentable. Establecer que la nación tendrá el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, preservando su función social y estableciendo los derechos y deberes de su uso y aprovechamiento, para lograr el desarrollo sustentable y el ordenamiento del territorio, así como dictar medidas enfocadas al crecimiento de las regiones y zonas metropolitanas. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, desarrollo metropolitano, derecho a la ciudad y vivienda; así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno, en materia de planeación del desarrollo nacional, regional, económico y social. Los municipios deberán formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, en estricta congruencia con los planes estatales, regionales y metropolitanos; participar, en coordinación con el Gobierno Federal y el de las entidades federativas, en la formulación y aprobación de los planes regionales y metropolitanos, conforme a los cuales se dará la ordenación y regulación del desarrollo urbano en sus jurisdicciones, así como crear de manera conjunta y coordinada organismos públicos cuyo objeto sea la planeación, financiamiento y ejecución, de planes, programas, funciones y servicios públicos para el ordenamiento territorial y el desarrollo sustentable de la zona metropolitana. Facultar a los estados para celebrar convenios entre sí o con los municipios, a efecto de incluir los elementos para planear e impulsar las inversiones, acciones, obras o servicios para la planeación y desarrollo de las regiones y de las zonas metropolitanas. Aprobada
con fecha 27-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010