INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 2-Febrero-2010

Establecer que las opiniones fundadas respecto a planes y programas de estudio que emita la autoridad competente, las actualizaciones de libros de texto, los libros, materiales didácticos y los contenidos educativos, así como los requisitos académicos de los planes y programas de estudio de los particulares, sean vinculantes para las atribuciones de las autoridades educativas. Facultar al Consejo Nacional Técnico de la Educación a demandar a las autoridades educativas las modificaciones pertinentes a los contenidos de los libros de texto y materiales didácticos cuando, a su juicio, contravengan al carácter de la educación laica. Establecer que la edición de libros y materiales didácticos, distintos a los libros de texto gratuitos, que realicen las autoridades educativas federales, estatales, municipales y del Distrito Federal se preserve en todo momento el carácter de la educación laica. Obligar a la Secretaría de Educación Pública a que considere y atienda, las opiniones de las autoridades educativas locales, y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, expresadas a través del Consejo Nacional Técnico de la Educación y del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación. Desechada
con fecha 23-Septiembre-2010



Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que expide la Ley General para la Integración Social de las Personas con Discapacidad.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 23-Febrero-2010

Abrogar la Ley General de las Personas con Discapacidad, con el objeto de crear un ordenamiento de observancia general, para establecer las condiciones que permitan obtener la plena integración de las personas con discapacidad en la sociedad, a través del ejercicio pleno de todos sus derechos fundamentales; garantizando su desarrollo integral; estableciendo los principios rectores de la actuación del Estado Mexicano, relativos a la prevención, rehabilitación e incursión social de las personas con discapacidad; y la planificación, coordinación e integración en las políticas públicas la protección de los mismos. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 16-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 23-Febrero-2010

Exentar todas las pensiones del pago del impuesto sobre la renta, mediante la eliminación del monto máximo establecido en la norma vigente. Aprobada
con fecha 6-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 23-Febrero-2010
4   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley que crea el Fideicomiso que administrara el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2010

Incorporar en el Comité Técnico del Fideicomiso a un representante del Poder Legislativo como observador e invitado permanente. Facultar al Comité Técnico para que a partir de la radicación de los recursos económicos destinados a los ex braceros en el presupuesto, elabore el programa de calendarización de publicaciones de listas de beneficiados, así como el número de ex braceros a considerar. Fijar como requisitos de los beneficiarios, la credencial expedida por la Secretaría de Gobernación que acredita la calidad de trabajador emigrante y la mención honorífica expedida por el Departamento del Trabajo de Estados Unidos (US Departament of Labor). Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 17-Marzo-2010
5   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 81 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 18-Marzo-2010

Facultar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para dictaminar el Presupuesto de Egresos de la Federación; para lo cual, se discutirá, analizará y aprobará por ramo presupuestario conjuntamente con otras comisiones ordinarias, a efecto de que se incluyan en el dictamen de presupuesto, los acuerdos de las propuestas de modificación o adecuación que emitan las mismas en relación a los rubros del ramo correspondiente. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 18-Marzo-2010
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 21, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010

Suprimir la facultad de tener a cargo la seguridad pública en el ámbito municipal, así como su regulación. Establecer que la policía preventiva estará al mando del gobierno estatal en los términos de la Ley de Seguridad Pública del estado, y que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos de tránsito y vialidad. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010
7   Proyecto de decreto que reforma el artículo 101 y adiciona un artículo 121 Bis a la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010

Obligar a que los organismos genéticamente modificados que sean para consumo humano directo o indirecto, señalen en la etiqueta, la referencia explícita de organismos genéticamente modificados y la información de su composición alimenticia o sus propiedades nutrimentales. Sancionar a quien incumpla las características de etiquetado establecidas con multa de 20 mil a 40 mil días de salario mínimo vigente en la zona económica de que se trate. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010

Disminuir la distribución de los excedentes de ingresos que resulten de la Ley de Ingresos del 25% al 20 % al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas y del 40% al 20 % al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros e incrementar del 25% al 50 %, los programas y proyectos de inversión de infraestructura de Petróleos Mexicanos. Destinar un 25 % de los excedentes petroleros al Fondo para la Reestructuración de Pensiones. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2009
9   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2010

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer las disposiciones que permitan garantizar a los pueblos y comunidades indígenas el ejercicio del derecho de consulta; para lo cual, señala las obligaciones de los gobiernos, Federal y de las entidades federativas, estableciendo las instituciones responsables de garantizar ese derecho, determina el proceso de consulta, establece el procedimiento de aplicación de los resultados y fija las consecuencias jurídicas de no respetar este derecho. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 6-Abril-2010

Adicionar como objetivos prioritarios del Banco Central de México los de promover el crecimiento de la actividad productiva y el empleo en el país, explicitando que se procurará una estabilidad sostenible del poder adquisitivo de la moneda nacional. Establecer que para cumplir sus prioridades, el Banco Central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, también regulará la administración de la reserva de divisas internacionales. Desechada (art. 89)
con fecha 23-Noviembre-2011



Publicación en Gaceta: 6-Abril-2010
11   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Facultar a la Cámara de Diputados o en su caso a la Comisión Permanente para fijar los salarios mínimos, sus incrementos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, nombrar a los miembros del Cuerpo Colegiado de dicho Instituto, revisar la Cuenta Pública del año anterior, así como para integrar la terna de candidatos a Director General del Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, que presentará al Ejecutivo Federal. Explicitar que será a más tardar el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre para que el Ejecutivo Federal remita a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer que los organismos de protección de los derechos humanos, podrán conocer de quejas contra actos u omisiones de naturaleza administrativa o jurisdiccional cuando se trate de asuntos laborales. Garantizar a través de las Constituciones y leyes de los estados en materia electoral que se establezca un sistema de medios de impugnación. Prohibir la discriminación de cualquier tipo. Establecer que las leyes que expida el Congreso de la Unión sobre el trabajo, deberán regir entre las personas obreras, jornaleras, artesanas y domésticas. Fijar como descanso 16 semanas durante el periodo previo y posterior al parto (mujeres embarazadas) y en partos múltiples la recuperación posnatal se incrementará en 2 semanas. Explicitar que durante la lactancia tendrán derecho a dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, por seis meses. Exceptuar de la participación en las utilidades a los trabajadores de los servicios de asistencia social, salvo en el caso en que se generen utilidades, así como los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Regular el derecho de los trabajadores para obtener habitaciones baratas, en arrendamiento o venta. Modificar las expresiones ¿empresarios¿ por ¿patrones¿, ¿obreros¿ por ¿trabajadores¿ y ¿Junta de Conciliación y Arbitraje¿ por ¿Juez Laboral¿. Garantizar el Servicio Civil de Carrera. Establecer que los trabajadores, podrán integrar federaciones, confederaciones, uniones, o cualquier otra forma de asociación profesional. Prohibir la afiliación obligatoria de los trabajadores y de los empresarios, individual o colectivamente, a los partidos políticos. Definir ¿Contrato Colectivo de Trabajo¿. Establecer el derecho de huelga para los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Facultar a los jueces laborales para conocer de los conflictos derivados del régimen de seguridad social. Incluir dentro de las ramas industriales, los servicios prestados a los poderes de la Unión, a las instituciones que proporcionen el servicio público de banca y crédito y el Banco de México. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para resolver los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores. Suprimir el apartado B denominado ¿Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores¿, mismo que regula las relaciones laborales de éstos. Desechada (art. 89)
con fecha 29-Junio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Incluir como entes públicos federales a los cuerpos de policía de corporaciones federales y a la Fuerza Armada Permanente. Indemnizar los daños o perjuicios reclamados realizados por los cuerpos de policía o por elementos de la Fuerza Armada Permanente, sin contar con orden de autoridad o juez competente o en los casos en que se compruebe el uso indebido o desproporcionado de la fuerza pública o la violación de los derechos humanos; asimismo, aplicará para los miembros de la Fuerza Armada Permanente o los elementos que formen parte de las corporaciones policiales, que cuenten con orden judicial y dañen a terceros por error o uso de la fuerza pública. Establecer que cuando la responsabilidad sea imputable a los cuerpos de policía o a elementos de la Fuerza Armada Permanente, y la misma haya quedado probada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cubrirá el monto de la indemnización fijada. Excluir de que el Estado repita (demande) de los servidores públicos el pago de la indemnización, a los policías federales sin mando sobre otros elementos y al personal militar de tropa y marinería que hayan actuado por orden de mandos superiores, siempre que no hubiesen incurrido en violación de la ley, uso indebido de la fuerza o en violaciones a los derechos humanos; la responsabilidad recaerá en quien dio la orden para realizar las acciones que ocasionen los perjuicios. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
13   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Educación.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Elevar a rango constitucional la obligación para la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, de la impartición de la educación media superior. Obligar a los mexicanos a que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación media superior. Se prevé en la implementación de la obligatoriedad de la educación media superior a partir del 2011 y 2012 y universalizar la obligatoriedad en la educación media superior en todo el país para el ciclo 2014-2015. Incluir en el presupuesto los recursos necesarios para la construcción, ampliación y equipamiento de toda la infraestructura suficiente para la cobertura de la educación media superior. Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
14   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 7, 27 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Reconocer y garantizar los derechos universales a la información y a la libre expresión. Establecer que los medios de comunicación electrónica serán de servicio público. Prever que los medios de comunicación procurarán el respeto y promoción de los derechos humanos y los valores democráticos, sus contenidos deberán reflejar la pluralidad y diversidad de la República. Prohibir y sancionar toda práctica discriminatoria por parte de los medios de comunicación. Considerar al espectro radioeléctrico como propiedad de la nación, inalienable e imprescriptible, accediendo en igualdad de condiciones, a su explotación, uso o aprovechamiento las entidades públicas, educativas, privadas y comunitarias, sin que puedan concentrar más del 25% de las frecuencias. Facultar al Congreso para crear un organismo público autónomo de participación ciudadana, que administre y vigile las concesiones de la radiodifusión, televisión y telecomunicaciones por medio del citado espectro, así como para dictar leyes sobre radio, televisión, telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico. Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
15   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Crear el Capítulo VI Bis ¿Del seguro de desempleo¿, el cual cubrirá el riesgo de la cesación involuntaria del trabajador menor de 60 años, y facilita su reinserción al empleo remunerado, preferentemente en el marco del régimen obligatorio de esta ley. Para acceder a las prestaciones de este seguro se requiere que el trabajador haya acreditado 150 cotizaciones semanales o 52 cotizaciones en el lapso de los últimos tres años. Obligar al IMSS al otorgamiento de un subsidio y de asistencia médica ante la contingencia de la cesación involuntaria del empleo. Establecer que los recursos para cubrir el subsidio se cubrirán con el 1.5% a cargo de los patrones; 1.0% a cargo del Estado y 0.5% a cargo de los trabajadores. Facultar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para proponer la celebración de convenios en materia de empleo, entre la Federación y el IMSS, ayuntamientos y demarcaciones territoriales, organizaciones de trabajadores, cámaras empresariales y cualquier organismo que coadyuve a la promoción del empleo estable y ¿suficientemente¿ remunerado. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
16   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y reforma los artículos 101, 201 y 205 de la Ley del Seguro Social.


Suscribe: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 20-Abril-2010

Facultar a la Cámara de Diputados o en su caso a la Comisión Permanente para fijar los salarios mínimos, sus incrementos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades, nombrar a los miembros del Cuerpo Colegiado de dicho Instituto, revisar la Cuenta Pública del año anterior, así como para integrar la terna de candidatos a Director General del Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo, que presentará al Ejecutivo Federal. Explicitar que será a más tardar el 15 de noviembre o hasta el 15 de diciembre para que el Ejecutivo Federal remita a la Cámara la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer que los organismos de protección de los derechos humanos, podrán conocer de quejas contra actos u omisiones de naturaleza administrativa o jurisdiccional cuando se trate de asuntos laborales. Garantizar a través de las Constituciones y leyes de los estados en materia electoral que se establezca un sistema de medios de impugnación. Prohibir la discriminación de cualquier tipo. Establecer que las leyes que expida el Congreso de la Unión sobre el trabajo, deberán regir entre las personas obreras, jornaleras, artesanas y domésticas. Fijar como descanso 16 semanas durante el periodo previo y posterior al parto (mujeres embarazadas) y en partos múltiples la recuperación posnatal se incrementará en 2 semanas. Explicitar que durante la lactancia tendrán derecho a dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, por seis meses. Exceptuar de la participación en las utilidades a los trabajadores de los servicios de asistencia social, salvo en el caso en que se generen utilidades, así como los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Regular el derecho de los trabajadores para obtener habitaciones baratas, en arrendamiento o venta. Modificar las expresiones ¿empresarios¿ por ¿patrones¿, ¿obreros¿ por ¿trabajadores¿ y ¿Junta de Conciliación y Arbitraje¿ por ¿Juez Laboral¿. Garantizar el Servicio Civil de Carrera. Establecer que los trabajadores, podrán integrar federaciones, confederaciones, uniones, o cualquier otra forma de asociación profesional. Prohibir la afiliación obligatoria de los trabajadores y de los empresarios, individual o colectivamente, a los partidos políticos. Definir ¿Contrato Colectivo de Trabajo¿. Establecer el derecho de huelga para los trabajadores de los municipios, de los poderes de cada una de las entidades federativas y de los poderes de la Unión. Facultar a los jueces laborales para conocer de los conflictos derivados del régimen de seguridad social. Incluir dentro de las ramas industriales, los servicios prestados a los poderes de la Unión, a las instituciones que proporcionen el servicio público de banca y crédito y el Banco de México. Facultar al Consejo de la Judicatura Federal para resolver los conflictos entre el Poder Judicial de la Federación y sus servidores. Suprimir el apartado B denominado ¿Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores¿, mismo que regula las relaciones laborales de éstos. Incrementar el periodo de las licencias con goce de sueldo, que por concepto de gravidez tienen las mujeres aseguradas. Incluir el derecho de las licencias por paternidad; establecer expresamente que el derecho de guardería opera para el caso de las trabajadoras y los trabajadores que gocen de seguridad social, en términos de lo dispuesto por la Ley del seguro Social. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Abril-2010
17   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México.


Proponente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 21-Abril-2010

Considerar que el Banco de México tendrá por finalidad formular y operar las políticas monetaria y cambiaria, procurando que contribuyan al desarrollo económico del país; y facultarlo para regular la reserva de divisas internacionales; asimismo, para prestar valores al gobierno federal o adquirirlos de éste; contará con una reserva de activos internacionales suficiente para eliminar el efecto de la deuda externa en el costo del financiamiento interno, para que le permita establecer esquemas de financiamiento para inversiones productivas a empresas públicas y a la banca de desarrollo y, en el corto plazo. Establecer que las sesiones serán presididas por el Gobernador del Banco y, en su ausencia, por el miembro de la Junta de Gobierno que designe el Gobernador. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 21-Abril-2010
18   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social.


Adherente: Báez Ceja Víctor Manuel (PRD)
Fecha de presentación: 21-Abril-2010

Modificar la expresión ¿servicio doméstico¿ por la de ¿trabajadoras del hogar¿. Establecer que son personas trabajadoras del hogar las que efectúan labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de familiares y demás propias o inherentes a la conservación de un hogar. Otorgar plenamente a las trabajadoras las prestaciones, derechos y obligaciones que establece la ley. Inscribir a las trabajadoras del hogar al Seguro Social. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 21-Abril-2010