INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.


Adherente: Monroy Estrada Amador (PRI)
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010

Adicionar un Capítulo X denominado ¿De la Comisión Nacional de Nivelación Tarifaria del Sector Eléctrico¿, con el objetivo de propiciar condiciones de eficiencia y calidad en el servicio, así como para establecer el pago equitativo de éste, la Comisión se integrará por 7 miembros; 3 corresponderán al sector público federal y serán nombrados uno por el Ejecutivo Federal, uno por el Senado de la República y uno por la Cámara de Diputados, los 4 restantes serán comisionados profesionales designados por el Ejecutivo, quienes deberán ser ratificados por la Cámara de Senadores. La designación del Ejecutivo Federal se hará con 4 ternas que formen, el Instituto Politécnico Nacional, las cámaras representativas de la Industria, las cámaras que agremien a comerciantes y las organizaciones ciudadanas que representen los intereses de los consumidores, respectivamente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Septiembre-2012



Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Adherente: Monroy Estrada Amador (PRI)
Fecha de presentación: 13-Octubre-2010

Establecer que el derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, será imprescriptible. Que los fondos de la subcuenta de vivienda no aplicados, deberán ser entregados directamente y en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios. Obligar al INFONAVIT a entregar los recursos citados a más tardar el segundo día hábil siguiente a la presentación de la solicitud. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 13-Octubre-2010
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Suscribe: Monroy Estrada Amador (PRI)
Fecha de presentación: 13-Octubre-2010

Establecer que el derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, será imprescriptible. Que los fondos de la subcuenta de vivienda no aplicados, deberán ser entregados directamente y en una sola exhibición al trabajador o a sus beneficiarios. Obligar al INFONAVIT a entregar los recursos citados a más tardar el segundo día hábil siguiente a la presentación de la solicitud. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 13-Octubre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Monroy Estrada Amador (PRI)
Fecha de presentación: 11-Noviembre-2010

Establecer que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección directa, que se renovará cada 4 años, iniciando su periodo el 1° de enero del año posterior de las elecciones municipales ordinarias y lo concluirán el 31 de diciembre del año de las elecciones para su renovación. Los ayuntamientos se integrarán por un presidente, un síndico y 4 regidores, electos por planilla según el principio de mayoría relativa y hasta 3 regidores designados según el principio de representación proporcional, cuando se trate de municipios que tengan una población de hasta 100 mil habitantes, pudiéndose incrementar el número de regidores con base en el número de habitantes. Prever que cuando los Poderes Ejecutivo y Legislativo federales afecten de manera general al ámbito municipal de gobierno, deberán escuchar la opinión de la organización representativa de los ayuntamientos; asimismo, cuando actúen en materias vinculadas con el ámbito de competencia de los titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, deberán escuchar la opinión de la organización representativa de los gobernadores de los estados y del gobierno del Distrito Federal. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010