INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.


Adherente: Castellanos Flores Gumercindo (PAN)
Fecha de presentación: 15-Octubre-2009

Implementar acciones tendientes a la promoción y protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad. Especificar que la educación que imparta y regule el Estado, deberá contribuir al desarrollo integral de las Personas con Discapacidad. Crear programas de sensibilización que propicien una mayor aceptación de los estudiantes con discapacidad, orientados hacia la erradicación de la discriminación. Proporcionar materiales, incentivos y ayudas técnicas que apoyen el rendimiento académico de los estudiantes con discapacidad. Apoyar con materiales y libros impresos en sistema braille, macrotipos, textos audibles y material complementario. Implementar en materia de medios de comunicación el uso de tecnología y, en su caso, de intérpretes de la Lengua de Señas Mexicana, que permitan a las personas sordas y ciegas las facilidades de comunicación y el acceso al contenido de su programación. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2009
2   Proyecto de decreto que expide la Ley General del Secuestro, Reglamentaria del Artículo 73, fracción XXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Castellanos Flores Gumercindo (PAN)
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2009

Crear un ordenamiento legal con el objeto de establecer los tipos penales y sus sanciones, así como la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en materia de secuestro. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2010



Publicación en Gaceta: 29-Octubre-2009
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.


Adherente: Castellanos Flores Gumercindo (PAN)
Fecha de presentación: 8-Diciembre-2009

Obligar a las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado y las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, a registrar ante el Banco de México las comisiones que cobran al cliente por la realización de operaciones activas, pasivas o de servicios. Modificar el plazo de quince a treinta días hábiles por el cual el Banco de México podrá formular observaciones a la aplicación de nuevas comisiones o cuando las vigentes impliquen un incremento. Establecer que las comisiones que se cobren a los clientes, entre otros, deberán ser: claras y transparentes; aplicables a servicios solicitados por los clientes y contra la prestación de éstos; comunicadas a los clientes con anticipación a la consumación de la operación; y con un monto fijo. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 8-Diciembre-2009
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de juicio de amparo agrario y adiciona el artículo 23 a la Ley Agraria.


Suscribe: Castellanos Flores Gumercindo (PAN)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2009

Modificar el plazo en que la demanda de amparo en materia agraria podrá interponerse cuando se trate de núcleos de población ejidales o comunales de ¿cualquier tiempo¿ hasta en el plazo de ocho meses contado a partir del momento en que se notifique el acto reclamado, así como para la interposición de la queja respecto del cumplimiento de la sentencia de ¿cualquier tiempo¿ hasta en el plazo de un año contado a partir de la fecha de que se declare cumplida y establecer el plazo de un año para que opere la caducidad por inactividad procesal. Aumentar el plazo para interponer la demanda de amparo de 30 a 45 días cuando se trate de derechos individuales ejidatarios o comuneros y establecer una regla de subsidiaridad para que los posibles sucesores puedan interponer la demanda ante la ausencia del titular. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 16-Diciembre-2009