INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 67 y 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 17-Febrero-2011

Establecer que a más tardar el día 15 de agosto de cada año, el Presidente de la República presentará al Congreso de la Unión un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país; asimismo, en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, acudirá a escuchar los posicionamientos y cuestionamientos que con motivo del informe le dirija un legislador por cada partido político representado, que serán respondidos puntualmente por escrito en un término que no exceda de 15 días naturales y el titular del Ejecutivo Federal dirigirá un mensaje a la nación sobre el rumbo de la Administración Pública Federal y el presidente del Congreso contestará en términos generales. Desechada (art. 89)
con fecha --



Publicación en Gaceta: 8-Febrero-2011
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 52, 53, 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 1-Marzo-2011

Disminuir el número de diputados elegidos por el principio de representación proporcional de 200 a 100. Disminuir el número de senadores que componen la Cámara de Senadores de 128 a 96, eliminando a los 32 senadores elegidos por el principio de representación proporcional. Desechada (art. 89)
con fecha 26-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
3   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Adherente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 3-Marzo-2011

Explicitar que la reparación del daño, debe ser plena y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación del proyecto de vida y comprenderá, el pago de la pérdida de ingreso económico y lucro cesante, el costo de la pérdida de oportunidades, entre otros; asimismo, la reparación será fijada por los jueces, según el daño que sea preciso reparar, de acuerdo con la afectación causada a la víctima u ofendido del delito y en el proceso penal el Ministerio Público estará obligado a solicitar, en todo momento , la condena en lo relativo a la reparación del daño. Incluir dentro de los plazos para la prescripción de la acción penal en los casos de delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, la libertad y el normal desarrollo psicosexual y en su salud mental, así como los previstos en la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, que hubiesen sido cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, el plazo para la prescripción comenzará a correr a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad. Incluir como delito contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos, al que obligue a una persona o a su representante a otorgar el perdón en los delitos que se persiguen por querella. Definir el término actos erótico sexuales. Aumentar la pena de 6 meses a 4 años de prisión, para quedar de 3 a 6 años de prisión, al que ejecute en una persona o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona actos erótico sexuales. Incluir un capitulo denominado ¿Contra la discriminación¿, con el objeto de sancionar al que anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas. Incorporar el delito de feminicidio y establecer que se le aplicará sanción de 30 a 60 años de prisión y hasta mil quinientos días multa, al que prive de la vida a una mujer y no se concederá la libertad preparatoria a los sentenciados por feminicidio. Incorporar los capítulos denominados ¿De las obligaciones de los servidores públicos en la atención y protección a la víctima¿ y ¿De las Víctimas y Ofendidos de los Delitos y sus Derechos¿, con el objeto de establecer y regular las obligaciones y los derechos, tanto de los servidores públicos, como de las víctimas y ofendidos. Aprobada
con fecha 13-Diciembre-2011



Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2011
4   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley Federal de Extinción de Dominio, del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código Penal Federal; y expide la Ley Federal para la Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos por el Delito.


Adherente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2011

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de garantizar los derechos establecidos por el artículo 20, Apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a los derechos de las víctimas y ofendidos, así como regular las medidas de atención y protección a favor de las víctimas que han sufrido la comisión de un delito. Las medidas de atención y protección serán realizadas en los distintos ámbitos de competencia, por conducto de la Procuraduría General de la República y de los Tribunales; así como por las demás autoridades federales que en razón de sus atribuciones deban contribuir directa o indirectamente.
Ley de Amparo: Otorgar el derecho a la víctima o el ofendido de promover juicio de amparo contra lo actos o resoluciones del Ministerio Público o de la autoridad judicial que violen los derechos establecidos por el artículo 20, Apartado C, constitucional, relativos a los derechos de la víctima o del ofendido durante el proceso penal.
Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público: Incluir en la ley la regulación, administración y destino de los bienes objeto de la acción de extinción de dominio.
Ley Federal de Extinción de Dominio: Derogar el Fondo establecido y destinado a brindar apoyo económico a las Víctimas y Ofendidos por el Delito, para que sólo exista el Fondo creado por la nueva Ley Federal de Atención y Protección a las Víctimas y Ofendidos por el Delito.
Código Federal de Procedimientos Penales: Incluir en las etapas del procedimiento penal, que la declaración de la persona menor de edad tiene preferencia en el orden de desahogo de las pruebas que obran en la causa penal; así como que en las audiencias en que participen menores de edad se videograbarán, previa certificación del Secretario de Acuerdos correspondiente, y los medios de almacenamiento quedarán bajo resguardo del responsable de la Agencia del Ministerio Público y posteriormente del Juez.
Código Penal Federal: Incluir como delito a quien simule un acto jurídico, un acto o escrito judicial, su victimización o altere elementos de prueba y los presente en juicio, en el procedimiento que corresponda para dirimir un conflicto, controversia o reclamación, o realice cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad judicial o administrativa, con el fin de obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, imponiéndole una sanción de seis meses a seis años de prisión y de cincuenta a doscientos cincuenta días multa. El delito se perseguirá de oficio.
Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
5   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 10-Marzo-2011

Propone reformar, modernizar y actualizar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, destacando lo siguiente: Que el principio rector de las relaciones de laborales es el del trabajo digno, adoptado a nivel internacional y que comprende remuneración adecuada, diálogo y acuerdo tripartita, prestaciones justas, normas no discriminatorias, seguridad en el empleo, formación profesional continua, fortalecimiento sindical y negociación colectiva y empleo de calidad y en cantidad suficiente. Prohíbe cualquier forma de discriminación entre los trabajadores por motivo de origen étnico, sexo, edad, capacidades diferentes, doctrina política, condición social, religión, opiniones, estado civil o cualquier otra que atente contra los derechos humanos laborales. Regular el régimen de subcontratación. Eliminar la ¿tercería¿, los patrones que utilicen en sus empresas los servicios de trabajadores proporcionados por un intermediario serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con ellos. Otorgar el derecho al sindicato o los trabajadores para convenir con el patrón el desarrollo de labores conexas o complementarias a su labor principal, siempre que reciban el ajuste salarial correspondiente y para modificar el horario de trabajo en que se preste la jornada del trabajo. Incluir como relación de trabajo el de temporada, de capacitación inicial y periodo de prueba. Establecer que en caso de que se indemnice a los trabajadores será con base en su salario integrado; y si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, a que se le paguen salarios vencidos hasta por el término de un año, contado a partir de la fecha del despido. Incluir en las causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador al hostigamiento sexual o por exigirles comportamientos que menoscaben o vayan contra la dignidad del trabajador; así como causa de terminación de las relaciones de trabajo, la renuncia voluntaria del trabajador. Establecer que para la fijación del salario mínimo se tomará en consideración el Índice Nacional de Precios al Consumidor; el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón. Prohibir que a las mujeres se les solicite certificado de gravidez, para el ingreso, permanencia o ascenso, así como despedirla o coaccionarla por estar embarazada. Crear Comités Nacionales de Capacitación, Adiestramiento y Productividad como órganos auxiliares de la STPS y Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad en cada empresa, las cuales vigilarán la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores y sugerirán medidas tendientes a perfeccionarlos. Otorgar el derecho a las madres trabajadoras, que a solicitud expresa y previa autorización escrita del servicio de salud, a transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo. Y en el período de lactancia, hasta por el término máximo de seis meses, dos reposos extraordinarios por día, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el periodo señalado. Sancionar a toda persona moral o física que utilice servicios de menores en contravención de las normas establecidas. Definir al trabajador del campo como aquel que ejecuta habitualmente labores subordinadas propias de la agricultura, ganadería, forestal o mixta al servicio de un patrón y aquellos que tengan una permanencia continua de tres meses o más al servicio de un patrón, tienen a su favor la presunción de ser trabajadores de planta. Incluir como obligaciones del patrón la de proporcionar a los trabajadores en forma gratuita, transporte cómodo y seguro para traslados de las zonas habitacionales a los lugares de trabajo y viceversa; utilizar los servicios de intérpretes, cuando no hablen el idioma español; y proporcionar agua potable durante la jornada de trabajo. Otorgar el derecho a los trabajadores domésticos que habitan en el lugar donde prestan sus servicios, habitación cómoda e higiénica, alimentación sana y suficiente; reposos suficientes, un descanso mínimo diario nocturno de ocho horas consecutivas, ademásde un descanso mínimo de tres horas entre las actividades matutinas y vespertinas y un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, preferiblemente en sábado y domingo. Establecer que los bienes del sindicato son los que integran su patrimonio. En caso de disolución, si no hay disposición expresa en los estatutos, aquéllos pasarán al patrimonio de la Federación a la que pertenezca, a falta de ésta, a la Confederación a la cual estén agremiados, y a falta de ambas, al Instituto Mexicano del Seguro Social. Si los estatutos determinan que los bienes se repartirán entre los agremiados, se entiende por éstos a quienes estén en activo hasta un año antes de la disolución. Establecer que celebrado un contrato colectivo de trabajo que aglutine a todas las profesiones y oficios de los trabajadores sindicalizados de las empresas o establecimientos, no podrá dividirse este en contratos colectivos para cada gremio. Para mejorar la administración de la justicia laboral, se propone que los juicios no se prolonguen más de un año. Eliminar a las Juntas Federales y Locales de Conciliación. Establecer que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y las juntas locales cuenten con un servicio profesional de carrera, para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores públicos. Aumentar la edad de 25 a 30 años y haber obtenido de la autoridad competente la patente de ejercicio de licenciado en derecho para ser Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Modificar, los requisitos y obligaciones de los actuarios, secretarios, funcionarios conciliadores, secretarios auxiliares, secretarios generales de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y Presidentes de Junta Especial. incorporar expresamente en el trámite de juicio laboral el principio de la conciliación, durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, para intentar que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario, para que sólo sea de: conciliación, demanda y excepciones y, una segunda audiencia, de ofrecimiento y admisión de pruebas. Regular las pruebas sobre los documentos digitales, firmas electrónicas o contraseñas y, en general, sobre elementos aportados por los avances de la ciencia. Establecer un procedimiento sumario para tramitar los conflictos suscitados con motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones de vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 10-Marzo-2011
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. y 12 de la Ley de la Policía Federal.


Proponente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Crear a la Policía Fronteriza, como cuerpo especializado de la Policía Federal, la cual ejercerá sus atribuciones en las zonas fronterizas, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional y el espacio aéreo. Aprobada
con fecha 29-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2011
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 56 y 58 de la Ley Agraria.


Suscribe: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Prohibir la asignación de parcelas en aéreas de bosques y selvas. Prever que para la inscripción de parcelas en el Registro Agrario Nacional se deberá contar con la opinión de la autoridad competente en materia de protección del ambiente. Desechada
con fecha 1-Marzo-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 39 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.


Suscribe: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 17-Marzo-2011

Establecer que cuando le sea negado al usuario un crédito o servicio en razón de una información no actualizada, tenga la posibilidad de desvirtuar esa información exhibiendo los títulos de crédito y comprobantes con los que se acredite que ya cumplió con el pago de su deuda. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2011
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Suscribe: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Establecer que el salario del trabajador doméstico deberá ser cuando menos, el mínimo profesional del lugar en que labore y no considerar su alimentación y hospedaje en el salario integral. Otorgar el derecho a los trabajadores domésticos para prestar servicios por hora; las características de esta modalidad y el salario, serán determinadas en el contrato respectivo. Incluir en las obligaciones de los patrones, respetar los derechos humanos y los derechos laborales de los trabajadores domésticos, absteniéndose de todo maltrato, físico o emocional, de palabra o de obra, en su contra; la violación de esta obligación, se sancionará con las penas que establezca la ley; adoptar medidas de protección civil y de seguridad e higiene en el lugar donde vaya a prestar sus servicios el trabajador; capacitarle para el uso de aparatos, equipos e instalaciones de gas, electricidad, electrodomésticos, proporcionándole información sobre el uso de productos químicos de limpieza y, demás necesarios para el desempeño de su trabajo; y respetar la identidad cultural del trabajador doméstico indígena, su lengua, sus costumbres, su ropa, su participación en actividades comunitarias. Establecer que los trabajadores domésticos podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio del Seguro Social, mediante su incorporación voluntaria, conforme a los convenios que celebre el patrón con el IMSS. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 41 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2011

Facultar al Instituto Federal Electoral para que a través de su Consejo General, organice y supervise los procedimientos de revocación de mandato de los funcionarios federales de elección popular. Revocar el mandato al Presidente de la República, diputados federales, senadores, gobernadores de las entidades federativas, diputados locales, presidentes municipales, regidores, síndicos, al jefe de gobierno y jefes delegacionales del Distrito Federal, cuando así lo determinen por mayoría absoluta de votos válidos, los ciudadanos de la demarcación por la que fueron electos. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Mayo-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2011
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Suscribe: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 31-Marzo-2011

Considerar como servidores públicos a quién desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y en los organismos a los que la Constitución otorgue autonomía. Definir los conceptos de servidores públicos electorales y administradores de recursos de los partidos políticos. Aumentar las penas de delitos en materia electoral de cien a doscientos días multa y prisión de 1 a 6 años, para quedar de cien a trescientos días multa y prisión de 3 a 7 años. Aumentar la pena mínima prisión de uno a tres años, al servidor público que condicione la prestación de un servicio público; el cumplimiento de programas gubernamentales federales, estatales o municipales que hayan sido financiados con recursos provenientes del Presupuesto de Egresos de la Federación; el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, a la emisión del sufragio a favor de un precandidato o coalición; coaccione a sus subordinados para que asistan a actos de precampaña o campaña; o bien produzcan o difundan propaganda relacionada con algún precandidato, candidato, partido político o coalición. Aumentar la pena de setenta a doscientos días multa y prisión de tres a siete años, para quedar de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de 4 a 8 años a quien por cualquier medio altere el Registro Federal de Electores; proporcione documentos o información falsa al Registro Federal de Electores; altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal, archivos computarizados, relativos al Registro Federal de Electores y altere o falsifique una o más credenciales para votar con fotografía o documentos públicos electorales. Considerar como delitos graves las operaciones con recursos de procedencia ilícita en materia electoral relacionados con la delincuencia organizada. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 31-Marzo-2011
12   Proyecto de decreto que expide la Ley que crea la Comisión Nacional para la Cultura de Paz y la Noviolencia.


Suscribe: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 7-Abril-2011

Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto la promoción, estudio, aplicación y divulgación de una cultura de paz, así como de igualdad, justicia, democracia, tolerancia, cooperación, solidaridad y prevención de la violencia social y de género. Crear la Comisión Nacional para la Cultura de Paz y la No Violencia, la cual tendrá competencia en todo el territorio nacional, para coordinar, promover, analizar, asesorar, implantar, difundir, mediar, elaborar, concertar, definir, diseñar, auxiliar e impulsar y divulgar la cultura de paz y la no violencia. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 5-Abril-2011
13   Proyecto de decreto que reforma el artículo 14 Bis de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo.


Proponente: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2011

Establecer que los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos no podrán otorgar contratos cuando la propuesta de ubicación para la nueva estación de servicio se encuentre a una distancia menor de 2000 metros de una estación preexistente. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Septiembre-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011
14   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Suscribe: Zamora Jiménez Arturo (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2011

Crear el Fondo de Aportaciones para la Cohesión Social y el Impulso Productivo para la Equidad Territorial, el cual se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente al 2.0% de la recaudación federal participable. Establecer la formula por la cual el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, distribuirá el Fondo entre las entidades federativas. Establecer que las aportaciones federales que con cargo al Fondo reciban las entidades federativas, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras orientados a la construcción, preservación y recuperación de infraestructura económica y productiva en las zonas y localidades de mayor rezago y carencia social del país. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social, para que en coordinación con las entidades federativas, integre el Inventario Nacional de Proyectos del Fondo; así como para emitir anualmente los lineamientos generales de operación de dicho fondo. Establecer que las entidades federativas conformarán un Comité Estatal para la Cohesión Social que establecerá la Estrategia de Desarrollo Territorial de las regiones o zonas de atención prioritaria, que contendrá la cartera de proyectos de inversión y su prioridad, el establecimiento de metas y resultados, así como el periodo de su cumplimiento. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2011