INICIATIVAS PRESENTADAS POR DIPUTADO
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 23-Febrero-2010

Transformar al Servicio de Administración Tributaria como organismo público autónomo con el carácter de autoridad administrativa fiscal, con el objeto de aplicar la legislación fiscal y aduanera, a fin de que las personas físicas y morales contribuyan al gasto público y ejecutar acciones para fiscalizar a los contribuyentes, el cual estará a cargo de un Presidente y contará con una Junta de Gobierno integrada por 6 miembros, quienes serán removidos únicamente por causa grave. Facultar a la Cámara Diputados para designar al Presidente de dicho organismo a propuesta de los grupos parlamentarios, quien durará en el encargo seis años. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 18-Febrero-2010
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 25-Febrero-2010

Establecer que el Presidente de la República podrá ser sujeto de Revocación del Mandato, por: actos u omisiones contrarios a la Constitución Federal y leyes federales; el manejo indebido de fondos y recursos federales; o la comisión de delitos graves. Legitimar a: cualquier ciudadano con causa fundada y motivada; la mayoría de integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, los gobernadores y Jefe de Gobierno del Distrito Federal; o el 25% de los municipios del país, para solicitar dicha revocación. Establecer el procedimiento mediante el cual se llevará a cabo la revocación. Eliminar los supuestos por los que podrá ser acusado el Presidente ¿traición a la patria y delitos graves del orden común¿. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2010
3   Proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción I del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 2-Marzo-2010

Establecer que los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, durarán en su cargo un periodo ¿mínimo¿ de cuatro años. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 2-Marzo-2010
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 9-Marzo-2010

Exentar del pago del impuesto predial a los bienes de dominio público de la Federación, de los estados o los municipios, que exclusivamente estén destinados a universidades, escuelas, bibliotecas, hospitales, clínicas de salud y zonas arqueológicas, con la aprobación de las legislaturas locales. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2010
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 16-Marzo-2010

Transformar a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en organismo público autónomo, con autonomía de gestión y presupuestal para la consecución de su objeto y de autonomía técnica para dictar sus resoluciones, que tendrá como objetivo garantizar el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden Federal, mediante la asesoría, representación y defensa, recepción de quejas y emisión de resoluciones que tendrán el carácter de vinculantes para las autoridades fiscales. La Procuraduría tendrá como órgano de gobierno a un cuerpo colegiado que se integrará por el procurador y seis consejeros independientes cuyo nombramiento lo hará el Senado de la República o, en su caso, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, de entre la terna que someta a su consideración las fracciones parlamentarias de la Cámara de Diputados, los cuales durarán en su encargo cuatro años y el primero podrá ser ratificado por el Senado a solicitud de la Cámara de Diputados sólo para un segundo periodo y ambos sólo podrán ser removidos por causa grave, estando sujetos a lo dispuesto en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establecer que las atribuciones, facultades ejecutivas, de operación y requisitos para el personal que integre la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente estarán determinadas por la ley orgánica respectiva. Establecer que las resoluciones que emita la Procuraduría, tendrán el carácter de vinculantes para las autoridades fiscales y deberán ser publicadas. Facultar a la Procuraduría para ejercitar Acciones de Inconstitucionalidad en materia fiscal. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2010
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 18-Marzo-2010

Otorgar a los municipios la posibilidad de percibir los ingresos derivados de las multas que imponen las autoridades federales con motivo de infracción a las Leyes de Vías Generales de Comunicación y Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Estos ingresos, se destinarán al municipio en donde se efectúe el pago sin importar el domicilio del infractor. La recaudación de las multas deberá realizarse por las oficinas del municipio que corresponda, obteniendo el pago voluntario del infractor o coactivamente a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, en los términos de la legislación fiscal aplicable. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 18-Marzo-2010
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 23-Marzo-2010

Ampliar el periodo de ejercicio de los diputados federales y locales de tres a seis años. Establecer que los diputados asignados por el principio de representación proporcional deberán ser sustituidos o ratificados al concluir los tres primeros años de la legislatura, conforme a nuevas listas regionales presentadas por los partidos políticos al Instituto Federal Electoral o al Órgano Electoral Local, sin que para esto, medie proceso electoral alguno. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2010
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 7-Abril-2010

Establecer que si los adolescentes cometieren los delitos graves de homicidio calificado, contra la salud, secuestro, violación y robo calificado, se les aplicará la medida de internamiento, cuya duración no será mayor del mínimo de la pena prevista para tales delitos. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2010
9   Proyecto de decreto que reforma los artículos 139 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 13-Abril-2010

Incluir de manera específica la atribución de los municipios para participar de la recaudación de las contribuciones del régimen de "pequeños contribuyentes". Atribuir a los municipios la participación del 100% de la recaudación que se obtenga de los contribuyentes que tributen en la Sección Tercera (Del Régimen de Pequeños Contribuyentes) del Capítulo VI del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta que a partir del 1 de enero de 2000 se incorporen al Registro Federal de Contribuyentes. Establecer que en el caso de que existan municipios que no hayan celebrado los instrumentos de coordinación con la Federación para ejercer estas atribuciones, se puede convenir entre la Federación y las entidades federativas, tal participación, en cuyo caso, los estados participarían con 50% y los municipios con el otro 50% de dicha recaudación. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 13-Abril-2010
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Facultar a la Comisión Permanente para designar a los ministros y aprobar o denegar las licencias de éstos. Facultar a la Suprema Corte de Justicia para nombrar a los ministros y someter la terna a consideración del Senado, la cual la integrará tomando en consideración las propuestas de candidatos que surjan de entre los miembros de la propia judicatura, de las facultades, escuelas e institutos de derecho, así como de las asociaciones, barras y colegios de abogados del país. Si el Senado rechazara en su totalidad la terna, la Suprema Corte someterá una nueva. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010
11   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad.


Suscribe: Fayad Meneses Omar (PRI)
Fecha de presentación: 28-Abril-2010

Definir el concepto de ajustes razonables, comunicación, discriminación por motivos de discapacidad, diseño universal y de educación inclusiva y especial. Modificar el nombre del ¿Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad¿ por el de ¿Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad¿. Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Prever que los derechos que establece esta ley serán reconocidos a todas las personas sin discriminación jurídica o económica, apariencia física, características genéticas, diversidad sexual, embarazo, identidad o filiación política, lengua, situación migratoria. Establecer los principios de igualdad de oportunidades, el respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad, el derecho a preservar su identidad, el respeto por la diferencia, la transversalidad, la transparencia y la continuidad. Atribuir al Titular del Poder Ejecutivo Federal, garantizar la consulta y participación de las personas con discapacidad y las organizaciones, en la elaboración y aplicación de legislación, políticas y programas, incluyendo la colaboración de personas físicas o morales, públicas, privadas o sociales, así como la participación de las personas con discapacidad y las organizaciones en la elaboración de los informes que el propio Ejecutivo debe presentar a la Organización de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales, relacionados con la materia y los derechos humanos. Garantizar por parte de la Secretaría de Salud a la población con discapacidad su derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, rehabilitación y habilitación sin discriminación por motivos de discapacidad, considerando criterios de calidad, especialización, género, gratuidad o precio asequible. Incorporar de forma gratuita al Seguro Popular a la población con discapacidad. Prohibir cualquier tipo de discriminación contra las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida, siendo responsabilidad de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas garantizar y vigilar la debida protección y sancionar el incumplimiento de este derecho. Modificar el Capítulo II ¿Del Trabajo y la Capacitación¿, por el de ¿Trabajo y Empleo¿. Garantizar por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social el derecho al trabajo y empleo de las personas con discapacidad. Incorporar en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología lineamientos que permitan la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones de diseño universal. Establecer que los estudiantes y profesionistas podrán cumplir con el requisito del servicio social, prestando apoyo a estudiantes o personas con discapacidad. Reconocer el sistema braille, los modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales. Establecer que será responsabilidad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y demás autoridades competentes del sistema financiero mexicano, garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso en igualdad de circunstancias y condiciones a los servicios que ofrecen las instituciones bancarias y demás entidades parte del sistema financiero mexicano. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantizará el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, que contribuyan a su independencia y desarrollo integral; la Secretaría de Desarrollo Social, garantizará un mayor índice de desarrollo humano para ellas y sus familias, incluyendo alimentación, vestido y vivienda adecuados y a la mejora continua de sus condiciones de vida, sin discriminación por motivos de discapacidad; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, garantizará que el Censo Nacional de Población incluya lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad; el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, garantizar el reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas mexicana y la cultura de los sordos, entre otras; la Secretaría de Turismo garantizará el derecho para acceder y disfrutar de los programas y servicios turísticos, recreativos y de esparcimiento, adaptación y accesibilidad de las instalaciones de servicios que comprenden la infraestructura para el turismo nacional. Establecer los lineamientos generales del Programa Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, sus órganos de administración y actualizar su integración. Modificar el Capítulo II ¿Del Consejo Consultivo para las Personas con Discapacidad¿ por el ¿De la Asamblea Consultiva¿ y establecer sus funciones, órganos de vigilancia y las prevenciones generales. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2010



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2010