INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentó Dip. José francisco Javier Landero Gutiérrez (PAN), a nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte.
Fecha de presentación: 28-Septiembre-2010

Reestructurar el contenido del Premio Nacional de Deportes para premiar a los principales actores del ámbito deportivo, esto es, a deportistas profesionales, deportistas no profesionales y deportistas paralímpicos; se crea el Premio Nacional de Mérito Deportivo, para premiar a entrenadores, a quienes de manera destacada fomentan, protegen o impulsan la práctica de los deportes y a quienes tengan una actuación y trayectoria destacada en el deporte mexicano. Adicionar el Capítulo IX Bis, relativo al Premio Nacional de Mérito Deportivo, a efecto de definir los alcances y características de cada uno de los premios y sobre todo de quienes serán acreedores de ellos. Asimismo, se crea el Capítulo IX Ter, en el que se establecen las disposiciones comunes que regirán para ambos premios nacionales, a efecto de armonizar las disposiciones y hacerlas más claras y sencillas. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 28-Septiembre-2010
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 104 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentó el Dip. Manuel Jesús Clouthier Carrillo (PAN), a nombre propio y de diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 5-Octubre-2010

Establecer que el titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, además de cumplir con los requisitos que marca la Ley, deberá contar con la recomendación de alguna institución pública de educación superior y será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 5-Octubre-2010
3   Proyecto de Decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 66 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentó la Dip. Margarita Liborio Arrazola (PRI), a nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión Especial para la Familia.
Fecha de presentación: 6-Octubre-2010

Crear la Comisión Ordinaria de Asuntos Familiares de la Cámara de Diputados. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 5-Octubre-2010
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Planeación.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentó Dip. Rodrigo Pérez-Alonso González (PVEM) a nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión Especial de Acceso Digital.
Fecha de presentación: 19-Octubre-2010

Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para disponer lo necesario para que los ciudadanos tengan a su alcance, a través de tecnologías de la información y la comunicación, las convocatorias e información relativa a los programas y proyectos de la Administración Pública Federal. Incluir por parte del Ejecutivo Federal acciones transversales en materia de tecnologías de la información y la comunicación dentro de los programas sectoriales e impulsar el desarrollo, organización, ejecución y seguimiento de un programa especial en la materia. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 19-Octubre-2010
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para el Desarrollo de Microrregiones.
Fecha de presentación: 30-Noviembre-2010

Crear la Comisión Ordinaria de Desarrollo Regional de la Cámara de Diputados. Desechada (art. 89)
con fecha 27-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2010
6   Proyecto de decreto que reforma el artículo 18 y adiciona un artículo 138 Bis a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentó: Dip. Esthela Damián Peralta (PRD), a nombre propio y de diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2010

Añadir en las prestaciones otorgadas por la Ley, becas de manutención, colegiatura y especial. Facultar al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para otorgar a los hijos de los militares dichas becas educativas. Los recursos para el otorgamiento de las becas de colegiatura de escuelas particulares y especiales, serán proporcionados por el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los presupuestos que anualmente se autoricen a las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, y lo correspondiente a la beca manutención en escuelas oficiales, al presupuesto de Educación Pública. Aprobada
con fecha 16-Febrero-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2010
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentó: Dip. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI), a nombre propio y de diputados de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Establecer que todas las personas tienen derecho a la ciudad, bajo principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justicia social, así como el derecho a disfrutar de vivienda adecuada en superficie, localización, accesibilidad y seguridad. La planeación será participativa, integral y de largo plazo, mediante la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y contendrá una perspectiva del desarrollo nacional y regional, que impulse el ordenamiento territorial productivo, igualitario y sustentable. Establecer que la nación tendrá el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, preservando su función social y estableciendo los derechos y deberes de su uso y aprovechamiento, para lograr el desarrollo sustentable y el ordenamiento del territorio, así como dictar medidas enfocadas al crecimiento de las regiones y zonas metropolitanas. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia de los tres órdenes de gobierno y del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, desarrollo metropolitano, derecho a la ciudad y vivienda; así como la concurrencia de los tres órdenes de gobierno, en materia de planeación del desarrollo nacional, regional, económico y social. Los municipios deberán formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, en estricta congruencia con los planes estatales, regionales y metropolitanos; participar, en coordinación con el Gobierno Federal y el de las entidades federativas, en la formulación y aprobación de los planes regionales y metropolitanos, conforme a los cuales se dará la ordenación y regulación del desarrollo urbano en sus jurisdicciones, así como crear de manera conjunta y coordinada organismos públicos cuyo objeto sea la planeación, financiamiento y ejecución, de planes, programas, funciones y servicios públicos para el ordenamiento territorial y el desarrollo sustentable de la zona metropolitana. Facultar a los estados para celebrar convenios entre sí o con los municipios, a efecto de incluir los elementos para planear e impulsar las inversiones, acciones, obras o servicios para la planeación y desarrollo de las regiones y de las zonas metropolitanas. Aprobada
con fecha 27-Abril-2011



Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2010
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, Federal de Procedimientos Civiles, y Penal Federal, así como de las Leyes Federal del Trabajo, y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por integrantes de la Comisión Especial para la Familia.
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2010

Crear el Registro Público Federal de Deudores Alimentistas, con el objeto de registrar y hacer públicos, los datos de los deudores alimentistas que proporcionen los cónyuges, concubinos, particulares, los acreedores alimenticios, los que tienen derecho de pedir el aseguramiento de los alimentos, así como todas aquellas personas que sepan del incumplimiento de tal obligación, para lo cual se coordinará con las entidades federativas y del Distrito Federal, Juzgados Familiares, dependencias públicas, privadas e informales del comercio, así como con los lugares donde se presuma se encuentren laborando dichos deudores, con el propósito de tener los datos de solvencia económica para que el deudor alimenticio cumpla con su obligación. Establecer que cuando el acreedor alimentista, el tutor o representante legal del acreedor o acreedora proporcionen informes de mala fe, perderán su derecho a intentar que el deudor cumpla con la obligación de dar alimentos, obligándose a responder por la reparación del daño causado. Facultar al juez de lo familiar de las entidades federativas o del Distrito Federal, para intervenir de oficio en los asuntos que afecten a la familia, especialmente, tratándose de menores, de alimentos y de cuestiones relacionadas con violencia familiar. Sancionar a quien sin motivo justificado incumpla con la obligación de dar alimentos imponiéndole de uno a seis años de prisión o de mil a dos mil días multa, los cuales, serán para el acreedor alimentario, además, de la privación de los derechos de familia. Obligar a los trabajadores a informar de las deudas o incumplimiento de obligaciones alimenticias, a efecto, de que éstos, informen a la autoridad o lo inscriban al Registro Público Federal de Deudores Alimentistas, la omisión de tal acto, lo hará acreedor a un despido justificado sin responsabilidad para el patrón y éste, a su vez, entregará todo o parte de su liquidación al acreedor alimentista. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



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