INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentada por el Dip. Alberto Emiliano Cinta Martínez (PVEM) a nombre propio y suscrita por integrantes de la Comisión Especial para la Competitividad.
Fecha de presentación: 2-Febrero-2012

Modificar la denominación de Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por Secretaría de la Función Pública. Aplicar a la materia fiscal las disciplinas de la mejora regulatoria. Precisar que los titulares de los órganos administrativos desconcentrados deberán designar a un servidor público encargado del proceso de mejora regulatoria. Prever que las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, así como los órganos administrativos desconcentrados, sometan a la aprobación de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) sus programas bienales de mejora regulatoria. Facultar a la COFEMER para establecer oficinas regionales que brinden atención y apoyo técnicos en materia de mejora regulatoria a las autoridades locales que así lo soliciten y prever que deben presentar dentro de los primeros tres meses de cada año un plan de revisión del marco regulatorio nacional vigente. Definir un plazo de 5 días hábiles para que la COFEMER resuelva sobre las solicitudes de exención de presentación de la manifestación de impacto regulatorio cuando los anteproyectos regulatorios no impliquen costos de cumplimiento para los particulares. Otorgar el carácter de definitivo los dictámenes parciales o totales de la COFEMER. Obligar a la COFEMER a emitir lineamientos generales que definan las reglas y criterios a los que habrán de sujetarse la elaboración, presentación, estudio y dictamen de las manifestaciones de impacto regulatorio. Ampliar el número de integrantes del consejo de la COFEMER con las siguientes Secretarías: de Comunicaciones y Transportes, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Salud, de Energía, de Educación Pública, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y como invitados permanentes del Consejo A los titulares de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, de la Comisión Nacional Bancaria de Valores, de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, entre otros. Ampliar los requisitos existentes para ser designado como Director General de la COFEMER. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2011
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presenta la Dip. Esthela Damián Peralta (PRD) y suscrita por integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Fecha de presentación: 2-Febrero-2012

Facultar al Congreso para expedir leyes de carácter general para regular la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización. Facultar a la Cámara de Diputados para verificar el cumplimiento de las metas contenidas en los programas. La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada a la Cámara de Diputados a más tardar el último día hábil del mes de febrero del año siguiente en lugar del 30 de abril. Cambiar la denominación de Informe del Resultado por Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior. La Cámara concluirá la revisión de la Cuenta Pública a más tardar el 15 de noviembre del año de su presentación en lugar del 30 de septiembre. La Entidad de Fiscalización Superior de la Federación podrá iniciar el proceso de fiscalización a partir del primer día hábil del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal, podrá realizar revisiones preliminares y solicitar información del ejercicio en curso; de igual forma, podrá realizar evaluaciones preliminares a través de los informes trimestrales que el Ejecutivo Federal entregue al Congreso de la Unión y solicitar información del ejercicio en curso, pudiendo emitir recomendaciones y sugerencias de carácter preventivo. Aprobada
con fecha 25-Abril-2012



Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2012
3   Proyecto de decreto que expide la Ley de Coordinación sobre el Patrimonio Cultural Inmaterial.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presenta la Dip. Kenia López Rabadán (PAN) y suscrita por integrantes de la Comisión de Cultura.
Fecha de presentación: 2-Febrero-2012

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de que la Federación, las entidades federativas y los municipios deberán proveer en su legislación el reconocimiento del carácter pluricultural y heterogéneo de la sociedad mexicana; el de su diversidad cultural como expresión de originalidad, innovación y creatividad de sus comunidades o grupos culturales; asimismo, que la igualdad positiva y el respeto a toda cultura o expresión cultural es de interés público, eliminar toda forma discriminatoria o que reconozca diferencias valorativas o de privilegio entre sus diversas comunidades culturales o bien de preeminencia de una cultura sobre otra. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Agosto-2012



Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2011
4   Proyecto de decreto por el que reforma el artículo 17 de la Ley Agraria.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presentada por la Dip. Oralia López Hernández (PRI), a nombre propio y de los Dips.Julián Francisco Velázquez y Llorente, María Hilaria Domínguez Arvizu y Víctor Manuel Anastasio Galicia Ávila, (PRI) (PAN).
Fecha de presentación: 21-Febrero-2012

Prever que los derechos sobre la parcela son indivisibles, por lo que su titular podrá designar sucesor libremente de acuerdo con su voluntad. Establecer que en caso de que el ejidatario sea titular de dos o más parcelas, podrá formular una lista de sucesión para cada una de ellas, entendiéndose que hereda los derechos inherentes a su calidad de ejidatario con relación a cada parcela. Prever la obligación de los herederos a dar alimentos a los dependientes del fallecido. Establecer que el fedatario público dará aviso de la lista de sucesión al Registro Agrario Nacional en la entidad que corresponda dentro de los 30 días naturales siguientes. Prever que el sucesor designado como preferente que no se encuentre en posesión de la parcela deberá reclamar su derecho ante los tribunales competentes en un plazo no mayor de 3 años siguientes al fallecimiento del titular. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 21-Febrero-2012
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 14 bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por los Dips.Felipe de Jesús Cantú Rodríguez (PAN), Eduardo Mendoza Arellano (PRD) y Eduardo Alonso Bailey Elizondo (PRI).
Fecha de presentación: 8-Marzo-2012

Considerar que los contratos de franquicia que suscribe Pemex deberán obedecer el contenido de la Ley de la Propiedad Industrial. Establecer que para la suscripción de contratos de franquicias, los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos tomarán en cuenta los criterios de seguridad, protección ambiental, protección civil, así como la promoción de la libre competencia y libre concurrencia. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 8-Marzo-2012
6   Proyecto de decreto para que se coloque un busto con la efigie del General Ignacio Zaragoza y una placa conmemorativa del 150 aniversario de la Batalla de Puebla, en el patio central de este recinto Legislativo.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presenta Dip. María Isabel Merlo Talavera a nombre propio y de los integrantes de la Comisión Especial para Conmemorar el 150 Aniversario de la Batalla de Puebla, realizada el 5 de mayo de 1862.
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012

Colocar en el patio central del Palacio Legislativo un busto con la efigie del general Ignacio Zaragoza y una placa conmemorativa del 150 aniversario de la Batalla de Puebla Pendiente


Publicación en Gaceta: 15-Marzo-2012
7   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 29 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presenta Dip. María teresa Rosaura Ochoa Mejía (MC), a nombre propio y de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.
Fecha de presentación: 22-Marzo-2012

Establecer que es obligatoria la rendición de cuentas públicas sobre los recursos y subvenciones que reciben los grupos parlamentarios. Para tal fin, cada Grupo Parlamentario destinará un porcentaje de la ayuda económica que le es entregada para la creación y mantenimiento de una unidad de enlace encargada de proponer los procedimientos internos que aseguren una efectiva rendición de cuentas; cada Grupo Parlamentario deberá presentar cuatrimestralmente, en forma detallada, su cuenta de gastos, a través de la cual dará a conocer: el directorio de su personal de carácter transitorio, así como las remuneraciones que reciben; las erogaciones que destina a la seguridad social; y las contrataciones o compras que hayan realizado en los rubros materiales y suministros, servicios generales, bienes muebles, inmuebles e intangibles, inversión pública e inversiones financieras y otras provisiones. En caso de que no se cumpla con dichas disposiciones, les serán retenidos las subvenciones en tanto no se subsane la falta. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2012
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para la Competitividad.
Fecha de presentación: 27-Marzo-2012

Incluir mayores elementos en la realización de estudios de mercado que contribuyan al diseño de la licitación, tales como la posibilidad de acceso a bienes o servicios sustitutos; antecedentes de subcontrataciones de los posibles proveedores, sus precios y costos; experiencias de otros compradores del sector público para productos o servicios iguales o similares; información acerca de las características de ofertas anteriores; investigar cuáles empresas, que ofrecen el bien o servicios a licitar, han sido acusadas o sancionadas por parte de alguna dependencia o entidad de la administración pública federal, estatal o municipal, así como la metodología empleada para determinar el precio máximo de referencia. Facultar a la Secretaría de la Función Pública para implementar un programa periódico de capacitación a los servidores públicos para la elaboración de estudios de mercado, así como para la identificación de indicios que permitan suponer la existencia de prácticas monopólicas absolutas en las licitaciones. Concluido el proceso de licitación, las investigaciones de mercado deberán publicarse a través de las páginas de Internet respectivas. Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 27-Marzo-2012
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal sobre Metrología y Normalización, y de Aguas Nacionales.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presenta Dip. Óscar Javier Lara Aréchiga (PRI), a nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos.
Fecha de presentación: 17-Abril-2012

Ley Federal sobre Metrología Normalización: Facultar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, según su ámbito de competencia para verificar que las Normas Mexicanas no afecten el interés público o se conviertan en barreras a la entrada de nuevos participantes en las actividades económicas o que creen privilegios exclusivos para algunos agentes económicos. Establecer que en ausencia de las normas oficiales mexicanas, se atenderá a las normas internacionales o aquellas establecidas con base en las reglas generales determinadas en los tratados de los que México sea parte.
Ley de Aguas Nacionales: Establecer que en la construcción de obras hidráulicas en el país, los usuarios deberán observar, en su caso, lo dispuesto por las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de estas, las normas internacionales o aquellas establecidas con base en las reglas generales determinadas en los tratados de los que México sea parte.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 17-Abril-2012
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presenta: Dip. Manuel Cadena Morales (PRI), a nombre de diputados integrantes de las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia.
Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Código Penal Federal: Establecer los delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos. Sancionar al servidor público que en ejercicio o con motivo de sus funciones prive de la vida a otro se le impondrá la pena de 30 a 60 años de prisión, así como con la destitución y/o inhabilitación de 8 a 20 años del empleo cargo o comisión.
Código Federal de Procedimientos Penales: Prever la garantía de no revictimización y garantías para declaración o identificación. Considerar como delitos graves, los delitos contra la administración de justicia.
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos: Considerar como obligación del servidor público, promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.
Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado: Considerar como finalidad de Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, fijar las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la reparación de daño a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012
11   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 310 Bis al Código Penal Federal y expide la Ley General para la Prevención, Atención, Erradicación y Sanciones del Maltrato hacia Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Presenta: Dip. María Joann Novoa Mossberger (PAN) a nombre de integrantes de la Comisión Especial para la Niñez.
Fecha de presentación: 25-Abril-2012

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer la concurrencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, para prevenir, atender, erradicar, y sancionar el maltrato hacía niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de la Niñez. La niñez tiene el derecho a ser protegida contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o que se menoscabe cualquiera de sus derechos. De manera especial se les protegerá cuando se vean afectados por: el descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual; la explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata; y conflictos armados, en situación de calle o mendicidad, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento para que participen en conflictos armados. Prohibir todos los tipos de maltrato o castigos corporales aplicados a la niñez, que en ninguna circunstancia serán considerados como corrección disciplinaria. Crear la Comisión Nacional contra el Maltrato hacia Niñas, Niños y Adolescentes, como una unidad administrativa a cargo de la Secretaría de Gobernación, cuyo objeto será brindar atención oportuna e integral a las víctimas de maltrato hacia la niñez, en coordinación con instituciones especializadas, en términos de la normativa aplicable; coadyuvar al eficaz desempeño de las autoridades con competencia en esta materia, y diseñar y ejecutar políticas, programas y esquemas de colaboración y coordinación interinstitucional de atención a la niñez, víctimas de maltrato. La Comisión dependerá de la estructura y presupuesto del Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de la Secretaría de Gobernación.
Código Penal Federal: Imponer de doce a cuarenta y dos años de prisión, al que con motivo de maltratos hacia niñas, niños y adolescentes cause homicidio de un menor. Si lo causado fueren lesiones, la pena se aumentará hasta en dos terceras partes de la que correspondería por su comisión. Al que tenga conocimiento de la existencia de un caso de maltrato de un menor y no haga la denuncia correspondiente se le impondrá de cinco a diez años de prisión.
Desechada (art. 89)
con fecha 16-Julio-2012



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2012
12   Proyecto de decreto que adiciona los artículos décimo y undécimo transitorios a la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Diputados integrantes de la Comisión Especial de Seguimiento a los Fondos Aportados por los ex Trabajadores Mexicanos Braceros
Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Facultar al Comité Técnico del Fideicomiso para expedir, con cargo al patrimonio del fideicomiso, una convocatoria, la cual deberá publicitarse a través del Diario Oficial de la Federación por un periodo de cinco días hábiles consecutivos, así como tener una amplia difusión en los medios de comunicación que determine dicho Comité, incluyendo los tiempos oficiales de los que dispone el Estado. Dentro del plazo de dos meses contados a partir del quinto día hábil de la última publicación de la convocatoria, los interesados podrán acudir a las mesas receptoras para presentar la documentación. Al finalizar dicho plazo, el Comité Técnico integrará un registro de las personas que presentaron la documentación respectiva; asimismo, autorizará los apoyos de quienes hayan cumplido con los requisitos y condiciones, y publicará en el Diario Oficial de la Federación la lista de beneficiarios que recibirán el apoyo social. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 27-Abril-2012
13   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Integrantes de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Fecha de presentación: 30-Abril-2012

Establece las disposiciones generales referentes a la integración, facultades y funcionamiento de la Comisión Permanente; determina que lo no previsto en la ley, podrá ser regulado por disposiciones complementarias, así como los procedimientos especiales no previstos por la ley. Aborda la integración, facultades y funcionamiento de la Mesa Directiva sobre el cual hay que destacar que retoma la práctica parlamentaria plasmada en los acuerdos parlamentarios que se aprobaban de receso en receso. Se refiere al órgano máximo de decisión de la Comisión Permanente, que es el Pleno; en ese contexto se aborda lo correspondiente al salón de sesiones, a los días y horas de las sesiones, a la asistencia y el quórum para el inicio de las mismas, al procedimiento para la integración del orden del día, al uso de la palabra de los legisladores en tribuna y sus tiempos, a las características que reviste el debate en el Pleno, a las votaciones y a las formas para realizar las mociones que requieran en el desarrollo de la sesión o en la discusión de un asunto. Así como regular el trabajo de los legisladores en el Pleno, en donde se establecen las normas para procesar las iniciativas que se presentan, las proposiciones con punto de acuerdo, los dictámenes de las comisiones de trabajo y en su caso, las demás solicitudes que se presenten. Cabe mencionar que este título tiene como fundamento el acuerdo parlamentario relativo a las sesiones y al orden del día, que los integrantes de la Comisión Permanente retomaban a efecto de complementar la normatividad del Congreso de la Unión. Finalmente se regula la integración de las comisiones de trabajo, así como sus facultades y obligaciones. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2012