DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
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Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que garantizan los derechos de los usuarios de la Compañía Mexicana de Aviación y sus filiales, en relación a la venta de boletas anterior al proceso de quiebra.(PROTECCIÓN DE LOS USUARIOS)


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Septiembre-2011
- Comunicaciones
- Transportes

Fecha de dictamen:
27-Septiembre-2011

Expedir un decreto específico para garantizar los derechos de los usuarios de Compañía Mexicana de Aviación y sus filiales que adquirieron boletos antes del inicio del proceso de quiebra. Establece que la Procuraduría General de la República recibirá las denuncias penales que le presente la Procuraduría Federal del Consumidor y conforme a sus atribuciones de investigación, en caso de ser procedente, solicitará a la autoridad competente que se determinen las medidas que sean jurídicamente aplicables, para garantizar los derechos de los usuarios que adquirieron boletos a la Compañía Mexicana de Aviación. Asimismo, faculta a la Secretaría de Economía, a la Procuraduría Federal del Consumidor y a la Procuraduría General de la República, para imponerse y compulsar documentos e información de lo que conste en el procedimiento de quiebra y suspensión de pagos y en general de los procedimientos derivados del Concurso. La Secretaría de Economía conforme a los procedimientos aplicables, determinará el monto a resarcir a los usuarios que adquirieron boletos así como el procedimiento para hacer efectivo el reembolso o la utilización o intercambio de dichos boletos con la propia compañía o con otra compañía de transportación aérea, en coordinación con la Procuraduría Federal del Consumidor. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Tomás Torres Mercado (PRD) el 2 de septiembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 93 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2010.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 27 de septiembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 390 votos en pro y 2 abstenciones.

6. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. El Ejecutivo Federal remitió observaciones al Decreto a la Cámara de Senadores (cámara de origen) el 3 de noviembre de 2011. Se turnaron a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.