DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma la denominación del capítulo I del título decimoquinto y el artículo 259 Bis del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Febrero-2011
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Marzo-2014
- Justicia

Fecha de dictamen:
22-Febrero-2011

Aprobación en el Senado:
11-Marzo-2014

Establecer que el asedio será sancionado cuando se realice con la amenaza de causar a la víctima un mal relacionado con respecto a la actividad que los vincule, sea laboral, docente, doméstica o de cualquier otra índole, con una sanción de 6 meses a 2 años de prisión y de 120 a 200 días multa; cuando se valga de su posición jerárquica será de 8 meses a 3 años de prisión y de 40 a 80 días multa; y si fuese servidor público se le destituirá de su cargo y se le inhabilitará por el mismo término de la pena de prisión impuesta. La pena se aumentara hasta en una mitad cuando se cometa contra persona menor de 18 años, no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo. 1. Iniciativas presentadas por el Dip. Eduardo Ledesma Romo (PVEM) el 26 de mayo de 2010 y el 23 de noviembre de 2010.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 22 de febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 414 votos en pro y 1 abstención.

3. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de febrero de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de marzo de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos a favor.(LXII)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.