DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que expide la Ley de Almacenamiento Rural y reforma los artículos 98, 99 y 100 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2011
- Agricultura y Ganadería
- Desarrollo Rural

Fecha de dictamen:
28-Abril-2011

Crear un ordenamiento de observancia general reglamentario de los artículos 25, 26 y 27, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de promover el desarrollo rural del país, garantizar la rectoría del Estado y su papel en la promoción y el fomento del crecimiento económico y del empleo en el sector agropecuario, mediante la creación de una base de referencia que facilite las transacciones comerciales de físicos y la utilización de instrumentos de financiamiento de cosechas e inventarios; regular la organización y funcionamiento de los Almacenes Rurales en todo el territorio nacional; promover y vigilar el estricto cumplimiento de la normatividad vigente que en materia de recepción, manejo, almacenamiento de productos agropecuarios; y el almacenamiento, acopio, guarda y/o conservación, control, distribución, consignación y elaboración o embarque de productos agropecuarios primarios e insumos originados o destinados a la producción agrícola, pecuaria o forestal. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Erandi Bermúdez Méndez (PAN), a nombre propio y de diputados de su Grupo Parlamentario, el 11 de febrero de 2010.

2. Fe de Erratas publicada en la Gaceta Parlamentaria en el Anexo VIII del 14 de abril de 2011.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 381 votos en pro.

4. Pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2011. Se turnó a las Comisiones Unidas de Desarrollo Rural; de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda.