DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
21-Abril-2010
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
21-Abril-2010

Establecer que la Secretaría de Gobernación deberá promover directrices para que los medios de comunicación fortalezcan el respeto a las mujeres; asimismo, la Secretaría de Educación Pública desarrollará programas educativos que fomenten la comprensión adecuada del derecho a una paternidad y maternidad libre, responsable e informada, como función social, y el reconocimiento de la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en cuanto a la educación y desarrollo de sus hijos. La víctima de cualquier tipo de violencia no será obligada a participar en mecanismos de conciliación con su agresor y las mujeres indígenas serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su lengua y cultura. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Sen. Graco Ramírez Garrido Abreu (PRD) el 22 de abril de 2008. (LX)

b) Iniciativa presentada por el Sen. Rogelio Rueda Sánchez (PRI) el 4 de febrero de 2009. (LX)

c) Iniciativa presentada por la Sen. María Beatriz Zavala Peniche (PAN) el 29 de septiembre de 2009.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2009. Aprobado por 78 votos en pro.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida el 2 de febrero de 2010. Se turnó a la Comisión de Desarrollo Social.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 21 de abril de 2010. Aprobado por 313 votos en pro.

6. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de abril de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social; y de Estudios Legislativos, Primera.