DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que reforma y adiciona el Código Federal de Procedimientos Civiles, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Competencia Económica, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la Ley de Protección y defensa al Usuario de Servicios Financieros. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 28-Abril-2011 |
- Justicia - Economía Fecha de dictamen: 28-Abril-2011 Publicación en el DOF: 30-Agosto-2011 |
Establece que la acción colectiva será procedente para la tutela de las pretensiones cuya titularidad corresponda a una colectividad de personas, así como para el ejercicio de las pretensiones individuales cuya titularidad corresponda a los miembros de un grupo de personas. Asimismo, el procedimiento especial colectivo será procedente cuando tenga por finalidad proteger los derechos de los consumidores, lo que incluye a todos los usuarios de servicios financieros, reconocidos en la Ley Federal de Protección al Consumidor y en la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; derechos en materia de protección al ambiente y equilibrio ecológico, previstos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como en materia de competencia económica, reconocidos en la Ley Federal de Competencia Económica. Tendrán legitimación activa para ejercitar acciones colectivas, los organismos, dependencias y entidades federales cuyo objeto sea la protección o tutela de los derechos e intereses de la materia del litigio, en los términos de las leyes aplicables. También podrán promover la demanda de acción colectiva las asociaciones civiles sin fines de lucro legalmente constituidas. | 1. Iniciativa presentada por el Sen. Jesús Murillo Karam (PRI) el 7 de septiembre de 2010. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 9 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos en pro. 3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM. 4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2010. 5. Mediante oficio número LXI/ST-PDM/00163/11 los integrantes de la presidencia de la Mesa Directiva informa acordaron modificar el turno de la minuta para que las comisiones unidas de Justicia, Economía con opinión de las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Hacienda y Crédito Público. 6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 398 votos en pro, 4 en contra y 6 abstenciones. 7. Pasó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 8. Publicado en el D.O.F. el 30 de agosto de 2011. |