DICTAMENES APROBADOS EN LA LXI LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se declara al 12 de agosto de cada año como "Día Nacional de la Juventud".


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
16-Febrero-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Marzo-2010
- Gobernación

Fecha de dictamen:
16-Febrero-2010

Aprobación en el Senado:
25-Marzo-2010

Publicación en el DOF:
27-Abril-2010

Instaurar como el ¿Día Nacional de la Juventud¿, el 12 de agosto de cada año. 1. Iniciativa presenta por la Dip. Alma Hilda Medina Macías (PAN) a nombre propio y de diversos diputados del Grupo Parlamentario del (PAN), el 25 de noviembre de 2008. (LX)

2. Iniciativa presentada por el Dip. Fidel Antuña Batista (PAN) el 28 de enero de 2009. (LX)

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 383 votos en pro y 12 abstenciones.

4. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción a) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de febrero de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Juventud y Deporte; y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de marzo de 2010. Aprobado por 75 votos en pro.

7. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicado en el D.O.F. el 27 de abril de 2010.
2   Decreto por el que se establecen las características de cinco monedas de plata, relativas al complejo arquitectónico de Chichén Itzá.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Emisión de Monedas Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Marzo-2010
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2010

Aprobación en el Senado:
11-Marzo-2010

Publicación en el DOF:
28-Abril-2010

Establecer las características de cinco monedas de plata pura, relativas a Chichén Itzá. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 15 de diciembre de 2009.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de febrero de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 307 votos en pro, 32 en contra y 12 abstenciones.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de febrero de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de marzo de 2010. Aprobado por 89 votos en pro y 1 abstención.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 28 de abril de 2010.
3   Decreto por el que se establecen las características de cuatro monedas de oro.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Emisión de Monedas Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Marzo-2010
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2010

Aprobación en el Senado:
11-Marzo-2010

Publicación en el DOF:
28-Abril-2010

Establecer las características de cuatro monedas de oro de conformidad con el artículo 2o.-Bis de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. 1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 15 de diciembre de 2009.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de febrero de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 287 votos en pro, 29 en contra y 11 abstenciones.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de febrero de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de marzo de 2010. Aprobado por 80 votos en pro.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 28 de abril de 2010.
4   Decreto por el que se establecen las características de una moneda de oro y dos de plata, conmemorativas del bicentenario del inicio del Movimiento de Independencia Nacional; y dos monedas de plata conmemorativas del centenario del inicio de la Revolución Mexicana.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Emisión de Monedas Conmemorativas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
23-Febrero-2010
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Marzo-2010
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
23-Febrero-2010

Aprobación en el Senado:
11-Marzo-2010

Publicación en el DOF:
28-Abril-2010

Establecer las características de:
-Una moneda de oro, conmemorativa del Bicentenario del inicio del movimiento de Independencia Nacional;
-Dos monedas de plata conmemorativas del Bicentenario del inicio del movimiento de Independencia Nacional; y
-Dos monedas de plata conmemorativas del Centenario del inicio de la Revolución Mexicana.
1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 15 de diciembre de 2009.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 23 de febrero de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 277 votos en pro, 31 en contra y 13 abstenciones.

3. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de febrero de 2010. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de marzo de 2010. Aprobado por 84 votos en pro.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 28 de abril de 2010.
5   Decreto por el que se ratifica la Estrategia Nacional de Energía.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Abril-2010
- Energía

Fecha de dictamen:
14-Abril-2010

Publicación en el DOF:
8-Septiembre-2010

ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 33, fracción VI, último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se ratifica la Estrategia Nacional de Energía.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se requiere al Ejecutivo Federal para que, a través de la Secretaría de Energía y el Consejo Nacional de Energía, tome en cuenta todas y cada una de las observaciones expresadas por los legisladores en el presente dictamen, a fin de que se lleven a cabo las precisiones, ampliaciones y correcciones pertinentes en la Estrategia Nacional de Energía.
Se requiere al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Energía, para que en toda publicación y difusión que realice de la Estrategia Nacional de Energía se anexen las observaciones que haya formulado el Congreso de la Unión sobre la misma.
ARTÍCULO TERCERO.- Se solicita que, en un plazo de noventa días, el Ejecutivo Federal remita a esta soberanía la Estrategia Nacional de Energía modificada, dando atención a las observaciones a que se refiere el artículo anterior y las mismas sean consideradas en la Estrategia Nacional de Energía del año 2011.
1. Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, en la Cámara de Senadores el 26 de febrero de 2010.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado en la Cámara de Senadores el 25 de marzo de 2010. Aprobado por 65 votos en pro y 15 en contra.

3. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 6 de abril de 2010. Se turnó a la Comisión de Energía.

5. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 14 de abril de 2010. Aprobado por 287 votos en pro, 58 en contra y 6 abstenciones.

6. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicado en el D.O.F. el 8 de septiembre de 2010.
6   Decreto relativo a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2002.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Egresos, Presupuesto, Cuenta Pública y Responsabilidad Hacendaria


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Abril-2010
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
22-Abril-2010

Publicación en el DOF:
29-Febrero-2012

Establece que, de conformidad con el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002, se detectaron inobservancias a los Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental por parte de las entidades fiscalizadas, siendo las más importantes las referentes a la Base de Registro, la Revelación Suficiente y el Cumplimiento de Disposiciones Legales. Los sectores y ramos que registraron en 2002 un mayor número de inobservancias fueron: Energía; Hacienda y Crédito Público; Educación; Comunicaciones y Transportes; las Entidades Paraestatales no Coordinadas Sectorialmente; y el Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios. Que los sectores Energía, Ramo General 33, Hacienda y Crédito Público, Comunicaciones y Transportes y Educación Pública, presentaron el mayor número de incumplimiento de los ordenamientos legales y normativos. Que los ramos generales y sectores a los que les fueron formulados un mayor número de observaciones fueron: Ramo General 33, sectores de Energía, Comunicaciones y Transportes, Hacienda y Crédito Público, Educación Pública y Entidades Paraestatales no Coordinadas Sectorialmente. Como resultado de de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública de 2002, la Auditoría Superior de la Federación practicó 336 auditorías, en virtud de las cuales se determinaron resultados que generaron 2,584 observaciones, de las cuales derivaron 3,410 acciones. Los ramos generales y sectores a los que les fueron formulados un mayor número de observaciones fueron: Ramo General 33, sectores Energía, Comunicaciones y Transportes, Hacienda y Crédito Público, Educación Pública y Entidades Paraestatales no Coordinadas Sectorialmente. Por ente auditado destacan: con más observaciones la Secretaría de Educación Pública, PEMEX Refinación, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Instituto Mexicano del Seguro Social y Comisión Federal de Electricidad. Se exhorta al Ejecutivo Federal, continúe implementando medidas que disminuyan el gasto corriente del Gobierno Federal y gire instrucciones a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para que ejerzan el presupuesto aprobado conforme a su programación y se le solicita proporcione información sobre los recursos contenidos en los fondos y fideicomisos públicos vigentes, con anterioridad al ejercicio fiscal 2005. Se instruye a la Auditoría Superior de la Federación, para que informe sobre las acciones que se han realizado para garantizar un transparente ejercicio de los recursos públicos federales que se transfieren a las entidades federativas y municipios para su aplicación en el Ramo 33, así como para eficiente la rendición de cuantas de dichos recurso. De igual forma se instruye al ente fiscalizador para que con base en sus atribuciones, revise los objetivos, indicadores y reglas de operación de aquellos programas sociales que continúan vigentes para verificar su efectividad y eficiencia actuales. Se recomienda al Ejecutivo Federal para que en el marco de sus atribuciones, lleve acabo las acciones necesarias para que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, ejerzan el presupuesto aprobado, con base en la programación autorizada. Se solicita a la Secretaría de la Función Pública informe sobre el estado que guarda el cumplimiento de las recomendaciones y observaciones formuladas por la Auditoría Superior de la Federación. 1. Oficio de la Secretaría de Gobernación recibido en sesión de la Comisión Permanente del 11 de junio de 2003.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2010. Aprobado por 318 votos en pro, 19 en contra y 20 abstenciones.

3. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. Publicado en el D.O.F. el 29 de febrero de 2012.
7   Decreto relativo a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, correspondiente al ejercicio fiscal 2007.


Tipo de dictamen: Decreto


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Egresos, Presupuesto, Cuenta Pública y Responsabilidad Hacendaria


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2010
- Presupuesto y Cuenta Pública

Fecha de dictamen:
29-Abril-2010

Publicación en el DOF:
29-Febrero-2012

Considera que en diversas operaciones las entidades fiscalizadas no observaron Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, principalmente en los Ramos Generales 23 y 33, en las entidades federativas, y en los Sectores de Energía, Gobernación, Hacienda y Crédito Público y Medio Ambiente y Recursos Naturales. Conforme al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007, se determinaron 14,498 inobservancias a ordenamientos jurídicos y normativos. Se instruye a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para que en su Programa Anual de Auditorías, Visitas e Inspecciones realice una distribución más equilibrada de las auditorías realizadas tomando en consideración el ejercicio del presupuesto. Se considera la realización de 962 auditorías que generaron 9,557 observaciones, de las que a su vez derivaron 10,873 acciones. Se exhorta a las entidades fiscalizadas a que realicen todas las acciones conducentes que les permitan cumplir con las disposiciones en materia de fiscalización. Se instruye a la ASF a atender y dar seguimiento a las observaciones, recomendaciones y acciones que emitió, para que atienda y fiscalice programas y los temas críticos para la Nación en materia de Energía, Comunicaciones y Transportes, Hacienda y Crédito Público, Educación Pública y Entidades Paraestatales no Coordinadas Sectorialmente y para que realice las acciones conducentes para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos federales que se transfieren a las entidades federativas y municipios vía los Ramos 23 y 33. Se recomienda al Ejecutivo Federal que gire instrucciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para que ejerzan el presupuesto aprobado y se abstengan de constituir fideicomisos para canalizarles recursos derivados de subejercicios; que proceda al diseño e instrumentación de una estrategia de liquidación parcial del capital y no solamente de los intereses del saldo total de los pasivos generados por el rescate bancario; a mejorar la Considera que en diversas operaciones las entidades fiscalizadas no observaron Principios Básicos de Contabilidad Gubernamental, principalmente en los Ramos Generales 23 y 33, en las entidades federativas, y en los Sectores de Energía, Gobernación, Hacienda y Crédito Público y Medio Ambiente y Recursos Naturales. Conforme al Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007, se determinaron 14,498 inobservancias a ordenamientos jurídicos y normativos. Se instruye a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para que en su Programa Anual de Auditorías, Visitas e Inspecciones realice una distribución más equilibrada de las auditorías realizadas tomando en consideración el ejercicio del presupuesto. Se considera la realización de 962 auditorías que generaron 9,557 observaciones, de las que a su vez derivaron 10,873 acciones. Se exhorta a las entidades fiscalizadas a que realicen todas las acciones conducentes que les permitan cumplir con las disposiciones en materia de fiscalización. Se instruye a la ASF a atender y dar seguimiento a las observaciones, recomendaciones y acciones que emitió, para que atienda y fiscalice programas y los temas críticos para la Nación en materia de Energía, Comunicaciones y Transportes, Hacienda y Crédito Público, Educación Pública y Entidades Paraestatales no Coordinadas Sectorialmente y para que realice las acciones conducentes para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos federales que se transfieren a las entidades federativas y municipios vía los Ramos 23 y 33. Se recomienda al Ejecutivo Federal que gire instrucciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para que ejerzan el presupuesto aprobado y se abstengan de constituir fideicomisos para canalizarles recursos derivados de subejercicios; que proceda al diseño e instrumentación de una estrategia de liquidación parcial del capital y no solamente de los intereses del saldo total de los pasivos generados por el rescate bancario; a mejorar la eficiencia recaudatoria del Estado; para que dicte, coordine y promueva las acciones y procedimientos que contribuyan a consolidar políticas públicas que preserven la seguridad y soberanía nacional relacionadas a los flujos migratorios; y que vigile el cumplimiento de las disposiciones normativas aplicables a las operaciones del Fondo para la Conclusión de la Relación Laboral. Se exhorta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía a cumplir con las disposiciones normativas en materia de adquisiciones de bienes y servicios, con especial énfasis para que las políticas de gasto estén debidamente vinculadas y justificadas a las funciones y programas sustantivos a su cargo. Se exhorta al Servicio de Administración Tributaria para que establezca metas de recaudación y construya indicadores que permitan evaluar la contribución de la recaudación de grandes contribuyentes. Se exhorta a Petróleos Mexicanos, para aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria por concepto del pago del Derecho Adicional. Se exhorta al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, fortalezca los mecanismos de planeación en la asignación y administración de los recursos presupuestales, para que se cumplan las metas y objetivos en la eficiente supervisión del sector de las telecomunicaciones; la adopción de medidas de supervisión para el cumplimiento de obligaciones de los títulos de concesión y permisos de comunicación vía satélite; e instrumente un parámetro que permita medir la calidad de servicios. Se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Social, la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, la Secretaría de Educación Pública, el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, el Consejo Nacional de Fomento Educativo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional del Agua, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional Forestal, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, atender aspectos propios de sus ámbitos de competencia respectivos. Se exhorta a diversas dependencias a atender diversas observaciones en materia de obra pública. Se instruye a la ASF para que en uso de sus atribuciones legales dé seguimiento a las disposiciones de este Decreto y, en su caso, inicie los procedimientos, aún de carácter penal, que en derecho correspondan. 1. Oficio de la Secretaría de Gobernación con la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente al ejercicio fiscal de 2007, presentado en sesión de la Comisión Permanente del 21 de mayo de 2008.

2. Dictamen de primera lectura con dispensa de segunda presentado en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2010. Aprobado por 264 votos en pro, 129 en contra y 3 abstenciones.

3. Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

4. La comisión de Vigilancia envío mediante oficio no. CVASF/LXI/454/2010 el 11 de mayo al Auditor Superior de la Federación el dictamen de la Cuenta Pública 2007, aprobado por el pleno.

5. Publicado en el D.O.F. el 29 de febrero de 2012.